Los orígenes de la SI en Europa
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Europa empieza a tomar posición frente a la sociedad de la información a raíz de lo que se conocería como el Informe Bangemann. Con la presidencia de Martin Bangemann, vicepresidente de la CE, un grupo de industriales, políticos y usuarios elaboró un informe (Europa y la sociedad global de la información: recomendaciones al Consejo Europeo) que enfatizaba la urgencia de una acción comunitaria con el objetivo de asegurar que las empresas europeas mantuviesen su competitividad internacional, se acelerase el proceso de liberalización y se consolidase el servicio universal. La financiación de la infraestructura de información tenía que ser, principalmente, responsabilidad del sector privado. El informe fue presentado en la reunión de la Comisión Económica Europea de Corfú, en junio de 1994. Por su parte, la Unión Europea y los estados miembros se tenían que responsabilizar de llevar a cabo la creación de un marco regulador coherente, con el fin de evitar que la circulación de la información se viese dificultada por las normativas nacionales. El informe proponía, finalmente, una lista de diez iniciativas destinadas a demostrar la viabilidad y utilidad de las nuevas aplicaciones telemáticas. En julio de 1994, el grupo de los siete países más industrializados del mundo (G7) insistió en la necesidad de impulsar el desarrollo de las tecnologías de la sociedad de la información. La Comisión Europea decidió, entonces, incorporar a los ministros de los países del G7 en la conferencia de Bruselas de febrero de 1995, para llevar a cabo la discusión en torno al marco de la implantación de la sociedad de la información. La CE aprobó un plan de actuación que centraba la tarea de la UE en cuatro áreas:
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A pesar del reconocimiento y la convicción de que el sector privado tiene que liderar el camino hacia la SI, existe un amplio consenso sobre la importancia del papel que deben tener las administraciones públicas en este proceso, en especial como promotoras y cofinanciadoras de las actividades y proyectos iniciales. Los diferentes ámbitos de administración tienen papeles también diferentes. Las directivas de la UE condicionan el marco general de actuación de las administraciones. Aun así, al analizar la declaración de principios y objetivos de los diferentes países, podemos observar diferencias significativas entre ellos, como remarcan algunos autores (podéis ver los artículos de Védel, Moore y Mahon en el dossier de lecturas). Podemos decir que la política de la UE para la SI queda definida por ocho principios importantes, que tenemos a continuación: (http://www.europa.eu.int/pol/infso/es/info.htm)
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