Este tema tiene que ver con el cambio que experimentan las cuestiones éticas de una sociedad que recibe el impacto que implican las tecnologías de la información y todo aquello que se ha denominado la sociedad de la información.
Desde hace unos meses (octubre de 2002) está vigente la llamada LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información), cuyo objetivo es regular el uso que hacen los ciudadanos y las empresas de los servicios que se han popularizado a través de Internet y que configuran la estructura de esta sociedad que se denomina "de la información". Por un lado, la ley tiene un objetivo regulador de las actividades comerciales relativas a estos servicios, por otro lado, la ley quiere evitar que estos servicios se puedan utilizar para esconder o tapar actividades que atenten contra los derechos de las personas.
Se identifican cuatro rasgos principales en que se concentra la LSSI:
| 
|
La regulación de la publicación de páginas web de carácter comercial. |
| 
|
El establecimiento de un marco de actuación claro para asegurar el comercio electrónico. |
| 
|
El seguro de medidas de cara a preservar a los ciudadanos de la invasión mediante correos masivos por parte de privados o bien organizaciones. |
| 
|
Complementar la LOPD en los aspectos de protección de los datos personales de los usuarios de estos servicios. |
Para hacer efectivas estas características, la LSSI:
| 
|
Permite cerrar webs que incumplan la normativa que regula. |
| 
|
Fija medidas para localizar remitentes de correos electrónicos. |
| 
|
Define la figura de instituciones de confianza que faciliten la confirmación de que las transacciones comerciales son ciertas. |
Con esta situación, la ley ha creado un buen grupo de gente a favor y, también, otro grupo de gente en contra.