Derecho civil III Código:  73.513    :  6
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Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.

Enfoque conceptual

La asignatura de Derecho Civil III tiene como objeto la exposición del llamado Derecho de cosas o Derechos reales, que se ocupa de la ordenación jurídica de la atribución, goce y explotación de los bienes. Con más precisión, puede decirse que esta disciplina pretende resolver fundamentalmente el arduo problema de la distribución de los bienes económicos entre la colectividad organizada y los ciudadanos, así como el de las formas de regular su dominación, gestión y utilización. Mediante esta asignatura se pretende iniciar al alumno en el estudio y conocimiento de las distintas categorías legales que articulan jurídicamente la atribución, goce y disfrute de los bienes, como la posesión, la propiedad (modos de adquirirla, protección jurídica), los derechos reales limitados de goce, de garantía y de adquisición preferente, así como el Registro de la Propiedad y su funcionamiento (Derecho Hipotecario) en cuanto instrumento básico de publicidad de estas situaciones jurídico-reales.

Es importante destacar la trascendencia que tiene esta disciplina para nuestra organización social, si se tiene en cuenta que su finalidad principal es la de explicar cuál es el régimen jurídico -en todos los sentidos- de los recursos económicos con los que cuenta la sociedad. Por otro lado, se trata de una materia cargada de un claro contenido político, ya que el modelo económico por el que cada comunidad políticamente organizada opte exigirá una configuración jurídica concreta del sistema de explotación de los bienes económicos. No en vano, el derecho a la propiedad privada goza de una expresa consagración constitucional (art. 33 CE) que pone de manifiesto su importancia como elemento básico de la economía de mercado.
 
Relación con el resto del plan de estudios

En primer lugar, el Derecho Civil III guarda una estrecha relación de complementariedad con el Derecho Civil II, ya que ambas asignaturas se encuentran mutuamente vinculadas y realmente no pueden comprenderse la una sin la otra. Efectivamente, mientras que mediante el Derecho Civil II el estudiante pudo conocer la forma en que se organizaba jurídicamente la circulación de los bienes así como la dinámica del tráfico económico en general (Derecho de obligaciones y contratos), a través de la presente asignatura el alumno pasa a estudiar un sector del ordenamiento jurídico que se ocupa de la llamada estática patrimonial, esto es, de la ordenación jurídica de la atribución, gestión, y utilización de los bienes económicos. El conocimiento de ambas asignaturas (que componen el llamado Derecho Patrimonial Privado) tiene una importancia indudable para la comprensión del funcionamiento político-económico de nuestra sociedad, puesto que permite obtener una visión global de las normas, figuras e instituciones jurídicas que regulan el conjunto de las actividades económicas que las personas llevan a cabo en el seno de cada comunidad organizada.

Por otro lado, no debe olvidarse que a lo largo de esta disciplina se explican figuras e instituciones muy básicas y de gran valor propedéutico -como  propiedad, propiedades especiales, propiedad industrial, hipoteca, prenda, superficie o usufructo-, cuyo conocimiento resulta básico para la comprensión de otras asignaturas que parten de muchos de estos conceptos, como el Derecho Administrativo, el Derecho Mercantil o el propio Derecho Fiscal.

Campos profesionales en los que se proyecta

La aplicación práctica del Derecho Civil III en el ámbito laboral es muy considerable, pues numerosos sectores profesionales exigen un adecuado conocimiento de la teoría de los Derecho Reales. Si tuviéramos que comenzar con algunas de las salidas laborales más naturales de la Licenciatura en Derecho, habría que destacar en primer lugar que para los oficios tanto de Notario como de Registrador de la Propiedad tiene una enorme importancia esta asignatura. La herramienta de trabajo del Registrador es precisamente la Ley Hipotecaria y en general el sector del Derecho Civil III conocido como Derecho Hipotecario o Derecho Inmobiliario Registral, cuya finalidad es la de regular la publicidad inmobiliaria a través del Registro de la Propiedad. Con relación al Notario, en cuanto fedatario público su función se centra en gran parte en dar fe de determinados actos que afectan generalmente al estatuto jurídico de los bienes. Por otro lado, numerosas materias del Derecho Civil III son en la actualidad fuente destacada de litigiosidad, como las garantías jurídico-reales, (y, especialmente, la hipoteca), la propiedad horizontal, la propiedad intelectual o el Derecho industrial.

Pero la proyección del Derecho de cosas excede con creces el ámbito de los campos laborales típicamente jurídicos. Así, el funcionamiento de los mercados financieros, bursátiles, bancarios e inmobiliarios exige a los profesionales que trabajan en los mismos un avanzado conocimiento del régimen jurídico de la propiedad, de los derechos reales limitados de garantía (hipoteca, prenda) o del propio Registro de la Propiedad. Lo mismo cabe predicar de las profesiones ligadas al Derecho Fiscal.

Conocimientos previos necesarios

Sin duda, resulta indispensable el conocimiento general del Derecho de Obligaciones impartido en la asignatura de Derecho Civil II. Por otro lado, aconsejamos a los alumnos encarecidamente que repasen el contenido del módulo de Derecho Civil I referido al patrimonio y a los bienes así como el concerniente a los derechos subjetivos, ya que muchos de los conceptos allí explicados -p.ej: bienes muebles e inmuebles, derechos subjetivos patrimoniales de crédito y reales, cosas, frutos, prescripción y caducidad, etc.- son básicos para la comprensión del Derecho Civil III.

 

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 Conocimientos académicos y disciplinares

1. Apreciación general de la importancia de los derechos reales dentro del marco general del Derecho Civil Patrimonial.
2. Conocimiento del mecanismo de transmisión y adquisición de los derechos reales.
3. Conocimiento básico de la disciplina constitucional de la propiedad privada así como de su régimen jurídico ordinario.
4. Comprensión del fenómeno de la posesión y su proyección en la usucapión como modo de adquirir.
5. Conocimiento del funcionamiento de las situaciones de cotitularidad jurídico-real así como de las llamadas propiedades especiales.
6. Conocimiento básico de la disciplina jurídica ordinaria y constitucional de los derechos reales limitados.
7. Conocimiento concreto de la estructura y funcionamiento de cada una de las figuras jurídicas que integran los llamados derechos reales limitados: usufructo, servidumbres, hipoteca, tanteo y retracto, etc.
8.Finalmente, conocer el régimen jurídico de los mecanismos de apariencia y publicidad registral de los derechos reales.

Competencias específicas:
  • Identificación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas para cada ámbito disciplinario.
  • Interpretación de los textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinar y utilizando los principios jurídicos como herramientas de análisis.
  • Aplicación de los principios del derecho y la normativa jurídica a supuestos fácticos.
  • Análisis crítico del ordenamiento jurídico.

Competencias transversales

  • Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros.

 
 
 
 
 
 
 

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a) Índice de contenidos
El contenido de la asignatura DERECHO CIVIL III se agrupa en 11 módulos didácticos.
Módulo didáctico 1: El derecho real                                                       
Módulo didáctico 2: Derecho de propiedad        
Módulo didáctico 3: La posesión
Módulo didáctico 4: La adquisición de los derechos reales                             
Módulo didáctico 5: Apariencia, publicidad y adquisición                                
Módulo didáctico 6: Registro de la propiedad                                                   
Módulo didáctico 7: Cotitularidad real
 Módulo didáctico 8: Propiedades especiales
 Módulo didáctico 9: Derechos reales de goce
 Módulo didáctico 10: Derechos reales limitados de garantía
 Módulo didáctico 11: Derechos reales de adquisición preferente
 
Relación entre los módulos didácticos

La estructura de los módulos didácticos de Derecho Civil III responde a una lógica sistemática interna fácilmente comprensible. En primer lugar, tiene que comenzarse por la base, esto es, delimitando los conceptos fundamentales de derecho de crédito y derecho real, así como exponiendo someramente las distintas categorías que la doctrina comprende dentro de este último (módulo 1). Posteriormente se estudia el paradigmático derecho de propiedad en cuanto derecho subjetivo patrimonial por excelencia, el fenómeno posesorio y los modos de adquirir los derechos reales (módulos 2 a 4). Una vez delimitados esos conceptos básicos se presenta el régimen y los mecanismos legales de apariencia y publicidad de las titularidades jurídico-reales. Finalmente, se estudian los fenómenos concretos de cotitularidad y propiedades especiales (módulos 7 y 8) y se analizan de forma pormenorizada los distintos derechos reales limitados (módulos 9 a 11).

 

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El material docente de la asignatura constituye la referencia básica en el seguimiento de la materia, y tiene como objetivo actuar como base del proceso de enseñanza y aprendizaje que se lleva a cabo a través de la dinámica del aula, la realización de las pruebas de evaluación continua (PECs), el trabajo con las guías de estudio (GES), el trabajo sobre los casos prácticos propuestos en los módulos y las webs complementarias que se pueden encontrar en el aula y, por supuesto, mediante el trabajo individual de cada estudiante y la profundización en los contenidos a partir de documentos complementarios en papel y formato electrónico.

Por otra parte, dentro del espacio virtual del aula se encuentran a disposición del estudiante las guías de estudio (GES) cuya función es orientar y facilitar el proceso de aprendizaje.

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La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves.

El estudiante será calificado con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular.

La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) puede conllevar la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura (si hay examen y si superarlo es suficiente para superar la asignatura según indique este plan docente).

Cuando esta mala conducta se produzca durante la realización de las pruebas de evaluación finales presenciales, el estudiante puede ser expulsado del aula, y el examinador hará constar todos los elementos y la información relativos al caso.

Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

La UOC habilitará los mecanismos que considere oportunos para velar por la calidad de sus titulaciones y garantizar la excelencia y la calidad de su modelo educativo.

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Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Con evaluación continua (EC) y una prueba de síntesis (PS):
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis obtienes la nota mínima necesaria, la nota final será la ponderación que se especifique en el plan docente.
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis no obtienes la nota mínima necesaria, la calificación final será la nota cuantitativa que obtengas en la prueba de síntesis.
    • Si superas la evaluación continua y no te presentas a la prueba de síntesis, la nota final será un No presentado.
    • Si suspendes la evaluación continua, la nota final será un No presentado.
    • Si no te presentas a la evaluación continua, la nota final será un No presentado.

  2. Con examen (para seguir esta vía no es necesario haber superado la evaluación continua para hacer el examen):
    • Si no has presentado la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si en la evaluación continua has obtenido una nota distinta a un No presentado, la nota final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.

 

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