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Consulta de los datos generales Descripción La asignatura en el conjunto del plan de estudios Campos profesionales en el que se proyecta Conocimientos previos Información previa a la matrícula Objetivos y competencias Contenidos Consulta de los materiales de los que dispone la asignatura Materiales y herramientas de apoyo Informaciones sobre la evaluación a la UOC Consulta del modelo de evaluación | ||||||
Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios. | ||||||
La asignatura Procedimientos tributarios tiene por objeto el estudio de los cauces procedimentales que articulan la efectiva aplicación de los tributos. Su objeto es, pues, el marco común de la aplicación práctica del sistema tributario, fenómeno general que alcanza a la totalidad de los ciudadanos y que se plasma en una serie de procedimientos a los que ya se hizo referencia brevemente en el módulo didáctico número 5 de los materiales de Derecho Financiero y Tributario I, titulado "Ordenación formal del tributo: los procedimientos tributarios". No obstante, resulta obvio que la variedad y complejidad de esta materia, que engloba los procedimientos tributarios de gestión, inspección, recaudación, revisión y sancionador, hace que no sea posible abordar su estudio con detenimiento en el estrecho marco del citado módulo didáctico. Si a ello se añade que se trata de una materia muy dinámica, inmersa en un proceso continuo de experimentación y transformación, cuyos contenidos son requeridos desde distintos ámbitos profesionales de dentro y fuera de la Administración, que tiene una evidente trascendencia práctica y cuya esencia es de carácter jurídico, su justificación y la oportunidad de su articulación como asignatura optativa de la Licenciatura de Derecho es clara. Asimismo, la amplitud de la materia, hace aconsejable ofrecer al estudiante la posibilidad de abordar el estudio de los procedimientos tributarios, pues, como es sabido, las especialidades de estos procedimientos tanto respecto del procedimiento administrativo común, como de los diversos procedimientos tributarios entre sí, los hacen merecedores de una extensa y detallada regulación, de diverso rango normativo y sobre la que existe una abundante jurisprudencia. De ahí la importancia de la consulta y correcto manejo de los textos normativos aplicables en esta materia. No en vano se ha de tener en cuenta, por un lado, que el procedimiento es el marco en el que tiene lugar la relación entre la Administración Tributaria y el obligado tributario; y, por el otro, la obligatoriedad del procedimiento respecto de la Administración, que se erige en garantía de los derechos de los obligados tributarios frente a la actuación de aquella.
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El estudio de esta asignatura está directamente relacionado con Derecho Financiero y Tributario I, dado que en la misma se analizan los elementos básicos de los tributos y se efectúa una breve introducción a los procedimientos para su aplicación.
Asimismo, guarda estrecha relación con Derecho Financiero y Tributario II, dedicada al análisis particularizado de las distintas figuras impositivas, ya que no debe olvidarse que todo tributo necesita un procedimiento para su correcta aplicación.
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El conocimiento de los procedimientos tributarios interesa al profesional del Derecho cualquiera que sea el sector en el que ejerza su actividad, tanto público como privado, dada la presencia generalizada de los impuestos en la vida jurídica y dada la vertiente procedimental inherente a cualquier tributo.
Todo esto, sin perjuicio de que la profesión de asesor fiscal, hasta ahora desarrollada por profesionales de diversas procedencias (economistas, juristas, técnicos contables), sea cada vez más una tarea propia de juristas, donde se les reconoce unas áreas de intervención propias y exclusivas.
Finalmente, no se puede olvidar que, en tanto que los tributos afectan a la generalidad de la población, el conocimiento, incluso superficial, de los procedimientos tributarios interesa a todos los ciudadanos, sean o no juristas.
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El estudio de esta asignatura requiere conocimientos previos de Derecho Financiero y Tributario I.
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Tal y como se señala en el apartado anterior, es aconsejable haber superado la asignatura Derecho Financiero y Tributario I. |
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Objetivos de aprendizaje:
Competencias transversales
- Resolver situaciones conflictivas o problemáticas tributarias con decisión y criterios claros.
- Aprendizaje autónomo y la adaptación a las nuevas situaciones.
Competencias específicas
- Búsqueda, obtención y uso de las fuentes jurídicas tributarias (legales, jurisprudenciales y doctrinales).
- Identificación de los principios jurídicos del ámbito tributario, así como las instituciones jurídico-tributarias.
- Interpretación de los textos tributarios desde una perspectiva interdisciplinar y utilizando los principios jurídico-tributarios como herramienta de análisis.
- Aplicación de los principios del Derecho Financiero y Tributario de acuerdo con los valores éticos.
- Análisis crítico del ordenamiento tributario.
Metodología de evaluación La metodología de evaluación que se seguirá en esta asignatura puede consistir, dependiendo de los objetivos de aprendizaje y de las competencias que persigue, en la realización, entre otros, de ejercicios y/o preguntas teórico-prácticas, registro de vídeos y/o audios, realización de cuestionarios con un tiempo limitado y/o participación en debates, wikis, blogs o videoblogs. En este sentido, el estudiante debe disponer de los dispositivos necesarios para el correcto seguimiento de estas metodologías de evaluación (particularmente de video, audio y/o sonido). |
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Módulo I. Aspectos generales.
Módulo II. Procedimiento de gestión. Módulo IV. Procedimiento de recaudación. |
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El material docente en papel de la asignatura constituye la referencia básica en el seguimiento de la materia, y tiene como objetivo actuar como base del proceso de aprendizaje que se lleva a cabo a través de la dinámica del aula, la realización de las pruebas de evaluación continua (PECs), el trabajo con las guías de estudio (GES), los ejercicios propuestos en los módulos, los recursos complementarios que se pueden encontrar en el aula y, por supuesto, mediante el trabajo individual de cada estudiante y la profundización en los contenidos. |
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La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados. La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves. El estudiante será calificado con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular. La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) puede conllevar la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura (si hay examen y si superarlo es suficiente para superar la asignatura según indique este plan docente). Cuando esta mala conducta se produzca durante la realización de las pruebas de evaluación finales presenciales, el estudiante puede ser expulsado del aula, y el examinador hará constar todos los elementos y la información relativos al caso. Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda. La UOC habilitará los mecanismos que considere oportunos para velar por la calidad de sus titulaciones y garantizar la excelencia y la calidad de su modelo educativo. |
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