Derecho procesal III Código:  73.551    :  4
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Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.
La asignatura Derecho procesal III constituye el lugar donde se incorporan aquellas materias propias del derecho procesal y que en atención a la extensa materia que comprende la disciplina, el vigente plan de estudios ha impedido incorporar en las asignaturas obligatorias de derecho procesal I y II. 

El criterio general para que formen parte de la misma es esencialmente el expuesto, de manera, que más allá de la inclusión de todos los procesos especiales, incluyendo las especialidades de los ordinarios de declaración civil, la referencia al proceso concursal y la jurisdicción voluntaria obedece a esa finalidad de no dejar fuera del derecho procesal aquello que pertenece al mismo, aun cuando no se trate de procesos especiales "strictu sensu".

Amunt

Para una adecuada comprensión de esta asignatura es necesario haber iniciado, por un lado, en el estudio del derecho constitucional y del derecho civil; y por otro, en el de las asignaturas de derecho procesal I y derecho procesal II.

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Conocimientos académicos y disciplinares

1. Determinar qué procesos declarativos ordinarios son los que corresponden y si deben aplicarse o no alguna especialidad. 
2. Comprender las especialidades del proceso ordinario y del verbal, así como el carácter sumario de algunos procedimientos y su significado. 
3. Detectar aquellos aspectos sobre los que versan las especialidades más relevantes: acreditaciones iniciales, especialidades probatorias, medidas cautelares, recursos, etc. 
4. Familiarizarse con los procesos especiales de declaración en relación con los de ejecución. 
5. Aprender entre los procesos de ejecución los procesos que tienen aplicación o no en el ámbito transfronterizo. 
6. Conocer la prioridad a que se encamina el proceso concursal a diferencia de los procesos especiales de ejecución singular. 
7. Aprender las características de la Ley Concursal. 
8. Comprender las singularidades del procedimiento abreviado en materia de presupuestos y de tramitación acelerada, así como de recursos. 
9. Conocer las características de la jurisdicción voluntaria y su contenido 
10. Estudiar el régimen jurídico de los actos judiciales de jurisdicción voluntaria 
11. Conocer en detalle el llamado "juicio rápido" y el juicio de faltas, por su importante aplicación práctica. Tanto en lo relativo a su procedencia como a su desarrollo. 
12. Detectar los presupuestos de procedencia del resto de los procedimientos especiales penales, así como sus aspectos más definitorios. 
13. Conocer la diferencia entre una opción en favor de "la justicia universal" y la de la Corte Penal Internacional.

Competencias profesionales (conjunto de técnicas, habilidades y destrezas aplicadas al ámbito disciplinario de la asignatura). 

Específicas
1. Búsqueda, obtención y uso de las fuentes jurídicas (legales, jurisprudenciales y doctrinales). 
2. Identificación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas para cada ámbito disciplinario. 
3. Interpretación de los textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinar y utilizando los principios jurídicos como herramienta de análisis. 
4. Aplicación de los principios del derecho y la normativa jurídica a supuestos fácticos. 
5. Interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico de acuerdo con los valores éticos. 
6. Análisis crítico del ordenamiento jurídico. 

Transversales
1.- Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros. 
2.- El aprendizaje autónomo y la adaptación a nuevas situaciones.


METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN 

La metodología de evaluación que se seguirá en esta asignatura puede consistir, dependiendo de los objetivos de aprendizaje y de las competencias que persigue, en la realización, entre otros, de ejercicios y/o preguntas teórico-prácticas, grabación de vídeos y/o audios, realización de cuestionarios con un tiempo limitado y/o participación en debates, wikis, blogs y/o vídeoblogs. En este sentido, el estudiante debe disponer de los dispositivos necesarios por el correcto seguimiento de todas estas metodologías de evaluación (particularmente de herramientas que permitan la grabación de vídeo y/o sonido).

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La asignatura se estructura en cuatro módulos claramente diferenciables. 

En el primero se estudian los procesos, que sin constituir realmente procesos especiales, en atención a su finalidad específica comprenden algún tipo de nota característica. Entre los mismos se comprenden procesos de uso mucho más frecuente que los propios ordinarios, cuyo carácter sumario persigue, entre otros objetivos, alcanzar una tutela privilegiada o cuanto menos más rápida. Comprende tanto las especialidades del juicio ordinario como las del verbal, expuestos mediante esquemas que propician visualizar precisamente las citadas especificidades, sin perjuicio de ir precedidos de una introducción orientativa, más o menos extensa, en atención a la materia, novedad o complejidad del propio proceso. 

El segundo módulo sí comprende los procedimientos especiales propiamente dichos, esto es, aquellos que tienen en común normas específicas de aplicación general a todos ellos en materia de legitimación, prueba u otras notas características. Comprenden los especiales de declaración, pero también los procesos de división de patrimonios, y los monitorios y cambiario, extendiéndose a los nuevos monitorio europeo y proceso europeo de escasa cuantía, que aún teniendo un ámbito de aplicación objetiva limitado completa una visión panorámica suficientemente ilustrativa. 

El tercer módulo es la mejor muestra del carácter de esta asignatura. Incluye los procesos concursales y la jurisdicción voluntaria. Si bien no existe conexión entre uno y otro tema, cumple la función de examinar un tema tan relevante, especialmente en épocas de crisis como las actuales, como los procedimientos elaborados para impedir que patrimonios universales sufran tales pérdidas que impidan el cobro a una gran mayoría de acreedores. Objetivo bien diferente, y sobre todo más plural buscan los actos de jurisdicción voluntaria. Pendientes de una reforma unificadora que no llega abarcan el ámbito civil y mercantil y se caracterizan por la intervención de jueces o notarios, no para resolver jurisdiccionalmente (imposible, en el caso de los segundos) sino conforme a su "autoritas" o para preparar otras actuaciones, ocasionalmente jurisdiccionales. 

El cuarto módulo se dedica a los procesos especiales en el marco del proceso penal. Desde el juicio de faltas, actualmente muy cuestionado, hasta el procedimiento ante el tribunal del jurado, pasando por el juicio rápido, de extraordinaria importancia práctica, el procedimiento de "habeas corpus", el procedimiento por injurias o calumnias, el procedimiento de delitos cometidos a través de medios publicitarios o el procedimiento contra diputados y senadores o contra magistrados o fiscales, o el procedimiento en materia terroristas o bandas armados o el procedimiento de menores.

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El material docente de la asignatura constituye la referencia básica en el seguimiento de la materia, y tiene como objetivo actuar como base del proceso de enseñanza y aprendizaje que se lleva a cabo a través de la dinámica del aula, la realización de las pruebas de evaluación continua (PECs), el trabajo con las guías de estudio (GES), el trabajo sobre los casos prácticos propuestos en los módulos y, por supuesto, mediante el trabajo individual de cada estudiante y la profundización en los contenidos a partir de documentos complementarios en papel y formato electrónico.

Igualmente, es imprescindible, como material básico de esta asignatura, el texto completo y actualizado de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil; la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim)y la legislación complementaria. Esta normativa, junto a otra de interés, la encontraréis también actualizada, en el espacio del Aula, Materiales y fuentes.

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La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves.

El estudiante será calificado con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular.

La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) puede conllevar la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura (si hay examen y si superarlo es suficiente para superar la asignatura según indique este plan docente).

Cuando esta mala conducta se produzca durante la realización de las pruebas de evaluación finales presenciales, el estudiante puede ser expulsado del aula, y el examinador hará constar todos los elementos y la información relativos al caso.

Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

La UOC habilitará los mecanismos que considere oportunos para velar por la calidad de sus titulaciones y garantizar la excelencia y la calidad de su modelo educativo.

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Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Con evaluación continua (EC) y una prueba de síntesis (PS):
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis obtienes la nota mínima necesaria, la nota final será la ponderación que se especifique en el plan docente.
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis no obtienes la nota mínima necesaria, la calificación final será la nota cuantitativa que obtengas en la prueba de síntesis.
    • Si superas la evaluación continua y no te presentas a la prueba de síntesis, la nota final será un No presentado.
    • Si suspendes la evaluación continua, la nota final será un No presentado.
    • Si no te presentas a la evaluación continua, la nota final será un No presentado.

  2. Con examen (para seguir esta vía no es necesario haber superado la evaluación continua para hacer el examen):
    • Si no has presentado la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si en la evaluación continua has obtenido una nota distinta a un No presentado, la nota final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.

 

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