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Consulta de los datos generales Descripción La asignatura en el conjunto del plan de estudios Objetivos y competencias Contenidos Consulta de los materiales de los que dispone la asignatura Informaciones sobre la evaluación a la UOC Consulta del modelo de evaluación | ||||||||||||
Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios. | ||||||||||||
En esta asignatura se estudia el sistema de justicia juvenil, tanto sus aspectos jurídicos como los conocimientos derivados de la investigación criminológica respecto a su funcionamiento real. A partir de un conocimiento de los diversos modelos teóricos existentes y su plasmación en el Derecho comparado, los aspectos jurídicos se concretan especialmente en la legislación española sobre responsabilidad penal del menor. |
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La asignatura tiene relación especialmente con las asignaturas de contenido jurídico y con la de Delincuencia Juvenil. Es recomendable tener superada anteriormente esta asignatura, además de Derecho penal parte general, Proceso penal y ejecución y Derecho penitenciario. |
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Competencias: 1. Desarrollar la actividad criminológica conforme a los principios constitucionales, derechos fundamentales y libertades públicas. 2. Ser capaz de diseñar, aplicar y evaluar medidas de intervención en la persona del infractor. 3. Ser capaz de informar y asesorar en materia de medidas penales alternativas y ejecución de penas. 4. Aprender a diseñar y aplicar respuestas específicas en función del tipo de delincuencia. Objectivos de aprendizaje:´ 1. Conocer los modelos de justicia juvenil empleados para abordar la delincuencia cometida por menores 2. Conocer las normas sustantivas del Derecho penal de menores, con referencia fundamentalmente a la legislación española. 3. Conocer la regulación del proceso penal de menores infractores, con referencia fundamentalmente a la legislación española 4. Conocer la regulación relativa a la ejecución de las medidas aplicables a menores infractores. 5. Conocer los resultados de la investigación criminológica respecto al funcionamiento del sistema de justicia juvenil. |
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I. La justicia juvenil. Antecedentes y modelos. II. El Derecho penal de menores en España: las medidas aplicables a los menores y las reglas de imposición. III. El proceso penal de menores en España y el régimen de ejecución de las medidas. IV. El funcionamiento práctico del sistema de justicia juvenil. |
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La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados. La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves. El estudiante será calificado con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular. La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) puede conllevar la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura (si hay examen y si superarlo es suficiente para superar la asignatura según indique este plan docente). Cuando esta mala conducta se produzca durante la realización de las pruebas de evaluación finales presenciales, el estudiante puede ser expulsado del aula, y el examinador hará constar todos los elementos y la información relativos al caso. Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda. La UOC habilitará los mecanismos que considere oportunos para velar por la calidad de sus titulaciones y garantizar la excelencia y la calidad de su modelo educativo. |
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