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Consulta de los datos generales Descripción Conocimientos previos Objetivos y competencias Contenidos Consulta de los materiales de los que dispone la asignatura Materiales y herramientas de apoyo Informaciones sobre la evaluación a la UOC Consulta del modelo de evaluación | |||||
Este es el plan docente de la asignatura para el primer semestre del curso 2024-2025. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios. | |||||
Esta asignatura está dedicada al estudio de las diferentes situaciones de guarda y protección de las personas que, en mayor o menor medida, tienen limitada su capacidad de obrar (menores, incapacitados y pródigos), ya sea dentro de la familia o fuera de ella: patria potestad, tutela, curatela, defensor judicial, guarda de hecho, guarda administrativa, desamparo y acogimiento. Estas instituciones no se presentan como alternativas excluyentes, de manera que cabe que la persona a lo largo de su vida vaya pasando por una o varias de estas instituciones tuitivas. Así, los incapacitados, que padecen una deficiencia o enfermedad que provoca que no puedan gobernarse por sí mismos, o que al menos no puedan hacerlo en todos los aspectos, podrán estar sujetos a la patria potestad de sus padres, pero cabe también que, ante el fallecimiento o la imposibilidad de los padres para desempeñar esta función, sean sometidos a la tutela o a la curatela (dependiendo de su grado de discernimiento). Es importante resaltar que tanto la patria potestad como la tutela, la curatela y el defensor judicial tienen la consideración de "función", de tal manera que su titular ostenta facultades y deberes que le son atribuidos en beneficio del sometido al cargo o a la potestad, y no en su propio interés. Estas instituciones (en especial, los cargos tutelares) están, además, impregnadas de la denominada cláusula de salvaguarda judicial (Roca Trías), concediéndose al juez un protagonismo esencial en su constitución y vigilancia (como consecuencia de la Ley 13/1983, de 24 de octubre, de reforma del Código Civil en materia de tutela). Debemos indicar que esta materia ha experimentado en los últimos años un considerable auge, en buena medida propiciado por la pretensión de los poderes públicos de evitar las situaciones de desamparo. Como muestra de esta intervención de los poderes públicos podemos citar la Ley estatal 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (conocida como Ley de Dependencia) o la Ley, también estatal, 41/2003, de 18 de noviembre, de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad, o la más reciente Ley catalana 14/2010, del 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia (LDOIA). Sin embargo, también debe señalarse que esta intervención pública desemboca en ocasiones en conflictos humanos traumáticos. Por el contrario, la patria |
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Es recomendable haber cursado las asignaturas de derecho civil I, II, III, IV (especialmente civil I y IV). |
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Competencias específicas 1. Búsqueda, obtención y uso de las fuentes jurídicas (legales, jurisprudenciales y doctrinales) 2.Comprensión de las diferentes formas de creación del derecho, su evolución histórica y su realidad actual. 3.Identificación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas para cada ámbito disciplinario. 4. Negociación, argumentación y mediación en el entorno profesional. 5.Análisis de la realidad social desde la perspectiva del derecho como sistema regulador de las relaciones sociales.
Competencia transversal
1. Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros
Metodología de evaluación La metodología de evaluación que se seguirá en esta asignatura, dependiendo de los objetivos de aprendizaje y de las competencias que persigue, puede consistir, entre otros, en la realización de ejercicios y/o preguntas teórico-prácticas, grabación de vídeos y/o audios, realización de cuestionarios con un tiempo limitado y/o participación en debates, wikis, blogs y/o vídeoblogs. En este sentido, el estudiante debe disponer de los dispositivos necesarios por el correcto seguimiento de todas estas metodologías de evaluación (particularmente de herramientas que permitan la grabación de vídeo y/o sonido)". En esta asignatura se han de realizar 4 PECs. |
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En esta asignatura se estudiarán las siguientes figuras de protección de la persona: - Patria potestad - Tutela - Curatela - Defensor judicial - Guarda de hecho - Guarda administrativa - Protección de menores desamparados y en situación de riesgo |
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Los materiales de esta asignatura se encuentran en el aula y están formados por 6 módulos. |
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La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados. La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves. El estudiante será calificado con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular. La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) puede conllevar la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura (si hay examen y si superarlo es suficiente para superar la asignatura según indique este plan docente). Cuando esta mala conducta se produzca durante la realización de las pruebas de evaluación finales presenciales, el estudiante puede ser expulsado del aula, y el examinador hará constar todos los elementos y la información relativos al caso. Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda. La UOC habilitará los mecanismos que considere oportunos para velar por la calidad de sus titulaciones y garantizar la excelencia y la calidad de su modelo educativo. |
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