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Consulta de los datos generales Descripción La asignatura en el conjunto del plan de estudios Campos profesionales en que se proyecta Conocimientos previos Información previa a la matrícula Objetivos y competencias Contenidos Consulta de los materiales que dispone la asignatura Materiales y herramientas de apoyo Bibliografía y fuentes de información Metodología Información sobre la evaluación en la UOC Consulta del modelo de evaluación Evaluación Contínua Evaluación final Feedback | |||||
Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios. | |||||
La asignatura Derecho Sindical, también llamada Derecho Colectivo del Trabajo, se centra en el estudio de las normas jurídicas que regulan las relaciones entre los sindicatos u otras organizaciones de representación de los trabajadores y los empresarios u otras organizaciones que los representan. El contenido de les Unidades de Aprendizaje que conforman esta asignatura se centra en las diferentes manifestaciones de la libertad sindical y del asociacionismo empresarial, los mecanismos de representación de los trabajadores de la empresa (unitarios y sindicales), la negociación colectiva y, finalmente, en el derecho de conflictos colectivos, en general, y la huelga, en particular, y el cierre patronal. Esta asignatura que complementa el contenido de la asignatura obligatoria de “Derecho del Trabajo Individual” (y de la optativa “Derecho Procesal Laboral”), se centra en el estudio de la legislación nacional e internacional, teniendo muy presente la interpretación que están llevando a cabo los Tribunales, ofreciendo un contenido que integra conocimientos teóricos y prácticos. |
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La asignatura "Derecho Sindical" guarda estrecha relación con otras asignaturas. Con el Derecho Público, ya que hay derechos fundamentales y principios rectores de política social y económica que tienen contenido específicamente laboral, además de considerar los sindicatos como una institución fundamental de una sociedad democrática. Con el Derecho Administrativo ya que la Administración Laboral tiene un papel relevante en las relaciones colectivas; y con el Derecho del Trabajo Individual ya que el contrato de trabajo también juega un papel importante. Esto hace necesario manejar conceptos adquiridos en las asignaturas mencionadas para poder estudiar temes de la presente. |
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Las relaciones laborales y la oposición de intereses que les caracteriza hacen del conflicto un fenómeno habitual cuando se habla de Derecho sindical. Esto supone una importante necesidad de asesoramiento para a las partes implicadas, y, en caso de conflicto, de asistencia legal delante de la jurisdicción social. Consecuentemente, los departamentos de recursos humanos de las empresas, incluso entes públicos, tienen asesores laborales. Dado el elevado número de conflictos que se plantean en el orden jurisdiccional social hay un importante colectivo de operadores jurídicos especializados en materia laboral. No es menospreciable el número de funcionarios estatales y de comunidad autónoma que se relacionan con materias laborales y de Seguridad Social: Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Controladores Laborales, Letrados de les entidades gestoras de la Seguridad Social, etc. |
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Para el seguimiento de esta asignatura es imprescindible tener interiorizados los conocimientos relativos al Derecho del Trabajo Individual, el Derecho Constitucional y Administrativo así como Derecho Civil y Derecho Mercantil. | |||||
Es recomendable haber superado "Teoría general del derecho", "Derecho civil I", "Derecho civil II", "Sistema constitucional Español", "Derecho constitucional", "Derecho mercantil I", "Derecho mercantil II", "Derecho administrativo I", “Derecho del Trabajo Individual”. | |||||
Competencias especifiques y transversales (conjunto de técnicas, habilidades y habilidades aplicadas en el ámbito jurídico, en general, y el ámbito disciplinar de la asignatura). 1. Identificación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. 2. Interpretación de los textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinaria y utilizando los principios jurídicos como herramienta de análisis. 3. Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros. 4. Aplicación de los principios del derecho y la normativa jurídica a supuestos fácticos 5. El aprendizaje autónomo y la adaptación a nuevas situaciones Todas estas competencias se concretan con el objetivo de que se conozca y se comprenda: - La importancia histórica de la asociación obrera como remedio a la cuestión social y la desigualdad intrínseca en la relación de trabajo por cuenta propia o de otro. - El sentido constitucional del derecho a la libertad sindical y la relevancia que por su comprensión tiene la libertad sindical individual en su manifestación positiva y negativa, así como la libertad sindical colectiva. - El concepto legal de sindicato, la función que tiene asignada y los efectos jurídicos que se derivan de su representatividad. - La configuración legal de las asociaciones empresariales. - Los diferentes canales de representación de los intereses del personal y de los sindicatos en la empresa. - El concepto de convenio colectivo estatutario y otras manifestaciones derivadas de la negociación colectiva. - La diferenciación conceptual entre el conflicto colectivo de intereses y el jurídico, así como los diferentes canales habilitados para su solución pacífica. - El sentido constitucional de la huelga y el cierre patronal como instrumentos no pacíficos de confrontación entre trabajadores y empresarios. |
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Unidad 1. Libertad Sindical y Asociaciones Empresariales - La libertad sindical: evolución histórica y reconocimiento constitucional. - La libertad sindical: definición y contenido. - Fuentes de la libertad sindical - Manifestaciones de la libertad sindical - La libertad sindical individual - La libertad sindical colectiva o autonomía sindical. - La libertad sindical de los funcionarios públicos. - Las asociaciones empresariales. Unidad 2. La Representación de los Trabajadores de la Empresa - El doble canal de representación de los trabajadores de la empresa. - La representación unitaria. - La representación sindical de la empresa. - El derecho de reunión de los trabajadores. - El comité de empresa europeo. - Otros canales de representación de los trabajadores. - La representación de los funcionarios públicos. Unidad 3. La Negociación Colectiva - Evolución histórica y función de la negociación colectiva - Concepto y marco normativo - La determinación de la unidad negociadora y del convenio aplicable. - La legitimación para negociar - El procedimiento de negociación del convenio colectivo. - El contenido del convenio colectivo. - La dinámica aplicativa del convenio. - Los acuerdos y pactos de la empresa - La negociación colectiva extraestatutaria - La negociación colectiva en el ámbito de la función pública. - La negociación colectiva en la Unión Europea Unidad 4. Los conflictos colectivos, la huelga y el cierre patronal. - El conflicto colectivo. - La huelga: definición y evolución. - Fuentes y régimen jurídico del derecho a huelga. - Caracterización del derecho de huelga. - Tramitación del derecho de huelga: elementos formales. - Ilicitud de la huelga. - Fin de la huelga. - Efectos de la huelga sobre la relación laboral del huelguista. - El cierre patronal. |
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El material básico para preparar la asignatura lo constituyen los módulos didácticos que facilita la Universidad. |
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Bibliografía: Fuentes de Información Online: |
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La metodología de evaluación que se seguirá en esta asignatura, dependiendo de los objetivos de aprendizaje y de las competencias que persigue, puede consistir en la realización, entre otras, de ejercicios y/o preguntas teórico-prácticas, grabaciones de vídeos y/o audios, realización de cuestionarios con un tiempo limitado y/o participación en debates, wikis, blogs i/o vídeoblogs. En este sentido, el estudiante debe disponer de los dispositivos necesarios para el correcto seguimiento de todas estas metodologías de evaluación (particularmente de herramientas que permitan la grabación de vídeo y/o sonido)". Aprendizaje y organización |
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La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados. La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves. El estudiante será calificado con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular. La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) puede conllevar la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura (si hay examen y si superarlo es suficiente para superar la asignatura según indique este plan docente). Cuando esta mala conducta se produzca durante la realización de las pruebas de evaluación finales presenciales, el estudiante puede ser expulsado del aula, y el examinador hará constar todos los elementos y la información relativos al caso. Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda. |
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Ponderación de las calificaciones
Opción para superar la asignatura: EC + PS
Nota final de asignatura: EC + PS EC = 60% PS = 40% Notas mínimas: · PS = 3,5 Cuando la nota obtenida en la PS sea inferior a los mínimos establecidos para cada fórmula, la calificación final de la asignatura será la nota obtenida en la PS.
Opción con EX: EX + EC
Nota final de asignatura: EX + EC EX = 65% EC = 35% Notas mínimas: · EX = 4 Esta fórmula de ponderación sólo se aplicará cuando la nota resultante mejore la obtenida en el EX. Cuando la nota obtenida en el EX sea inferior a 4 o la calificación resultante de la fórmula de ponderación no permita mejorar la nota obtenida en el EX, la calificación final de la asignatura será la nota obtenida en el EX. En el caso de asignaturas con prácticas (Pr) que cruzan con el examen (EX), la fórmula de ponderación sólo se aplicará cuando la nota resultante mejore la obtenida en FE (FE=EX+Pr). Cuando la nota obtenida en el EX sea inferior a 4, la calificación resultante de la asignatura será la nota obtenida en el EX. Cuando la calificación resultante de la fórmula de ponderación no permita mejorar la nota obtenida en FE, la calificación final de la asignatura será la nota obtenida en FE. |
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1. Dado el contenido eminentemente práctico de la asignatura, una parte de la evaluación estará compuesta por pruebas de carácter práctico y la otra parte de carácter teórico. La resolución de los casos prácticos facilitará la asimilación de los conceptos teóricos. Su importancia consiste en relacionar las diferentes partes del programa además, claro está, de adquirir una formación práctica que facilitará la inserción y trabajo profesional posterior. Por otro lado, la remisión periódica de las pruebas permitirá controlar, y en su caso corregir, el proceso de aprendizaje del estudiante. Acogerse a la evaluación continua es una opción voluntaria para el estudiante y en ningún caso no le podrá perjudicar. La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados. La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves. El estudiante será calificado con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular. La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) conllevará la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura. Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda. La UOC dispone de mecanismos y herramientas eficientes de detección de plagio y de copia entre estudiantes. Para ayudaros a citar correctamente y evitar estos problemas, podéis consultar la "Guía de elaboración de las PEC", disponible en el apartado de "Materiales y fuentes" del aula. Con independencia de quién sea el estudiante que haya sido causante de la copia/plagio, la amonestación académica por mal uso del sistema de la evaluación continua recaerá por igual sobre todos los estudiantes implicados, y de estas conductas se podrán derivar las sanciones disciplinarias correspondientes por infracción de la Normativa de derechos y deberes. La posibilidad de calificar una conducta como copia/plagio y la eventual imposición de una amonestación académica y/o sanción disciplinaria puede producirse en cualquier momento de la Evaluación Continua del semestre en curso respecto de todas las Pruebas de Evaluación, aunque ya hayan sido evaluadas y/o esté puesta la nota final de la Evaluación Continua.
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La evaluación final se efectuará de dos formas diferentes, según se haya seguido o no la evaluación continua. |
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- En las fechas señaladas en la planificación de la Evaluación Continua, el estudiante tiene acceso a los enunciados de las pruebas de evaluación continua. |