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Consulta de los datos generales Descripción La asignatura en el conjunto del plan de estudios Campos profesionales en el que se proyecta Información previa a la matrícula Objetivos y competencias Contenidos Consulta de los recursos de aprendizaje de los que dispone la asignatura Recursos de aprendizaje y herramientas de apoyo Informaciones sobre la evaluación en la UOC Consulta del modelo de evaluación | |||||
Este es el plan docente de la asignatura para el primer semestre del curso 2024-2025. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios. | |||||
El estudio científico de la regulación jurídica del fenómeno religioso y de las libertades de conciencia, ideológica y religiosa ha sido una constante en los diferentes planes de estudio, los cuales han otorgado autonomía didáctica a esta rama del Derecho. En unos países se la denomina Law and Religion, en otros Derecho Eclesiástico del Estado y, actualmente, Derecho y Religiones.
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La asignatura Derecho y Religiones tiene, por su propia configuración, una base de Derecho Público, por lo cual es idóneo que se aborde al final del Grado. Así pues, tiene conexión tanto con el Derecho Constitucional y el Derecho Administrativo como con la Historia y la Filosofía del Derecho, sin excluir otras ramas jurídicas con las que también se relaciona.
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Esta asignatura complementa la formación del jurista en muchos de los campos del Derecho. Tanto en el ámbito laboral como en el civil, el constitucional o en el administrativo nos encontramos ante casos en los que los conocimientos del derecho eclesiástico nos serán de gran ayuda para encontrar una solución real a los problemas jurídicos planteados. Por poner un ejemplo, en el caso de un despido o en la prohibición de entrada en una escuela pública como reacción a la manifestación de la libertad religiosa de una persona. Del mismo modo, el derecho canónico -que es propedéutico-, permitirá disponer de los conocimientos necesarios para afrontar los casos en los que el derecho civil no sea suficiente para encontrar una respuesta al conflicto jurídico en cuestión, precisamente porque el Derecho ha otorgado eficacia civil a matrimonios celebrados conforme al derecho canónico. |
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Es muy recomendable haber superado:
Es aconsejable haber superado:
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Competencias A través del estudio de esta asignatura, el estudiante podrá trabajar las siguientes competencias:
Objetivos de aprendizaje Los objetivos que el estudiante alcanzará a través del estudio de esta asignatura son los siguientes:
La metodología de evaluación que se seguirá en esta asignatura puede consistir, dependiendo de los objetivos de aprendizaje y de las competencias que persigue, en la realización, entre otros, de ejercicios y/o preguntas teórico-prácticas, grabación de vídeos y/o audios, realización de cuestionarios con un tiempo limitado y/o participación en debates, wikis, blogs y/o vídeoblogs. En este sentido, el estudiante debe disponer de los dispositivos necesarios por el correcto seguimiento de todas estas metodologías de evaluación (particularmente de herramientas que permitan la grabación de vídeo y/o sonido). |
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Contenidos básicos
Módulo didáctico 1
Parte general: Laicidad, acuerdos con las confesiones y pluralismo religioso
Módulo didáctico 2
Parte especial (I): El régimen jurídico del pluralismo religioso
Mòdul didàctic 3
Parte especial (II): Derecho matrimonial canónico
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El material básico para la preparación de la asignatura está compuesto por los tres módulos didácticos que edita, a este efecto, la Universitat Oberta de Catalunya. Además, es absolutamente imprescindible trabajar con la normativa citada en cada módulo, GES y PECs. |
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La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados. La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves. El estudiante será calificado con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular. La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) puede conllevar la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura (si hay examen y si superarlo es suficiente para superar la asignatura según indique este plan docente). Cuando esta mala conducta se produzca durante la realización de las pruebas de evaluación finales presenciales, el estudiante puede ser expulsado del aula, y el examinador hará constar todos los elementos y la información relativos al caso. Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda. La UOC habilitará los mecanismos que considere oportunos para velar por la calidad de sus titulaciones y garantizar la excelencia y la calidad de su modelo educativo. |
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