Filosofía del derecho Código:  73.534    :  6
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Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.

La asignatura Filosofía del derecho pretende ofrecer a los estudiantes una oportunidad de llevar a término una reflexión filosófica en torno a la naturaleza del derecho. Esta reflexión se justifica si se tienen en cuenta un par de elementos relevantes: por un lado, el derecho es una práctica social internamente compleja y, por otra, tiene una importancia práctica primordial en el desarrollo de nuestra vida diaria. Profundizar en el análisis de estos dos aspectos puede contribuir a que tengamos una comprensión más clara de la estructura del derecho, de su funcionamiento y de las relaciones entre el concepto de derecho y otros conceptos afines, como los de coacción, justicia, etc. con el fin de realizar esta tarea e intentar alcanzar estos objetivos, la asignatura partirá de las tesis del positivismo jurídico contemporáneo y en su transcurso se analizarán los desafíos que ha recibido en los últimos años y sus respuestas.

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En el Plan de Estudios de la UOC, esta asignatura, dotada de una carga docente de seis créditos ECTS, está situada en el último tramo del Grado. La justificación de este estado de cosas se encuentra en la necesaria contextualización que estas materias aportan a la cultura de los juristas. Así, resulta necesario haber adquirido un mínimo conocimiento del derecho para poder adoptarlo como objeto de la reflexión filosófica. Por otra parte, ya en el primer curso del Grado se ponen las bases de esta reflexión en la asignatura Introducción al derecho.

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El interés que tiene esta asignatura para la práctica profesional es, principalmente, indirecto. Tener una sólida formación jurídica básica contribuye, sin duda, a ser un mejor profesional del derecho y, al mismo tiempo, aumenta la versatilidad del jurista con el fin de adecuarse a las necesidades cambiantes de las sociedades actuales. En este sentido, resulta importante para un jurista adquirir un cierto entrenamiento para adecuar su pensamiento a las circunstancias y a los casos cambiantes, siendo la reflexión filosófica una buena forma de adquirir este entrenamiento. Por otra parte, también la progresiva importancia que en los ordenamientos continentales está tomando una visión de la Constitución que impregna las decisiones sobre los casos ordinarios hace que la habilidad argumentativa resulte cada día más decisoria en la práctica profesional.

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Al tratarse de una asignatura dedicada a la reflexión filosófica acerca del Derecho, resulta evidente que es necesario contar con cierta formación jurídica previa. No tendría demasiado sentido reflexionar sobre algo que todavía no se conoce suficientemente. Por ello, es recomendable cursar la asignatura en el tramo final del grado, preferiblemente durante el último curso. En cualquier caso, como mínimo sería muy recomendable haber cursado previamente la asignatura Introducción al derecho.

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Es muy recomendable haber superado Introducción al derecho, y aconsejable estar en un estadio avanzado de los estudios de Derecho (preferiblemente, en el último curso). También resulta de utilidad haber cursado previamente la asignatura optativa Metodología Jurídica.

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En los materiales didácticos que forman parte de esta asignatura se pueden encontrar los contenidos, las herramientas conceptuales y los argumentos suficientes para alcanzar los objetivos generales siguientes:

1. Reflexionar sobre las condiciones de existencia de los sistemas jurídicos.

2. Analizar las posibles relaciones entre el derecho y la moral.

3. Examinar las diversas cuestiones relativas a la determinación del derecho.

4. Ser conscientes de los problemas que plantea la justificación de la obediencia
al derecho.

5. Analizar las posibles formas de afrontar la justificación de la pena.

6. Saber qué problemas plantea la imposición de la moral a través del derecho
en sociedades pluralistas y liberales.

Además de los anteriores objetivos relativos a los conocimientos teóricos, está el objetivo de contribuir a la consecución de una habilidad práctica como es la de argumentar con coherencia con respecto a una serie de problemas, habilidad que después puede ser utilizada para afrontar otros.

En esta asingatura se trabajan asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en la Memoria del Grado, las siguientes competencias:

Competencias transversales

  • Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros.
  • El aprendizaje autónomo y la adpatación a nuevas situaciones.

Competencias específicas

  • Identifiación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas para cada ámbito disciplinar.
  • Interpretación de los textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinar y utilizando los principios jurídicos como herramienta de análisis.
  • Aplicación de los principios del Derecho y la normativa jurídica a supuestos fácticos.
  • Interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico de acuerdo con los valores éticos.
  • Desarrollo de un discurso jurídico correctamente estructurado, tanto de forma oral como escrita.
  • Análisis crítico del ordenamiento jurídico.

METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN

 La metodología de evaluación que se seguirá en esta asignatura, dependiendo de los objetivos de aprendizaje y de las competencias que persigue, puede consistir, entre otros, en la realización de ejercicios y/o preguntas teórico-prácticas, grabación de vídeos y/o audios, realización de cuestionarios con un tiempo limitado y/o participación en debates, wikis, blogs y/o vídeoblogs. En este sentido, el estudiante debe disponer de los dispositivos necesarios por el correcto seguimiento de todas estas metodologías de evaluación (particularmente de herramientas que permitan la grabación de vídeo y/o sonido).

 

La evaluación continua de esta asignatura consistirá en 3 PECs (Pruebas de Evaluación Continua).

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Módulo 1. - El problema de la existencia del derecho

¿Cuáles son los rasgos distintivos de las sociedades que tienen sistemas jurídicos?. Esta pregunta sólo se puede responder identificando las características propias del derecho, que lo distinguen de otras formas de control social. A esta pregunta pretende responder principalmente la tesis social, cuyo examen ocupará buena parte de este módulo, dedicado a estudiar las condiciones de existencia de los sistemas jurídicos. Estas condiciones son dos (que haya una regla de reconocimiento en una determinada sociedad y que las normas identificadas a partir de esta regla sean obedecidas en general), lo cual nos lleva a preguntarnos cuándo existe una regla de reconocimiento y cuándo un sistema jurídico es eficaz.

Módulo 2. - El problema de la relación entre el derecho y la moral

En este módulo se examinan diferentes posiciones en torno a la pregunta de si el derecho está conectado de manera necesaria, conceptualmente, con la moral crítica o no lo está. Se analizan primero tres posibles respuestas afirmativas a esta cuestión y después tres respuestas negativas. En el examen de cada posición se prestará una especial atención a los principales argumentos presentados para defenderla, y al balance crítico que se pueda hacer. La disputa entre el jusnaturalismo y el positivismo jurídico parece no tener final, pero quizás una presentación de este debate puede agudizar nuestra comprensión del derecho en dos sentidos. Por una parte, nos podemos dar cuenta de que en realidad este debate esconde cuestiones variadas que no siempre son lo suficientemente distinguidas. Por otra parte, podemos comprender que las discusiones filosóficas nunca se tienen que convertir en disputas estériles sobre etiquetas, sino en análisis crítico de los argumentos que son usados en la defensa de las diferentes tesis.

Módulo 3. - El problema de la determinación del derecho

Desde un punto de vista práctico, se puede decir que a un jurista le interesa determinar hasta qué punto los materiales jurídicos que están identificados partiendo de la regla de reconocimiento sirven para dar respuesta a los conflictos jurídicos que acaban desembocando en los tribunales. Si todos los elementos que sirven para tomar decisiones en el ámbito jurisdiccional, donde los jueces y tribunales resuelven casos concretos, están previamente determinados por las normas generales promulgadas por el legislador, entonces la actividad de los jueces es puramente mecánica y sus decisiones no implican una innovación del derecho previamente existente sino una simple aplicación. Pero eso, actualmente, es sostenido por pocos autores. En todo caso, fue defendido por el formalismo estricto en épocas pretéritas. Lo la actualidad, los filósofos del derecho suelen rechazar o bien que la actividad de los jueces sea simplemente mecánica, o bien que esta actividad consista en la aplicación de normas precedentes, o las dos cosas al mismo tiempo. En este módulo analizaremos tres problemas que afectan a la determinación del derecho. Se trata de los problemas de indeterminación, de subdeterminación y sobredeterminación. Al final del trayecto comprobaremos que es muy difícil negar que haya un cierto grado de discrecionalidad por parte de los jueces a la hora de tomar sus decisiones jurisdiccionales.

Módulo 4. - El problema de la justificación de la obediencia del derecho

Una vez delimitado este problema clásico de la reflexión filosófica, se pasará revista a algunas de las posibles respuestas que se pueden dar sobre éste. Una primera manera de afrontarlo es vinculando la obligación de obedecer al derecho a la existencia de un consentimiento por parte de sus destinatarios, bien sea éste expreso, tácito o hipotético. Después de ver las dificultades de este planteamiento, examinaremos la visión anarquista, que lleva de alguna manera al extremo las dificultades que presentan las teorías
voluntaristas. También esta posición es insatisfactoria. Sin embargo, si eso es así, hace falta dejar de lado la visión centrada en el consentimiento e intentar defender el deber de obediencia por medio de otros argumentos. Eso es lo que intentan las teorías no voluntaristas, a cuyo examen se dedica el apartado 5. Allí se analizarán versiones instrumentales del estado (el utilitarismo y la concepción de la autoridad como servicio), las cuales defienden un deber institucional de obediencia y las que lo conciben como un deber natural. Por razones diferentes, ninguna de estas teorías alcanza su objetivo, que es el de justificar un deber u obligación universal de obedecer al derecho, aunque todas tienen aspectos sugerentes y plausibles que se irán poniendo en relieve a lo largo
de la exposición. El módulo acaba con un apartado dedicado a la caracterización y posible justificación de la desobediencia civil.

Módulo 5. - El problema de la justificación de la pena

Tal como nos llega en la actualidad, el debate sobre la justificación de la pena gira entorno a cuatro posibles objetivos. El primero consistiría a retribuir al delincuente por la acción que ha llevado a término. El segundo pasaría por entender que lo importante es que con el castigo del delincuente se pueda evitar su reincidencia, y que otros cometan otros delitos. Por lo tanto, el objetivo sería la disuasión: conseguir convencer al delincuente real o potencial del hecho de que resulta costoso cometer delitos. En tercer lugar, encontraríamos el objetivo de la incapacitación, cuya preocupación sería impedir físicamente que el delincuente pueda delinquir. Finalmente, hay quien piensa que el objetivo que puede ayudar a justificar la pena es la rehabilitación del delincuente. A lo largo del módulo veremos cada una de estas posibilidades de justificación, y en cada caso valoraremos el acierto y el alcance de cada una. También se examinarán problemas relacionados con la dificultad de mantener diversos de estos objetivos al mismo tiempo. Así, por ejemplo, se verán los casos del violador compulsivo o el desafío que supone el determinismo. Se revelarán también en su momento algunos dilemas y paradojas en que se incurre por el hecho de querer mantener estas justificaciones dispares. El módulo acabará con el análisis de algunas posibilidades de justificación conjunta de modelos retributivos con otros de carácter utilitarista.

Módulo 6. - El problema de la imposición jurídica de la moral


En este módulo se examinan diversas cuestiones relacionadas con la justificación de la imposición de la moral mediante las normas jurídicas. Como veremos, en realidad se trata de dos problemas, en función que "moral" se refiera a la moral positiva o a la moral crítica. Por eso, después de haber especificado la distinción anterior, se analiza en el apartado 2 la posible justificación de la imposición jurídica de la moral positiva. Se llega a la conclusión que desde una perspectiva liberal no sirve esta justificación, ya que implicaría aceptar en última instancia que lo que la mayoría crea cuenta como criterio de corrección moral. En el apartado 3 se pasa revista a una serie de cuestiones que tienen como eje común la posibilidad de justificar la imposición de la moral crítica. Se llega a la conclusión que este tipo de imposiciones se llevan a término mediante medidas perfeccionistas que se oponen frontalmente a medidas de carácter liberal. Se analizan, entonces, en el apartado 4, las características propias de una concepción
liberal de la sociedad, que, en su sentido más amplio, se corresponde con la que defiende los principios de autonomía, inviolabilidad y dignidad de las personas. El módulo acaba prestando atención en las llamadas medidas paternalistas y describe las características y como|cómo se pueden distinguir de las medidas perfeccionistas y, finalmente, se indaga en su posible justificación. El resultado al cual nos lleva esta indagación es que ciertas medidas paternalistas, a diferencia de las perfeccionistas, pueden estar justificadas en una sociedad liberal.

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Los materiales didácticos obligatorios para preparar la asignatura son los que están recogidos en los módulos. De todas formas, resultaría interesante y enriquecedor con el fin de comprender mejor los diferentes problemas que se presentan en cada módulo que los estudiantes leyeran también algunos textos complementarios que les permitirían tener una visión más completa de los temas estudiados.

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La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves.

Se calificará al estudiante con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular.

La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) puede conllevar la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura (si hay examen y si superarlo es suficiente para superar la asignatura según indique este plan docente).

Cuando esta mala conducta se produzca durante la realización de las pruebas de evaluación finales presenciales, el estudiante puede ser expulsado del aula, y el examinador hará constar todos los elementos y la información relativos al caso.

Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

La UOC habilitará los mecanismos que considere oportunos para velar por la calidad de sus titulaciones y garantizar la excelencia y la calidad de su modelo educativo.

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Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Con evaluación continua (EC) y una prueba de síntesis (PS):
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis obtienes la nota mínima necesaria, la nota final será la ponderación que se especifique en el plan docente.
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis no obtienes la nota mínima necesaria, la calificación final será la nota cuantitativa que obtengas en la prueba de síntesis.
    • Si superas la evaluación continua y no te presentas a la prueba de síntesis, la nota final será un No presentado.
    • Si suspendes la evaluación continua, la nota final será un No presentado.
    • Si no te presentas a la evaluación continua, la nota final será un No presentado.

  2. Con examen (para seguir esta vía no es necesario haber superado la evaluación continua para hacer el examen):
    • Si no has presentado la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si en la evaluación continua has obtenido una nota distinta a un No presentado, la nota final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.

 

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