Instituciones de protección de la persona Código:  73.546    :  4
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Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.

Esta asignatura está dedicada al estudio de las diferentes situaciones de guarda y protección de las personas que, en mayor o menor medida, tienen limitada su capacidad de obrar (menores, incapacitados y pródigos), ya sea dentro de la familia o fuera de ella: patria potestad, tutela, curatela, defensor judicial, guarda de hecho, guarda administrativa, desamparo y acogimiento.

Estas instituciones no se presentan como alternativas excluyentes, de manera que cabe que la persona a lo largo de su vida vaya pasando por una o varias de estas instituciones tuitivas. Así, los incapacitados, que padecen una deficiencia o enfermedad que provoca que no puedan gobernarse por sí mismos, o que al menos no puedan hacerlo en todos los aspectos, podrán estar sujetos a la patria potestad de sus padres, pero cabe también que, ante el fallecimiento o la imposibilidad de los padres para desempeñar esta función, sean sometidos a la tutela o a la curatela (dependiendo de su grado de discernimiento).

Es importante resaltar que tanto la patria potestad como la tutela, la curatela y el defensor judicial tienen la consideración de "función", de tal manera que su titular ostenta facultades y deberes que le son atribuidos en beneficio del sometido al cargo o a la potestad, y no en su propio interés.

Estas instituciones (en especial, los cargos tutelares) están, además, impregnadas de la denominada cláusula de salvaguarda judicial (Roca Trías), concediéndose al juez un protagonismo esencial en su constitución y vigilancia (como consecuencia de la Ley 13/1983, de 24 de octubre, de reforma del Código Civil en materia de tutela). 

Debemos indicar que esta materia ha experimentado en los últimos años un considerable auge, en buena medida propiciado por la pretensión de los poderes públicos de evitar las situaciones de desamparo. 

Como muestra de esta intervención de los poderes públicos podemos citar la Ley estatal 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (conocida como Ley de Dependencia) o la Ley, también estatal, 41/2003, de 18 de noviembre, de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad, o la más reciente Ley catalana 14/2010, del 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia (LDOIA).   

Sin embargo, también debe señalarse que esta intervención pública desemboca en ocasiones en conflictos humanos traumáticos.

 Por el contrario, la patria 
potestad, al asentarse en la relación jurídica paterno-filial que se establece entre 
padres e hijos, ha tenido su ubicación propia en el derecho de familia, al 
que también se adscriben las otras medidas de protección del menor o incapaz, 
que se aplican cuando la patria potestad no resulta procedente y entre las 
que ocupa un lugar preferente la tutela (que se viene estudiando, por tanto, 
en las dos partes del derecho civil), junto con la guarda administrativa y el 
acogimiento familiar. 
En conclusión, en estos materiales vais a estudiar, bajo el común epígrafe de 
"Instituciones de protección de la persona", una figura cuyo carácter familiar 
es indiscutible, por intrínseco a su propia configuración, como es la patria potestad, 
y otras en las que, como se ha apuntado, lo familiar no es un elemento 
definitorio esencial; me refiero, como es obvio, a la tutela, la curatela, el defensor 
judicial, la guarda y el acogimiento de menores.

Amunt

Es recomendable haber cursado las asignaturas de derecho civil I, II, III, IV (especialmente civil I y IV).

Amunt

Competencias específicas

1. Búsqueda, obtención y uso de las fuentes jurídicas (legales, jurisprudenciales y doctrinales)

2.Comprensión de las diferentes formas de creación del derecho, su evolución histórica y su realidad actual.

3.Identificación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas para cada ámbito disciplinario.

4. Negociación, argumentación y mediación en el entorno profesional.

5.Análisis de la realidad social desde la perspectiva del derecho como sistema regulador de las relaciones sociales.

 

Competencia transversal

 

1. Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros



* Objetivos de Aprendizaje :
- Estudiar la patria potestad, la tutela, la curatela, el defensor judicial y las instituciones de guarda y acogimiento de menores. Determinada la filiación, surgen derechos y deberes recíprocos entre los miembros de la familia, orientados a la ayuda mutua. Lógicamente los deberes se potencian a favor de los más necesitados y a cargo de los más fuertes en la familia: se habla así de obligaciones alimenticias pero también de potestad parental, de representación y administración de los bienes de los hijos. En ocasiones, sin embargo, la ausencia de familia obliga a buscar soluciones alternativas para que las personas necesitadas no se vean privadas del oportuno socorro: tutela, curatela, guarda de menores, acogimiento.
Algunas de estas instituciones han sido analizadas ya en Derecho Civil I y Civil IV haciendo hincapié en su carácter de medidas de protección de la persona y en esta asignatura se estudiarán a fondo.

 

Metodología de evaluación

La metodología de evaluación que se seguirá en esta asignatura, dependiendo de los objetivos de aprendizaje y de las competencias que persigue, puede consistir, entre otros, en la realización de ejercicios y/o preguntas teórico-prácticas, grabación de vídeos y/o audios, realización de cuestionarios con un tiempo limitado y/o participación en debates, wikis, blogs y/o vídeoblogs. En este sentido, el estudiante debe disponer de los dispositivos necesarios por el correcto seguimiento de todas estas metodologías de evaluación (particularmente de herramientas que permitan la grabación de vídeo y/o sonido)".

 En esta asignatura se han de realizar 4 PECs.

Amunt

En esta asignatura se estudiarán las siguientes figuras de protección de la persona: 

- Patria potestad 

- Tutela - Curatela 

- Defensor judicial 

- Guarda de hecho

- Guarda administrativa

- Protección de menores desamparados y en situación de riesgo 

Amunt

Amunt

Los materiales de esta asignatura se encuentran en el aula y están formados por 6 módulos.

Amunt

La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves.

Se calificará al estudiante con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular.

La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) puede conllevar la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura (si hay examen y si superarlo es suficiente para superar la asignatura según indique este plan docente).

Cuando esta mala conducta se produzca durante la realización de las pruebas de evaluación finales presenciales, el estudiante puede ser expulsado del aula, y el examinador hará constar todos los elementos y la información relativos al caso.

Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

La UOC habilitará los mecanismos que considere oportunos para velar por la calidad de sus titulaciones y garantizar la excelencia y la calidad de su modelo educativo.

Amunt

Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Con evaluación continua (EC) y una prueba de síntesis (PS):
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis obtienes la nota mínima necesaria, la nota final será la ponderación que se especifique en el plan docente.
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis no obtienes la nota mínima necesaria, la calificación final será la nota cuantitativa que obtengas en la prueba de síntesis.
    • Si superas la evaluación continua y no te presentas a la prueba de síntesis, la nota final será un No presentado.
    • Si suspendes la evaluación continua, la nota final será un No presentado.
    • Si no te presentas a la evaluación continua, la nota final será un No presentado.

  2. Con examen (para seguir esta vía no es necesario haber superado la evaluación continua para hacer el examen):
    • Si no has presentado la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si en la evaluación continua has obtenido una nota distinta a un No presentado, la nota final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.

 

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