Derecho urbanístico Código:  73.548    :  4
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Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.

La asignatura de Derecho Urbanístico tiene como principal finalidad introducir al estudiante en el urbanismo y ofrecerle una visión completa del ordenamiento urbanístico, entendido como el conjunto de normas jurídicas que, por sí mismas o por medio del planeamiento, establecen el régimen jurídico de la propiedad del suelo y regulan la actividad administrativa encaminada al uso del suelo, la urbanización y la edificación.

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Esta asignatura optativa, de 4 créditos, se enmarca dentro del Plan de Estudios del Grado en Derecho (240 créditos ECTS) que la UOC ofrece dentro del marco general de la adaptación de la enseñanza universitaria al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). En este sentido, la asignatura tiene una estrecha relación con las asignaturas de Derecho Administrativo que sirven al alumno de sustrato básico del que obtener los conceptos jurídicos elementales que ahora se dan por asumidos.

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El Derecho Urbanístico es de gran utilidad para todo el que se proponga en un futuro ejercer de abogado, de técnico de la Administración, así como de promotor o de asesor jurídico de empresas constructoras o inmobiliarias, asociaciones vecinales, instituciones financieras o despachos de arquitectura. También puede ser muy útil para todo aquél que -como propietario o ciudadano en general- entre en relación con la Administración por un tema de carácter urbanístico y tenga que conocer las posibilidades, requisitos o condicionamientos legales básicos para el ejercicio adecuado y defensa de sus derechos.

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La mejor comprensión del Derecho Urbanístico requiere de conocimientos previos principalmente en el marco del Derecho Administrativo tanto general como especial. No obstante, al ser el urbanismo una materia indisolublemente unida al régimen jurídico de la propiedad inmobiliaria es muy útil disponer también de conocimientos en Derecho Civil, fundamentalmente en materia de derechos reales

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Para cursar esta asignatura es muy recomendable haber superado la asignatura de Derecho Administrativo I, a la vez que resulta también aconsejable haber aprobado la asignatura de Derecho Administrativo II.

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Con la asignatura de Derecho Urbanístico se intenta conseguir un doble objetivo. Por un lado, se trata de que el alumno adquiera un conjunto amplio de conocimientos en materia urbanística, entre los que destacan los siguientes:

  • Conocer los orígenes del urbanismo y el marco normativo actual.
  • Comprender el régimen jurídico de la propiedad del suelo como un derecho limitado por la función social que cumple.
  • Conocer el sistema de planeamiento al cual remite el marco normativo y que permite concretar el régimen jurídico del suelo que corresponde a cada parcela del territorio.
  • Entender cómo se ejecuta el sistema de planeamiento con el fin de garantizar la distribución de beneficios y de cargas y poder corregir las desigualdades que implica todo planeamiento urbanístico.
  • Conocer cómo se fomenta la edificación, la intervención administrativa en este ámbito, así como el sistema que se establece para proteger la legalidad urbanística.

Por otro lado se pretende que el alumno tome contacto con el urbanismo práctico mediante la visualización de instrumentos reales de planeamiento y de gestión, así como mediante la lectura y estudio de distintos documentos urbanísticos.

Desde esta perspectiva, los materiales didácticos y las diferentes actividades académicas planteadas deben de traducirse en la consecución de unas determinadas competencias que podemos agrupar en dos grandes bloques:

1.- Competencias transversales:

  • El aprendizaje autónomo y la adaptación a nuevas situaciones.

2.- Competencias específicas:

  • Identificación de los principios jurídicos, así como de las instituciones jurídicas específicas para cada ámbito disciplinario.
  • Análisis de la realidad social desde la perspectiva del derecho como sistema regulador de las relaciones sociales.

METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN

La metodología de evaluación que se seguirá en esta asignatura, dependiendo de los objetivos de aprendizaje y de las competencias que persigue, puede consistir, entre otros, en la realización de ejercicios y/o preguntas teórico-prácticas, grabación de vídeos y/o audios, realización de cuestionarios con un tiempo limitado y/o participación en debates, wikis, blogs y/o vídeoblogs. En este sentido, el estudiante debe disponer de los dispositivos necesarios por el correcto seguimiento de todas estas metodologías de evaluación (particularmente de herramientas que permitan la grabación de vídeo y/o sonido).

Número de PECs de esta asignatura:

La evaluación continua de esta asignatura consiste en la realización de 4 PECs.

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Con el fin de dar unos conocimientos globales, los contenidos de la asignatura abarcan desde el origen de las primeras actividades de ordenación urbana hasta el sistema actual de protección de la legalidad urbanística, estructurados en cuatro grandes unidades.

La Unidad 1 trata de los antecedentes históricos y las fuentes del derecho urbanístico. Da a conocer el origen histórico del urbanismo y la evolución del Derecho Urbanístico español hasta llegar a nuestros días.

La Unidad 2 estudia el régimen jurídico de la propiedad del suelo. Muestra la regulación constitucional, la legislación urbanística del derecho de propiedad y, asimismo, analiza las diferentes clases de suelo que prevé la legislación y el estatuto jurídico correspondiente a cada uno de las diferentes clases y categorías: suelo urbano, suelo urbanizable y suelo no urbanizable. En este segundo módulo también se explica el sistema de responsabilidad patrimonial de la administración urbanística.

En la Unidad 3 se analiza el sistema de planeamiento. El sistema normativo urbanístico se integra por el marco legal, que es el conjunto de normas legales y reglamentarias que se estudia en la Unidad 1, y por el sistema de planeamiento, que es el conjunto de planes a los cuales remite el marco legal de manera amplia. Esta Unidad trata de dar una visión genérica de los diferentes planes que podemos encontrar en el ordenamiento urbanístico, las relaciones que se establecen entre ellos, el procedimiento de elaboración y aprobación de los planes y, finalmente, el control jurisdiccional de la potestad de planeamiento.

La Unidad 4 se ocupa de la ejecución del planeamiento. Hay que tener en cuenta que la trascendencia pública del urbanismo se manifiesta precisamente en la ejecución del planeamiento, es decir, en el conjunto de actuaciones físicas y jurídicas destinadas a transformar la realidad preexistente de acuerdo con un modelo territorial diseñado por el planificador.

Finalmente, la Unidad 5 se ocupa en primer lugar de analizar edificación, esto es, los requerimientos jurídicos necesarios para culminar la ejecución del planeamiento. Así, se examinan las licencias urbanísticas requeridas antes de emprender cualquier actividad que implique la transformación o el uso del suelo como el deber de conservación de las edificaciones. En segundo lugar, la lección 6 de los materiales didácticos estudia el sistema de protección de la legalidad urbanística, es decir, el sistema que permite restituir la realidad física a la situación previa a la ilegalidad urbanística y, finalmente, se analizan los principios básicos del Derecho urbanístico sancionador y los delitos urbanísticos.

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Material didáctico

El material básico indispensable para superar con éxito la asignatura lo constituye el libro del Prof. Tomás Ramón Fernández Rodríguez Manual de Derecho Urbanístico, Ed. La Ley - El Consultor. De todos modos, aunque se trate de un manual completo y detallado, debe de considerarse solamente como una herramienta más para el estudio y no como una respuesta definitiva a todos los aspectos que deben de integrar la formación del estudiante. Es por eso que resulta conveniente que estos materiales se complementen con el estudio o lectura de la normativa, jurisprudencia y otras fuentes de información.

Normativa

Por otro lado, para poder avanzar con la asignatura resultará indispensable la consulta de los principales textos legales que rigen en esta materia. En este sentido, y sin perjuicio de aquellas otras que podamos ir citando a lo largo del semestre, la normativa que debéis tener como referencia básica durante el curso será la siguiente:

  • Constitución española de 1978.
  • Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Suelo.
  • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
  • Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

Encontraréis los textos normativos más importantes con los que tendréis que trabajar a través de las Bases de Datos jurídicas, a las cuales podéis acceder muy fácilmente desde Biblioteca de la UOC. Asimismo encontraréis en el aula, en el espacio Recursos,  enlaces interesantes a páginas web especializadas en la materia.

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La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en las que se hace la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves.

Se calificará al estudiante con un suspenso (D/0) si se detecta falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable (práctica, prueba de evaluación continua (PEC) o final (PEF), o la que se defina en el plan docente), ya sea porque ha utilizado material o dispositivos no autorizados, ya sea porque ha copiado de forma textual de internet, o ha copiado de apuntes, de materiales, manuales o artículos (sin la citación correspondiente) o de otro estudiante, o por cualquier otra conducta irregular.

La calificación de suspenso (D/0) en la evaluación continua (EC) puede conllevar la obligación de hacer el examen presencial para superar la asignatura (si hay examen y si superarlo es suficiente para superar la asignatura según indique este plan docente).

Cuando esta mala conducta se produzca durante la realización de las pruebas de evaluación finales presenciales, el estudiante puede ser expulsado del aula, y el examinador hará constar todos los elementos y la información relativos al caso.

Además, esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

La UOC habilitará los mecanismos que considere oportunos para velar por la calidad de sus titulaciones y garantizar la excelencia y la calidad de su modelo educativo.

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Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Con evaluación continua (EC) y una prueba de síntesis (PS):
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis obtienes la nota mínima necesaria, la nota final será la ponderación que se especifique en el plan docente.
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis no obtienes la nota mínima necesaria, la calificación final será la nota cuantitativa que obtengas en la prueba de síntesis.
    • Si superas la evaluación continua y no te presentas a la prueba de síntesis, la nota final será un No presentado.
    • Si suspendes la evaluación continua, la nota final será un No presentado.
    • Si no te presentas a la evaluación continua, la nota final será un No presentado.

  2. Con examen (para seguir esta vía no es necesario haber superado la evaluación continua para hacer el examen):
    • Si no has presentado la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si en la evaluación continua has obtenido una nota distinta a un No presentado, la nota final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.

 

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