Prácticas artísticas colaborativas Código:  20.323    :  6
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Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.
Esta asignatura se iniciará en Febrero 2022 (2021-2)

Amunt

Resultados de aprendizaje:  

  • Conocer los desarrollos históricos y diferentes manifestaciones de las prácticas artísticas colaborativas.
  • Comprender los debates teóricos y políticos acerca de las prácticas artísticas colaborativas.
  • Analizar y reflexionar críticamente sobre casos concretos de prácticas artísticas colaborativas.
  • Examinar las implicaciones de las prácticas artísticas colaborativas por lo que respecta a los modos relacionales y las formas de autoría y propiedad intelectual.

 

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Contenidos:

  • Debates críticos sobre la noción de autoría y la separación entre artista/autor/productor-espectador/receptor/consumidor.

  • Debates críticos acerca de los modos relacionales en la producción cultural y artística: co-autoría, colaboración, participación, prosumers, audiencias.

  • Genealogías y modos de las prácticas artísticas colaborativas: de la producción colectiva del arte a la colaboración con agentes sociales.

  • Arte público de nuevo género: del arte en el espacio público al arte en contexto social.

  • Debates sobre las prácticas artísticas colaborativas: marcos institucionales, relaciones de poder, gubernamentalidad, cultura como recurso.

  • Estudios de casos de prácticas artísticas colaborativas.

  • Nuevas formas de autoría y propiedad intelectual en las prácticas artísticas colaborativas.

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Creación en relación. La experiencia colaborativa de La Bonne y Sindihogar Audiovisual

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El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal de cada estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; el intento fraudulento de obtener un resultado académico mejor; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o la utilización de material o dispositivos no autorizados durante la evaluación, entre otras, son conductas irregulares que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves.

Por un lado, si se detecta alguna de estas conductas irregulares, puede comportar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables que se definan en el plan docente –incluidas las pruebas finales– o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales o dispositivos no autorizados durante las pruebas, como redes sociales o buscadores de información en internet, porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas del resto de estudiantes, etc.) sin la correspondiente citación, o porque se ha practicado cualquier otra conducta irregular.

Por el otro, y de acuerdo con las normativas académicas, las conductas irregulares en la evaluación, además de comportar el suspenso de la asignatura, pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

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La asignatura solo puede aprobarse con el seguimiento y la superación de la evaluación continua (EC). La calificación final de la asignatura es la nota obtenida en la EC.

 

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