Derecho penal económico Código:  73.529    :  4
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Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.

El objeto principal de estudio en la asignatura que ahora se presenta, lo constituye un grupo de figuras delictivas de la parte especial del Derecho penal y, de modo especial, los llamados "delitos económicos" o "delitos socio-económicos". El grado de especialización y profundización alcanzada en el análisis de las figuras delictivas previstas en el libro II del Código penal aconseja el tratamiento separado de diferentes grupos de delitos, mejorando así la tradicional sistemática de estudio conjunto de toda la parte especial del Derecho penal. Esta orientación en la enseñanza de la disciplina explica que en la asignatura Derecho penal II se hayan estudiado únicamente los delitos que afectan a bienes jurídicos de carácter individual, entre los que deben incluirse los delitos patrimoniales estrictamente. De estos últimos se diferencian los delitos económicos por el hecho de que en este grupo de ilícitos penales el objeto de tutela deja de ser individual para convertirse en colectivo, dado que suponen una ofensa potencial o dirigida al público en general. Sin embargo, la naturaleza patrimonial o económica de algunos delitos no se encuentra completamente definida, lo cual se convierte en la razón fundamental de que en el actual Código penal la regulación de estos dos grupos de delitos se haga conjuntamente en el título XIII del libro II -sin perjuicio de que algunos delitos económicos se encuentren regulados fuera de este título-; también ésta es la causa de que en el presente plan docente se incluya el análisis de figuras delictivas de vertiente patrimonial, junto con otras de cariz esencialmente económico.

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Como en todas las asignaturas penales dirigidas al estudio de figuras delictivas, también en los delitos que serán objeto de análisis en Derecho penal económico deben proyectarse las estructuras dogmáticas propias de la Parte General del Derecho Penal (Derecho Penal I). Eso quiere decir que, a pesar de encontrarnos frente a una parcela propia de la parte especial del Derecho penal, es imprescindible el estudio de la parte general.

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El Derecho penal económico constituye uno de los ejes centrales de la formación jurídica del estudiante en materia de Derecho penal parte especial. Su conocimiento resulta de todo punto imprescindible para el ejercicio libre de la profesión, pues incluso aunque se ejerza de forma especializada en otros campos del Derecho, con gran frecuencia los casos presentan ramificaciones que los insertan en varias ramas del ordenamiento.

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Para la realización de Derecho Penal económico es imprescindible haber cursado previamente la asignatura Derecho Penal I y muy recomendable Derecho Penal II.

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Es imprescindible haber superado Derecho Penal I y muy recomendable Derecho penal II.

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A) CONOCIMIENTOS ACADÉMICOS

 

1. Comprensión de los criterios de selección de bienes jurídicos que merecen protección penal en la delincuencia económica. 

2. Analizar las innovaciones del Código penal de 1995 en los delitos estudiados. 

3. Conocer los límites de la intervención penal y su conexión con el Derecho administrativo sancionador caso de existir infracciones administrativas en los diferentes ámbitos de la actividad económica estudiados. 

4. Estudiar la nueva regulación de las defraudaciones y de las insolvencias punibles. 

5. Analizar el tratamiento jurídico-penal de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial. 

6. Comprensión de las razones de la introducción en el nuevo Código penal de los delitos contra el mercado y los consumidores y estudio de su regulación. 

7. Asumir las razones de la incorporación al texto punitivo de los delitos societarios, así como analizar su configuración jurídico-penal. 

8. Estudiar la tipificación de los delitos de receptación y blanqueo de capitales y lasinnovaciones introducidas en estos. 

9. Analizar la regulación de los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social y la orientación político-criminal que la informa. 

10. Estudiar la configuración penal de los delitos contra los derechos de los trabajadores. 

11. Conceptuar las falsedades documentales.


B) COMPETENCIAS ESPECÍFICAS

1. Conocimiento de las figuras delictivas existentes en el Derecho positivo español

2. Capacidad de aplicación de los conocimientos de Parte General a casos de Parte Especial

3. Capacidad de otorgar una adecuada calificación jurídica a casos reales

4. Dominio de fuentes jurídicas:

- Capacidad de consulta y utilización de bases de datos jurisprudenciales
- Capacidad de consulta y utilización de materiales legales y doctrinales en materia penal

5. Capacidad crítica y de argumentación

6. Capacidad de expresión jurídica escrita

7. Dominio del lenguaje jurídico


C) COMPETENCIAS TRANSVERSALES Y GENERALES DE LA UOC

1. Capacidad para buscar, seleccionar y estructurar información

2. Razonamiento crítico

3. Trabajo en equipo

4. Toma de decisiones

5. Capacidad de análisis y de síntesis

6. Trabajo con las TICs.

7. Autoorganización del trabajo y del estudio

8. Responsabilidad social del conocimiento

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Unidad 1.

Introducción al derecho penal económico

La responsabilidad penal individual en los delitos de empresa

La responsabilidad penal de las personas jurídicas

Unidad 2.

EL blanqueo de capitales

Los delitos contra la Hacienda Pública

Unidad 3

Delitos contra la propiedad intelectual e industrial

Violación de secretos de empresa

Proteccion de la competencia y del mercado de valores

Delitos de corrupción

Unidad 4

Delitos societarios

Admisitración desleal y apropiación indebida

Delitos de frustración de la ejecución y delitos de insolvencia

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Los materiales básicos para preparar la asignatura están encabezados por el manual que se adjunta en formato PDF. Pese a que éstos constituyen una base muy completa para introducir el estudio de cada uno de los temas, conviene completar su lectura con el apoyo de un comentario al código penal, bien específicamente dedicado al Derecho penal económico, bien que trate con singularidad la parte especial del Derecho penal (aseguraos una edición actualizada, en cualquier caso (v. infra).

 Se recomienda, si se quiere profundizar en el estudio de los temas, o de alguno en particular, consultar alguna monografía específica de cada delito o algún artículo de especial interés. Esta bibliografía complementaria de los diferentes temas la podéis encontrar relacionada en el manual, pero se recomienda pedir la asistencia del consultor para posibles orientaciones.

Es imprescindible que el material de consulta recoja siempre las profundas modificaciones producidas porla  entrada en vigor de la L.O. 1/2015, y conviene utilizarlo críticamente con una edición anotada y concerdada del Código penal que contenga ya tales modificaciones (es necesario asegurarse de que se trate de una última edición, v. infra).

 

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El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal de cada estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; el intento fraudulento de obtener un resultado académico mejor; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o la utilización de material o dispositivos no autorizados durante la evaluación, entre otras, son conductas irregulares que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves.

Por un lado, si se detecta alguna de estas conductas irregulares, puede comportar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables que se definan en el plan docente –incluidas las pruebas finales– o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales o dispositivos no autorizados durante las pruebas, como redes sociales o buscadores de información en internet, porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas del resto de estudiantes, etc.) sin la correspondiente citación, o porque se ha practicado cualquier otra conducta irregular.

Por el otro, y de acuerdo con las normativas académicas, las conductas irregulares en la evaluación, además de comportar el suspenso de la asignatura, pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

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Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Siguiendo la evaluación continua (EC). Puedes superar la asignatura directamente aprobando la EC. En este caso, la nota final de la asignatura se corresponderá con la nota final de la evaluación continua.
  2. Haciendo un examen. La nota final se calculará de acuerdo con lo siguiente:
    • Si no te has presentado a la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si has seguido la evaluación continua y tienes una nota distinta a un No presentado, la calificación final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.

 

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