Derecho de la publicidad Código:  86.536    Créditos:  3
Consulta de los datos generales   Descripción   La asignatura en el conjunto del plan de estudios   Objetivos y competencias   Contenidos   Consulta de los recursos de aprendizaje que dispone la asignatura   Recursos de aprendizaje y herramientas de apoyo   Bibliografía y fuentes de información   Metodología   Información sobre la evaluación en la UOC   Consulta del modelo de evaluación   Evaluación Contínua   Evaluación final   Feedback  
Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.

El conocimiento de los límites jurídicos de la actividad publicitaria es una competencia esencial para los profesionales de este sector de actividad.

Conocer lo que se puede hacer y lo que no se puede hacer en publicidad, es decir, las normas que conforman el derecho de la publicidad y las posibles responsabilidades derivadas del incumplimiento de la normativa es (¡o debería ser!) un conocimiento básico por los profesionales de la publicidad.

En la asignatura Régimen Jurídico de la Comunicación conocisteis y aplicasteis a supuestos prácticos los límites jurídicos derivados de la denominada parte general del Derecho de la publicidad. ¿Lo recordáis? En el módulo 4 de los materiales de la asignatura Régimen Jurídico de la Comunicación trabajamos los diferentes supuestos de publicidad ilícita recogidos en la Ley General de Publicidad y en la Ley de Competencia Desleal.

Ahora, en la asignatura optativa Derecho de la Publicidad, ampliaremos estos conocimientos y nos adentraremos en la denominada parte especial del Derecho de la publicidad. Por lo tanto, en los próximos meses, trabajaremos los límites jurídicos específicos de la publicidad que se emite por la televisión, la radio e Internet y ampliaremos los conocimientos en materia de protección de datos personales para conocer los límites jurídicos de las acciones de publicidad o marketing directo.

En la segunda parte de la asignatura, como ejemplo de la importancia de conocer y consultar la legislación específica que regula algunos sectores de actividad, nos centraremos en el estudio de los límites jurídicos de la publicidad de productos farmacéuticos, del tabaco y de la publicidad institucional.

Y, como que la mayoría de vosotros sois o seréis profesionales de la publicidad, pensamos que el mejor método para comprender el derecho es aplicarlo en el análisis y en la resolución de casos prácticos. Y esto es lo que haremos en el aula, mediante debates más o menos informales y la resolución de las dos PACss evaluables de la asignatura.

Así, cuando os encontráis en el mundo profesional y tengáis que valorar si una pieza o campaña publicitaria se ajusta a la normativa, tendréis los conocimientos básicos para evitar el riesgo de una posterior retirada o sanción económica y, sobre todo, sabréis qué leyes tenéis que consultar para encontrar los detalles de los límites jurídicos de la publicidad.

Amunt

La asignatura Derecho de la publicidad se integra en el Plan de Estudios del Grado en Comunicación como una asignatura optativa con una carga docente equivalente a 3 créditos.

En el marco del actual Plan de Estudios, esta asignatura complementa los conocimientos básicos recogidos en el módulo introductorio al Derecho de la publicidad de la asignatura Régimen Jurídico de la Comunicación.

Por lo tanto, el contenido de esta asignatura optativa se configura como un complemento esencial para conocer y comprender, con toda su amplitud, los límites jurídicos de la actividad publicitaria.

Amunt

El objetivo fundamental de esta asignatura es proporcionaros un elevado nivel de conocimiento de la parte especial del Derecho de la publicidad.

Los objetivos generales de la asignatura Derecho de la Publicidad son:

1. Conocer y comprender los límites jurídicos de la actividad publicitaria, las normas que los configuran y las vías de represión de la publicidad ilícita.

2. Conocer las diferentes modalidades de publicidad audiovisual y su regulación.

3. Conocer los límites jurídicos de la publicidad difundida por vía electrónica.

4. Conocer los principios básicos en materia de protección de datos de carácter personal y su incidencia en las acciones de publicidad directa que impliquen la recogida de y tratamiento de datos personales de terceros.

5. Conocer la relevancia de la normativa sectorial en materia de publicitaria y, más concretamente, los límites jurídicos de la publicidad farmacéutica, de la de los productos del tabaco y de la publicidad institucional.

Las competencias generales y específicas que se trabajan en esta asignatura son:

- Capacidad de análisis crítico e interpretación del entorno.

- Capacidad de aprender y de actualización  permanente.

- Capacidad de aplicar las normativas legales que afectan al sector de la comunicación.

- Capacidad de ejercer la profesión de acuerdo con los principios éticos y el código deontológico.

Los resultados de aprendizaje que se esperan alcanzar son:

  • Conocer las diferentes normas jurídicas específicas que regulan el ejercicio de la publicidad en función del medio de comunicación y/o atendiendo a las características del servicio y producto.
  • Entender la naturaleza, dimensión y alcance de la legislación de carácter especial que regula la publicidad según el medio de difusión o la actividad.
  • Comprender cómo se articula el régimen sancionador y evaluar las consecuencias de una acción publicitaria que infringe los límites jurídicos.
  • Identificar  el campo de actuación de la autorregulación publicitaria y valorar su función y alcance.
  • Entender la normativa de protección de datos de carácter personal y cómo puede incidir en actividades publicitarias.
  • Argumentar y razonar jurídicamente con el objetivo de adecuar la actividad publicitaria al marco jurídico y normativa vigente.
  • Comprender  que el marco legal se va adaptando a los cambios del entorno y que ello hace necesario conocer en cada momento la normativa aplicable.

Amunt

Límites jurídicos de la publicidad según el medio de difusión

1. Regulación de la publicidad audiovisual

2. Regulación de la publicidad a Internet

3. Publicidad y protección de datos de carácter personal

 

Límites jurídicos de la publicidad sectorial

1. Regulación de la publicidad de productos farmacéuticos

2. Regulación de la publicidad del tabaco

3. Regulación de la publicidad institucional

Amunt

Material Soporte

Amunt

El material básico para el estudio y seguimiento de la asignatura son los módulos didácticos consultables en formato web a través del espacio de recursos del aula además de la lectura de la normativa y el artículo que seguidamente se indican que complentan y actualizan el contenido del módulo 1 y que también encontraréis en el aula: 

Martínez-Martínez, S. "Privacidad, datoss personales y empresas de comunicación, en la vorágine". En: COMeIN. Revista de los Estudios de Ciencies de la Información y de la Comunicación, Número 77 (mayo de 2018). ISSN 20142226.

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46 /CE (Reglamento general de Protección de datos)

Amunt

Bibliografia recomendada

De la Cuesta Rute, J.M. (2002). Curso de Derecho de la Publicidad. Navarra: EUNSA.

Iráculis Arregui, N. (2009). La publicidad de medicamentos. Madrid: La Ley Actualidad.

Lema Devesa, C. (2007). Problemas jurídicos de la publicidad. Madrid: Marcial Pons.

Lema Devesa, C.; Gómez Montero, J. (2010). Código de publicidad.  5ª ed. Madrid: Marcial Pons.

Patiño Alves, B. (2007). La autorregulación publicitaria, especial referencia al sistema español. Barcelona: Bosch.

Peguera Poch, M. (coord.). (2010). Principios de derecho de la sociedad de la información. Cizur Menor (Navarra): Aranzadi / Thompson Reuters.

Pérez Bes, F. (2012). La publicidad comportamental. Barcelona: UOC.

Rozados Oliva, M.J. (2009). Derecho administrativo de la publicidad. Valencia: Tirant lo Blanch.

Tato Plaza, A.; Fernández Carballo-Calero, P.; Herrera Petrus, C. (2010). La reforma de la Ley de Competencia Desleal. Madrid: La Ley.

Veleiro, B. (2008). Protección de datos de carácter personal y sociedad de la información. Madrid: Boletín Oficial del Estado.

 

Recursos digitales

Desde el apartado de recursos del aula, los estudiantes podrán acceder a una selección de recursos digitales vinculados, directa o indirectamente, con los contenidos de la asignatura. 

Entre las webs de interés para complementar los contenidos de la asignatura destacan: 


Asociación para la Regulación de la Comunicación Comercial
www.autocontrol.es 

Confianza on-line
www.confianzaonline.org 

European Advertising Standards Alliance
www.easa-alliance.org 

International Chambre of Commerce
www.iccwbo.org

 

Amunt

La propuesta metodológica y docente de la asignatura se estructura entorno al contenido del material didáctico de la asignatura, que tendréis que leer y comprender de forma paralela a la actividad que se llevará a cabo en el aula.

A lo largo de todo el periodo docente podréis contactar con vuestro consultor/a para aclarar cualquier duda sobre el contenido de la asignatura.

Para alcanzar los objetivos propuestos, esta asignatura requiere, además del estudio personal, la participación activa y dinámica en los diferentes espacios de comunicación del aula. Así, la utilización del Foro y la participación en los Debates será esencial para la consecución de los objetivos de la asignatura y para interaccionar no solamente con el consultor sino también con el resto de estudiantes matriculados en la asignatura.

A lo largo del semestre iréis trabajando los contenidos de la asignatura de una forma progresiva y, por lo tanto, es recomendable optar por el sistema de evaluación continua. Este sistema de evaluación se caracteriza por facilitar el aprendizaje y la asimilación de los contenidos de la asignatura, a la vez que ayuda a dominar las herramientas conceptuales, de forma gradual y con una orientación práctica que se traducirá en la resolución y comentario en el aula de diferentes casos prácticos directamente relacionados con el contenido de la asignatura.

Amunt

El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal de cada estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; el intento fraudulento de obtener un resultado académico mejor; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o la utilización de material o dispositivos no autorizados durante la evaluación, entre otras, son conductas irregulares que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves.

Por un lado, si se detecta alguna de estas conductas irregulares, puede comportar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables que se definan en el plan docente –incluidas las pruebas finales– o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales o dispositivos no autorizados durante las pruebas, como redes sociales o buscadores de información en internet, porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas del resto de estudiantes, etc.) sin la correspondiente citación, o porque se ha practicado cualquier otra conducta irregular.

Por el otro, y de acuerdo con las normativas académicas, las conductas irregulares en la evaluación, además de comportar el suspenso de la asignatura, pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

Amunt

Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Siguiendo la evaluación continua (EC). Puedes superar la asignatura directamente aprobando la EC. En este caso, la nota final de la asignatura se corresponderá con la nota final de la evaluación continua.
  2. Haciendo un examen. La nota final se calculará de acuerdo con lo siguiente:
    • Si no te has presentado a la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si has seguido la evaluación continua y tienes una nota distinta a un No presentado, la calificación final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.


Ponderación de las calificaciones

Opción siguiendo y superando la EC: EC

Nota final de asignatura: EC

Opción con EX: EX + EC

Nota final de asignatura: EX + EC

EX = 65 %

EC = 35 %

Notas mínimas:

· EX = 4

Esta fórmula de ponderación sólo se aplicará cuando la nota resultante mejore la obtenida en el EX. Cuando la nota obtenida en el EX sea inferior a 4 o la calificación resultante de la fórmula de ponderación no permita mejorar la nota obtenida en el EX, la calificación final de la asignatura será la nota obtenida en el EX.

En el caso de asignaturas con prácticas (Pr) que cruzan con el examen (EX), la fórmula de ponderación sólo se aplicará cuando la nota resultante mejore la obtenida en FE (FE=EX+Pr). Cuando la nota obtenida en el EX sea inferior a 4, la calificación resultante de la asignatura será la nota obtenida en el EX. Cuando la calificación resultante de la fórmula de ponderación no permita mejorar la nota obtenida en FE, la calificación final de la asignatura será la nota obtenida en FE.

Amunt

Evaluación: criterios y sistema


En esta asignatura se puede optar por tres modalidades de evaluación:


Modalidad A: Evaluación Continua (EC)


El estudiante que opte por esta modalidad tendrá que entregar obligatoriamente en la fecha prevista las dos pruebas de evaluación continua (PECs) propuestas por la consultora. Cada una de las pruebas obtendrá la calificación correspondiente (A, B, C , C- o D).

En caso de superar la evaluación continua la nota final del estudiante será la que haya conseguido de media en las pruebas de evaluación continua (A,B o C ).

Modalidad B: Evaluación Continua + Examen


Los estudiantes que no hayáis superado la evaluación continua (C- o D a la media de las PECs) pero hayáis presentado las dos pruebas de evaluación continua en la fecha prevista tendréis que presentaros al examen final para superar la asignatura.

En este caso, la nota final seguirá la normativa de la UOC respecto al cruce de calificaciones entre la evaluación continua y la nota del examen final.


Los estudiantes que hayáis superado la evaluación continua con una calificación de B o C tendréis la oportunidad de subir nota si os presentáis al examen final. La nota final también seguirá la normativa de la UOC respecto al cruce de calificaciones entre la evaluación continua y la nota del examen final.

Modalidad C: Examen


Los estudiantes que no os acojáis, desde el principio, a la modalidad de evaluación continua tendréis que presentaros el examen final y obtendréis como calificación final la nota del examen.


Los estudiantes que abandonéis la evaluación continua a lo largo del curso (que dejéis de entregar las PECs en la fecha prevista) obtendréis como calificación final de evaluación continua una D. En este caso, también podréis presentaros al examen final y obtendréis como calificación final la nota del examen. En caso de no presentaros al examen final, la calificación final no será una D sino uno "no presentado".

Evaluación continua

Para seguir la evaluación continua se propone la elaboración de las dos PECs indicadas por el colaborador docente. El valor de cada una de las PECs es del 50% de la nota final de la EC.

En el calendario del apartado de planificación del aula, así como en este mismo plan docente, figuran las fechas clave en las que la consultora publicará el enunciado de las dos PECs de la asignatura.

Las PECs responderán al formato de trabajos escritos de extensión limitada donde se valorará que profundizáis en los conocimientos que se han propuesto en el material teórico de la asignatura para resolver, de manera argumentada, supuestos prácticos similares a los que os podréis encontrar en el ejercicio profesional de la publicidad.

El grado de aprendizaje se medirá según el grado de razonamiento y la capacidad de reflexión e interrelación que muestren vuestras pruebas prácticas.

La realización de las PECs y los debates propuestos permiten ir siguiendo la consecución de los objetivos de aprendizaje propuestos y enderezar, si fuera necesario algún aspecto de la comprensión de la materia.

La calificación será el resultado de las notas de las dos entregas, motivo por el cual la falta de entrega de un ejercicio en la fecha indicada anulará la evaluación continua y provocará la aparición de una D como calificación final de EC. Con las dos PECs no presentadas, la nota final de EC será "No presentado". En ambos casos, os podréis presentar al examen final y obtener como calificación final de la asignatura la nota del examen. En caso de que no os presentáis al examen, la calificación final de la asignatura será un 'No presentado'

Los estudiantes que no podáis realizar las actividades de evaluación continuada podréis hacer un seguimiento de la misma a través de los comentarios colgados en el Tablón del aula.

Cabe destacar que la participación en los debates no obligatorios propuestos por el consultor a lo largo del semestre, se tendrán en cuenta a la hora de redondear, al alza, la nota final de la asignatura.


Autoría de las PECs

La presentación de trabajos no originales, es decir, copias/plagios de trabajos en los que la autoría -total o parcial- no corresponda al estudiante que lo ha entregado, comportará automáticamente la consideración de la actividad como suspendida (D). En este caso, el estudiante no podrá continuar con la evaluación continua y sólo le restará la opción de presentarse al examen final para superar la asignatura.

En caso de detectarse una incidencia de este tipo, el consultor lo pondrá en conocimiento del estudiante mediante un mensaje enviado a su buzón personal y, paralelamente, el consultor informará del incidente al tutor del estudiante y al personal académico vinculado a la asignatura (Profesor Responsable de la Asignatura y Director de Programa).

Amunt

Examen final

Los estudiantes que no hayáis seguido la evaluación continua o no la hayáis superado (es decir, que obtengáis una calificación final de evaluación continuada de C-, D o N) tendréis que presentaros a un examen final presencial. Igualmente, los estudiantes que deseéis mejorar la calificación obtenida en la evaluación continua podéis optar por la realización del examen final.

El examen final será un ejercicio con una serie de preguntas, que pueden ser de cariz teórico y/o responder a un supuesto práctico, que se tendrán que contestar en un espacio de respuesta limitado. La prueba permitirá evaluar los conocimientos adquiridos y la capacidad de desarrollar razonamientos y supuestos prácticos a partir de los conocimientos adquiridos a lo largo de la asignatura.

Matrícula de Honor

Matrícula de Honor

La Matrícula de Honor (M.H.) es una calificación extraordinaria que se podrá atorgar a los estudiantes con una calificación final superior a 9. El docente colaborador, con el visto bueno del professor responsable de la asignatura, decidirá la asignación de las M.H. sólo en caso de que concurran criterios de excelencia en el trabajo realizado por el estudiante a lo largo del semestre. El número de M.H. asignadas en ningún caso podrá exceder el cinco por ciento de los estudiantes matriculados en la asignatura. 

 

Amunt

Una vez finalizado el plazo de entrega de las actividades de evaluación continua, el consultor facilitará a los estudiantes la resolución indicativa del ejercicio a través del Tablón del espacio de comunicación del aula.

En la fecha indicada, el consultor hará constar en el Registro de Evaluación Continua la calificación asignada individualmente a las actividades que han sido entregadas.

Amunt