Tributos locales Código:  21.749    Créditos:  4
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Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.
Esta asignatura está dedicada a estudiar los diferentes tributos que conforman el sistema tributario local de los entes locales, es decir, los municipios, las entidades supramunicipales (como las provincias, las áreas metropolitanas o las asociaciones municipales) y las entidades inframunicipales. En concreto, se centrará la atención en el caso de los impuestos de los municipios, ya que, en primer lugar, son los entes locales con las competencias más grandes sobre este tema; en segundo lugar, los municipios son los únicos entes locales que pueden establecer- y en algunos casos han de establecer- impuestos propios; i, finalmente, los impuestos son los tributos más importantes de este tipo de entes locales.
En concreto, el primer Módulo se destina a analizar su contexto, estudiando el sistema tributario local. Así, después de examinar la autonomía financiera de las entidades locales, se dan a conocer los diferentes recursos que conforman sus haciendas, con la finalidad de centrar seguidamente la atención en la configuración general de su poder tributario. En concreto, estas diferentes entidades previstas por el TRLRHL son los municipios, las provincias, otras entidades supranacionales (con alguna previsión específica para las áreas metropolitanas) y las entidades inframunicipales.

Así mismo, después de valorar sus principios, límites y rasgos fundamentales, se inicia el estudio del concepto y las características esenciales de las diferentes categorías de tributos locales (las tasas, las contribuciones especiales, los impuestos y los recargos sobre tributos de las CCAA o de otras entidades locales), especificando cuales de ellas pueden establecer y exigir cada una de las diferentes entidades locales que contempla el Texto Refundado de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (el cual contiene la regulación básica que el Estado ha aprobado sobre este tema).

Finalmente, este primer módulo se cierra con el estudio de los sistemas tributarios en sí mismos, analizando esencialmente las previsiones que ordenen el establecimiento y la regulación de sus tributos y examinando como opera su aplicación y revisión. Finalmente, se destacaran los regímenes tributarios específicos que operan en determinados territorios, ya que, más allá de los forales, existen previsiones especiales para las Islas Baleares, las Islas Canarias, Ceuta, Melilla, Madrid y Barcelona.

Seguidamente, en el segundo módulo se inicia el estudio en profundidad de cada uno de los diferentes recursos tributarios de forma individual, comenzando por el análisis de dos de los impuestos de exigencia obligatoria por parte de los municipios. En primer lugar, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, que grava la propiedad de los inmuebles situados en el término municipal, así como otros derechos reales limitativos del dominio. Y, a continuación, el Impuesto sobre Actividades Económicas, que grava el ejercicio de actividades económicas empresariales, profesionales o artísticas. Los dos impuestos son de gestión compartida entre la Administración tributaria del Estado, encargada de la gestión censal e inspección, y los ayuntamientos que se encargan de la gestión tributaria.

Por su parte, el tercer módulo se destinará al estudio del último de los impuestos que han de exigir los municipios de forma obligatoria, es decir, el Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica. A continuación, se iniciará el examen de los tributos que pueden establecer con carácter potestativo, comenzando con el análisis del Impuesto sobre gastos suntuarios (modalidad de coto de caza y pesca) y siguiendo como el examen en profundidad de los Impuestos sobre Instalaciones, Construcciones y Obras.

Finalmente, en el cuarto módulo se centrará el estudio de los tributos locales con el examen detallado del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, impuesto municipal de exacción potestativa, el hecho imponible del cual está constituido por el incremento de valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana en el momento de la transmisión de su propiedad, o de la constitución o transmisión de un derecho real limitativo de dominio. En este módulo también se estudiaran otros ingresos locales, como son las tasas y contribuciones especiales, así como los precios públicos (ingresos no tributarios). Finalmente, se identificaran los ingresos tributarios de otras entidades locales, especialmente los de las Diputaciones Provinciales.

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Objetivos
1. Identificar los diferentes recursos de las entidades locales y conocer sus rasgos esenciales.
2. Tener claro el establecimiento del poder tributario local y comprender sus principales manifestaciones.
3. Conocer los rasgos esenciales de los diferentes tributos locales (impuestos, recargos sobre impuestos autonómicos o de otras entidades locales, tasas y contribuciones especiales) y saber de cuales pueden disponer las diferentes entidades locales (los municipios, las provincias, otras entidades supranacionales y las entidades inframunicipales).
4. Determinar las principales características de los sistemas tributarios locales y conocer como ha de operar el establecimiento, la aplicación y la revisión de los diferentes tributos.
5. Saber las diferentes especialidades que se prevén en la regulación de los sistemas tributarios locales en determinados territorios.
6. Conocer la naturaleza, el funcionamiento y los principales elementos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
7. Asimilar el contenido y régimen jurídico del Impuesto sobre Actividades Económicas y saber determinar la cuota municipal.
8. Identificar las diferentes competencias de la gestión compartida del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Actividades Económicas.
9. Identificar el objeto, la estructura y las características del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
10. Analizar los aspectos y elementos esenciales del Impuesto sobre gastos suntuarias (modalidad de cotos de caza y
pesca).
11. Conocer la aplicación y el régimen jurídico del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
12. Estudiar el hecho imponible y otros elementos del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. 
13. Asimilar la naturaleza y régimen jurídico de las tasas y los precios públicos, y saber diferenciar cuando procede su establecimiento.
14. Examinar el objeto y la imposición de las Contribuciones Especiales, así como el procedimiento de cálculo de las cuotas.
15. Identificar y conocer los principales recursos tributarios de otras entidades locales, especialmente de las Diputaciones Provinciales.

Competencias
Competencias transversales:
  • Uso y aplicación de las TIC’s en el ámbito académico y profesional.
  • Tener capacidad de iniciativa y espíritu emprendedor.
  • Tener capacidad para el aprendizaje autónomo y la adaptación a nuevas situaciones.

Competencias específicas:
  • Identificar y comprender la estructura y funcionamiento del ordenamiento jurídico y de las instituciones políticas.
  • Conocer la estructura, organización y funcionamiento de las diferentes Administraciones Públicas.
  • Identificar los presupuestos teóricos de los diferentes actores públicos y del sistema político, así como de las relaciones entre la Administración y los ciudadanos.
  • Entender y aplicar el marco normativo de las diferentes actividades que desarrollan las Administraciones Públicas.
  • Utilizar las TIC (tecnologías de la información y de la comunicación) aplicables a la gestión pública.
  • Entender, interpretar y gestionar los recursos económico-financieros de las administraciones públicas.
  • Reconocer y analizar las principales estructuras políticas y legales de la Unión Europea.

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Módulo 1. El sistema tributario local
1. La autonomía financiera de los entes locales 
2. Los recursos de las entidades locales 
3. El poder tributario local 
4. Los tributos locales 
5. Los sistemas tributarios locales

Módulo 2. El IBI y el IAE
1. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles
2. El Impuesto sobre Actividades Económicas

Módulo 3. El IVTM, el Impuesto sobre Gastos Suntuarios (modalidad de cotos de caza y pesca) y el ICIO 
1. El Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 
2. El Impuesto sobre gastos suntuarios (modalidad de cotos de caza y pesca) 
3. El Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras 

Módulo 4. El IIVTNU y otros ingresos tributarios locales
1. El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
2. Otros ingresos tributarios locales

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Material Soporte

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El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal de cada estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; el intento fraudulento de obtener un resultado académico mejor; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o la utilización de material o dispositivos no autorizados durante la evaluación, entre otras, son conductas irregulares que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves.

Por un lado, si se detecta alguna de estas conductas irregulares, puede comportar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables que se definan en el plan docente –incluidas las pruebas finales– o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales o dispositivos no autorizados durante las pruebas, como redes sociales o buscadores de información en internet, porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas del resto de estudiantes, etc.) sin la correspondiente citación, o porque se ha practicado cualquier otra conducta irregular.

Por el otro, y de acuerdo con las normativas académicas, las conductas irregulares en la evaluación, además de comportar el suspenso de la asignatura, pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

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Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Con evaluación continua (EC) y una prueba de síntesis (PS):
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis obtienes la nota mínima necesaria, la nota final será la ponderación que se especifique en el plan docente.
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis no obtienes la nota mínima necesaria, la calificación final será la nota cuantitativa que obtengas en la prueba de síntesis.
    • Si superas la evaluación continua y no te presentas a la prueba de síntesis, la nota final será un No presentado.
    • Si suspendes la evaluación continua, la nota final será un No presentado.
    • Si no te presentas a la evaluación continua, la nota final será un No presentado.

  2. Con examen (para seguir esta vía no es necesario haber superado la evaluación continua para hacer el examen):
    • Si no has presentado la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si en la evaluación continua has obtenido una nota distinta a un No presentado, la nota final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.


Ponderación de las calificaciones

Opción para superar la asignatura: EC + PS

Nota final de asignatura: EC + PS

EC = 70%

PS = 30%

Notas mínimas:

· PS = 3,5

Cuando la nota obtenida en la PS sea inferior a los mínimos establecidos para cada fórmula, la calificación final de la asignatura será la nota obtenida en la PS.

Opción con EX: EX + EC

Nota final de asignatura: EX + EC

EX = 65%

EC = 35%

Notas mínimas:

· EX = 4

Esta fórmula de ponderación sólo se aplicará cuando la nota resultante mejore la obtenida en el EX. Cuando la nota obtenida en el EX sea inferior a 4 o la calificación resultante de la fórmula de ponderación no permita mejorar la nota obtenida en el EX, la calificación final de la asignatura será la nota obtenida en el EX.

En el caso de asignaturas con prácticas (Pr) que cruzan con el examen (EX), la fórmula de ponderación sólo se aplicará cuando la nota resultante mejore la obtenida en FE (FE=EX+Pr). Cuando la nota obtenida en el EX sea inferior a 4, la calificación resultante de la asignatura será la nota obtenida en el EX. Cuando la calificación resultante de la fórmula de ponderación no permita mejorar la nota obtenida en FE, la calificación final de la asignatura será la nota obtenida en FE.

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La evaluación continua se composa de cuatro pruebas de evaluación continua (PECs) que se irán enunciando a lo largo del curso en los plazos especificados al calendario del aula. Cada PEC se composa de un test de diez preguntas y de dos actividades de diferente naturaleza: casos prácticos, elaboración de cuadros o esquemas, comentarios de normativa o de jurisprudencia... La última PEC puede consistir en la participación en un debate, elaboración de un informe, etc.

Las PEC tienen que ser entregadas dentro de los plazos fijados, y que son conocidos desde el primer día del semestre, a través, además del calendario, de este Plan Docente. En cualquier caso, el plazo de entrega de cada una de las actividades es improrrogable.

El consultor facilitará unas soluciones tipos a los ejercicios propuestos. Hay que resaltar que la finalidad básica de estas soluciones tipos es que el estudiante las pueda contrastar con sus propias respuestas y detecte sus posibles errores, realizando así una tarea de autoevaluación.

En todo caso, la simple presentación de las PEC no implica superar la evaluación, sino que es necesario que las soluciones se adecúen a los objetivos planteados por el consultor (teniendo en cuenta que en las respuestas facilitadas se valora tanto la corrección de las mismas como la argumentación jurídica utilizada).

Los enunciados, instrucciones y los criterios de corrección se explicitarán en la propia PEC, teniendo presente que la actividad se tiene que resolver una vez estudiada la materia de referencia.

El seguimiento de la Evaluación Continua presupone necesariamente la lectura y el estudio de los módulos, de acuerdo con los itinerarios de aprendizaje establecidos.

La calificación final de evaluación continua vendrá determinada por la valoración global del trabajo del estudiante realizado durante el curso.

A estos efectos, se ponderarán los diferentes progresos del estudiante en el aprendizaje y logro de los conocimientos y las competencias que se establecen por esta asignatura. Las calificaciones finales de AC se establecerán de la siguiente manera:

- Para poder superar la EC con una calificación final de C+, B o A , el estudiante tiene que realizar TODAS las Pacs de la asignatura. La obtención de una D en una de las pruebas de evaluación continua descalifica automáticamente al estudiante para superar el AC, teniendo que realizar el examen final para poder superar la asignatura.

- La calificación final de C- se adjudicará a los estudiantes que han seguido el AC (como mínimo 50% de ejercicios entregados) pero no la han superado.

- La calificación final de D se reserva a los casos de copia o mal uso del sistema de AC y afectará a todos los estudiantes implicados (con independencia del número de Pacs realizadas).

- La calificación final de N se adjudicará a los estudiantes que no hayan completado el 50% de las Pacs.

El estudiante se compromete a realizar las actividades propuestas de manera individual y original, y siguiendo las indicaciones del plan docente. La UOC dispone de mecanismos y herramientas de detección de plagio y copia. Para ayudar a citar correctamente y evitar estos problemas, podéis consultar la Guía de elaboración de las Pacs disponible en el apartado "Recursos del aula". En casos de plagio, copia o mal uso del sistema de EC, la calificación correspondiente será una D. El estudiante podrá continuar haciendo la EC, pero tendrá que realizar el examen final para poder superar la asignatura.

Por otro lado, como ya se ha señalado, al finalizar la evaluación continua, se abrirá durante unos días el periodo de síntesis en el espacio del aula habilitado a estos efectos. Durante este periodo, el consultor hará balance del que se ha trabajado durante el semestre, al tiempo que los estudiantes podrán plantear las dudas oportunas relativas a la asignatura.

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Evaluación continua

Este semestre, los estudiantes que han seguido y superado la evaluación continua no tienen que realizar ninguna prueba final. La nota de la EC será la nota final de la asignatura. 

Examen final

Los estudiantes que  no superen o no hayan seguido la evaluación continua (calificaciones C-, D o N), tienen que presentarse a un examen final.

Para aquellos estudiantes que no hayan seguido o superado la evaluación continua, la calificación final de la asignatura será la obtenida en el examen final.

El examen final durará 2 horas y consta de cuatro preguntas de desarrollo. Antes de finalizar el semestre, los profesores facilitarán más información a los estudiantes sobre el mismo.

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