Protección de datos Código:  M5.252    Créditos:  4
Consulta de los datos generales   Descripción   La asignatura en el conjunto del plan de estudios   Campos profesionales en que se proyecta   Conocimientos previos   Información previa a la matrícula   Objetivos y competencias   Contenidos   Consulta de los recursos de aprendizaje que dispone la asignatura   Recursos de aprendizaje y herramientas de apoyo   Bibliografía y fuentes de información   Metodología   Información sobre la evaluación en la UOC   Consulta del modelo de evaluación   Evaluación Contínua   Evaluación final   Feedback  
Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.

Dato personal es toda aquella información sobre una persona física identificada o identificada. En la sociedad de la información es constante el flujo de datos personales: nombres, correos electrónicos, fechas, conductas, ubicación, preferencias, comunicaciones, contactos. Todo ello constituye la materia prima de la sociedad digitalizada. Debe tenerse en cuenta que Muchos de los actuales avances tecnológicos pasan por el uso intensivo de datos personales, en particular en relación a uso de datos biométricos combinados con inteligencia artificial, que si bien pueden aportar evidentes beneficios en cuanto a la prevención e investigación de delitos, también presentan evidentes riesgos para las personas, derivados del tratamiento de sus datos personales.

La asignatura Protección de datos del Máster Universitario en Ciberdelincuencia tiene por objeto proporcionar al estudiante unos conocimientos básicos y generales que le permitan conocer la normativa relevante de la materia.

La asignatura estudia en primer lugar el texto normativo de referencia a nivel europeo: el Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de datos (RGPD) y a nivel estatal la Ley orgánica 3/2018, de Protección de datos personales  y de garantía de los derechos digitales. 

En segundo lugar se lleva a cabo un análisis de la protección de datos personales en el contexto de la seguridad pública, haciendo una especial referencia a la Directiva 2016/680 y a la norma interna de transposición, que es la Ley Orgánica 7/2021. 

Se aborda también el estudio de las bases de datos de ADN, la videovigilancia y el tratamiento de los datos relativos a los pasajeros de transporte aéreo (registro de datos de los pasajeros o PNR). En relación a estos últimos datos se analizará también la transposición de la Directiva de la UE mediante la Ley Orgánica 1/2020.

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La asignatura Protección de Datos es de carácter obligatorio y consta de 4 créditos y está previsto que se curse en el 1r Semestre de impartición del Máster. 

Los conocimientos que se adquirirán en la misma están estrechamente relacionados con otras materias, entre las que cabe destacar: Seguridad y Auditoría de la información, Ciberdelitos o bien Detección y análisis de vulnerabilidades. 

Esta materia constituye así mismo el fundamento para poder estudiar otra asignatura de carácter optativo: Tratamientos de datos en entornos digitales (4 créditos).

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La formación que ofrece esta asignatura y el Máster, proporciona distintas salidas profesionales relacionadas con varios ámbitos:

Respecto a los criminólogos, el máster ofrece conocimientos especializados para la prestación de servicios de asesoramiento y consultoría a empresas y organizaciones interesadas en implantar planes y programas de prevención y de seguridad y de control de riesgos y vulnerabilidades.

Respecto a los juristas, el máster proporciona una formación válida y útil para el ejercicio de la abogacía, tanto en lo relativo a la consultoría y el asesoramiento como al ejercicio de la defensa o la acusación en procesos penales por ciberdelitos. También ofrece conocimientos complementarios de interés para el ejercicio de otras profesiones jurídicas relacionadas con el derecho penal y el derecho procesal penal, como jueces o fiscales.

Para las personas interesadas en la investigación en el ámbito de las ciencias sociales y jurídicas, el máster tiene una orientación a la investigación que puede dar paso al doctorado suministrando formación especializada necesaria para realizar una tesis doctoral relacionada con los distintos aspectos de la materia.

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Para acceder a estudios oficiales de máster, hay que estar en disposición de un título universitario oficial. 

En cuanto a la asignatura Protección de datos, en la medida que se trata de una asignatura del 1r semestre, no se requieren unos conocimientos previos. Sin embargo, tener unos conocimientos de derechos fundamentales puede resultar muy útil (pero ello no es imprescindible). 

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En la medida que para acceder a estudios oficiales de máster, hay que estar en disposición de un título universitario oficial, el estudiante debe consultar la información correspondiente y la documentación que debe entregarse. 

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OBJETIVOS

El objetivo de esta asignatura es conocer la regulación del derecho a la protección de datos y su concreción en el ámbito penal y judicial.

Así mismo, la interacción de las normas generales que regulan el tratamiento de la información personal con otras sectoriales como las relativas a la videovigilancia, las bases de datos de ADN y los registros de los nombres de los pasajeros de transporte aéreo (PNR). 

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Módulo 1: Protección de datos personales

Módulo 2: La protección de datos personales en el contexto de la seguridad pública. Especial referencia a la Directiva 2016/680.

Módulo 3: Inclusión de perfiles genéticos de condenados en la base de datos de ADN

Módulo 4: Videovigilancia: ojos para el control. Estado de la cuestión.

Módulo 5: La Directiva europea sobre la utilización de datos PNR para la lucha contra el terrorismo y la delincuencia grave

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Material Soporte
Módulo 5. La directiva europea sobre la utilización de datos PNR para la lucha contra el terrorismo y la delincuencia grave Reaprovechamiento
Mòdul 5. La directiva europea sobre la utilització de dades PNR per la lluita contra el terrorisme i la delinqüència greu XML
Mòdul 5. La directiva europea sobre la utilització de dades PNR per la lluita contra el terrorisme i la delinqüència greu DAISY
Mòdul 5. La directiva europea sobre la utilització de dades PNR per la lluita contra el terrorisme i la delinqüència greu EPUB 2.0
Mòdul 5. La directiva europea sobre la utilització de dades PNR per la lluita contra el terrorisme i la delinqüència greu MOBIPOCKET
Mòdul 5. La directiva europea sobre la utilització de dades PNR per la lluita contra el terrorisme i la delinqüència greu HTML5
Mòdul 5. La directiva europea sobre la utilització de dades PNR per la lluita contra el terrorisme i la delinqüència greu PDF
Inclusión de perfiles genéticos de condenados en la base de datos de ADN XML
Inclusión de perfiles genéticos de condenados en la base de datos de ADN DAISY
Inclusión de perfiles genéticos de condenados en la base de datos de ADN EPUB 2.0
Inclusión de perfiles genéticos de condenados en la base de datos de ADN MOBIPOCKET
Inclusión de perfiles genéticos de condenados en la base de datos de ADN HTML5
Inclusión de perfiles genéticos de condenados en la base de datos de ADN PDF
Videovigilancia: ojos para el control. Estado de la cuestión XML
Videovigilancia: ojos para el control. Estado de la cuestión DAISY
Videovigilancia: ojos para el control. Estado de la cuestión EPUB 2.0
Videovigilancia: ojos para el control. Estado de la cuestión MOBIPOCKET
Videovigilancia: ojos para el control. Estado de la cuestión HTML5
Videovigilancia: ojos para el control. Estado de la cuestión PDF
Inclusió de perfils genètics de condemnats a la base de dades d'ADN XML
Inclusió de perfils genètics de condemnats a la base de dades d'ADN DAISY
Inclusió de perfils genètics de condemnats a la base de dades d'ADN EPUB 2.0
Inclusió de perfils genètics de condemnats a la base de dades d'ADN MOBIPOCKET
Inclusió de perfils genètics de condemnats a la base de dades d'ADN HTML5
Inclusió de perfils genètics de condemnats a la base de dades d'ADN PDF
Videovigilància: ulls per al control. Estat de la qüestió XML
Videovigilància: ulls per al control. Estat de la qüestió DAISY
Videovigilància: ulls per al control. Estat de la qüestió EPUB 2.0
Videovigilància: ulls per al control. Estat de la qüestió MOBIPOCKET
Videovigilància: ulls per al control. Estat de la qüestió HTML5
Videovigilància: ulls per al control. Estat de la qüestió PDF

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El material docente de la asignatura constituye la referencia básica para el seguimiento de la materia, y tiene como objetivo ser el punto de partida del proceso de aprendizaje. Este se lleva a cabo a través de la dinámica del aula, la realización de las pruebas de evaluación continua (PECs), el trabajo de las guías de estudio (GES), la consulta de los recursos complementarios que se pueden encontrar en el aula y, por supuesto, el trabajo individual de cada estudiante en la profundización de los diferentes contenidos.

Así pues, los principales recursos de esta asignatura son:

  1. Materiales docentes:

- El Plan Docente, donde se presenta la asignatura y su funcionamiento.

- Las guías de estudio (GES), que acompañan a cada unidad de aprendizaje explicando el itinerario de estudio más óptimo a seguir,  ofreciendo una presentación general de la misma y seleccionando una relación de recursos.

-Los Módulos que constituyen el material didáctico de la asignatura en formato web y papel.

  1. Recursos:

En las Guías de estudio se incluirá una relación de recursos:

- Enlaces con la principal normativa que se trabajará.

- Lecturas complementarias

- Enlaces a páginas web de referencia

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BIBLIOGRAFÍA MÓDULO 1

1.1.- En relación a la génesis del derecho a la protección de datos:


Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, Consejo de Europa
(2014). Manual de legislación europea en materia de la protección de datos [en línea]. Luxemburgo:
Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. https://rm.coe.int/16806ae663

Burkert, H. (1999). «Privacy-Data Protection: a German/European Perspective» [en
línea]. Second symposium of the German American Academic Council's Project
«Global Networks and Local Values», Woods Hole, Massachusetts (págs.
43-69). https://www.coll.mpg.de/text/second-symposium-german-american-academic-council%E2%80%99s-project-global-networks-and-local-values-wo

Koops, B.-J. (2014). «The trouble with European data protection law». International Data

Privacy Law (vol. 4, núm. 4, págs. 250-261).

Lucas Murillo de la Cueva, P. (1990). El derecho a la autodeterminación informativa: la protección de los datos personales frente al uso de la informática. Madrid: Tecnos.

Martínez Martínez, R. (2004). Una aproximación crítica a la autodeterminación informativa.
Madrid: Thomson/Civitas.

Prosser, W. L. (1960). «Privacy». California Law Review (vol. 48, págs. 383-423).

Rouvroy, A.; Poullet, Y. (2009). «The right to informational self-determination and the
value of self-development. Reassessing the importance of privacy for democracy». En: S. Gutwirth;
Y. Poullet; P. De Hert; C. de Terwangne; S. Nouwt (eds.). Reinventing data protection
(págs. 45-76). Heidelberg: Springer.

Simitis, S. (1987). «Reviewing Privacy in an Information Society». University of Pennsylvania
Law Review (vol. 135, págs. 707-746).

Villaverde Menéndez, I. (2006). «La jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre el
derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal». En: A. Farriols i Solá
(coord.). La protección de datos de carácter personal en los centros de trabajo (págs. 48-63). Madrid:
Cinca.

Wacks, R. (2010). Privacy. A very short introduction. Oxford: Oxford University Press.

Warren, S. D.; Brandeis, L. D. (1890). «The Right to Privacy». Harvard Law Review (vol.
4, págs. 193-220). (Hay traducción española de Benigno Pendás y Pilar Baselga: El derecho a
la intimidad. Madrid: Civitas, 1995).

 

1.2.- En relación a la regulación del tratamiento de la información personal:  

Aparicio Salom, J., Vidal Laso, M. (2019). Estudio sobre la protección de datos (5ª ed.). Navarra: Aranzadi. 

Arenas Ramiro, M. (2013). La validez del consentimiento en las redes sociales on line». En: Rallo Lombarte, A; Martínez Martínez, R. (coords.).

Derecho y Redes sociales (2.ª ed.). Cizur Menor_ Civitas-Thomson (pags. 159-201).

Boulanger, M.-H.; Poullet, Y.; Léonard, T.; Louveaux, S.; de Terwangne, C. (1997). «La protection des données à caractère personnel en droit communautaire: première partie». Journal des Tribunaux - Droit Européen (núm. 40, págs. 121-127).

Boulanger, M.-H.; Poullet, Y.; Léonard, T.; Louveaux, S.; de Terwangne, C. (1997). «La protection des données à caractère personnel en droit communautaire: deuxième partie». Journal des Tribunaux - Droit Européen (núm. 41, págs. 145-155).

Boulanger, M.-H.; Poullet, Y.; Léonard, T.; Louveaux, S.; de Terwangne, C. (1997). «La protection des données à caractère personnel en droit communautaire: troisième partie». Journal des Tribunaux - Droit Européen (núm. 42, págs. 173-179). 

de Asís Roig, A. (2002). «Protección de datos y derecho de las telecomunicaciones». En: J. Cremades; M. A. Fernández-Ordóñez; R. Illescas. Régimen jurídico de Internet (págs. 201-228). Madrid: La Ley.

de Miguel Asensio, P. A. (2002). Derecho privado de Internet (3.ª ed.). Madrid: Civitas. 

De Hert, P.; Papakonstantinou, V. (2016). «The new General Data Protection Regulation: Still a sound system for the protection of individuals?». Computer Law & Security Review (vol. 32, núm. 2, págs. 179-194).

Díaz-Romeral, A. (2016). «Los códigos de conducta en el Reglamento General de Protección de Datos». En: J. L. Piñar Mañas (dir.). Reglamento general de protección de datos. Hacia un nuevo modelo europeo de privacidad Madrid: Ed. Reus.

Díez-Picazo, L. M. (2005). Sistema de derechos fundamentales. Madrid: Civitas.

Díez-Picazo, L. M.; Ponce de León, L. (2007). Fundamentos del derecho civil patrimonial. Vol. I: Introducción: Teoría del contrato (6.ª ed.). Madrid: Civitas.

Gellert, R.; Gutwirth, S. (2013). «The legal construction of privacy and data protection». Computer Law & Security Review (núm. 29, págs. 522-530). https://works.bepress.com/serge_gutwirth/107

Goñi Sein, J. L. (2007). La videovigilancia empresarial y la protección de datos personales: Estudios de protección de datos. Madrid: Civitas.

Grimalt Servera, P. (1999). La responsabilidad civil en el tratamiento automatizado de datos personales. Granada: Comares.

Guerrero Picó, M. C. (2006). El impacto de Internet en el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal. Navarra: Aranzadi.

Heredero Higueras, M. (1997). La directiva comunitaria de protección de los datos de carácter personal. Bilbao: Aranzadi, Elcano.

Le Métayer, D.; Monteleone, S. (2009). «Automated consent through privacy agents: Legal requirements and technical architecture». Computer Law & Security Review (vol. 25, núm. 2, págs. 136-144). https://dx.doi.org/10.1016/j.clsr.2009.02.010

Livingstone, S. (2015). «Children's digital rights». InterMEDIA 42 (4/5) (págs. 20-24).

Livingstone, S.; Bulger, M. (2014). «A global research agenda for children's rights in the digital age». Journal of Children and Media DOI: 10.1080/17482798.2014.961496.

Mantelero, A. (2014). «The future of consumer data protection in the E.U. Re-thinking the "notice and consent" paradigm in the new era of predictive analytics». Computer Law & Security Review (vol. 30, págs. 643 -660).

Marí, J.; Vilasau, M. (coords.) (2008). El Reglament de protecció de dades: aspectes clau. Barcelona: UOC.

Martínez Martínez, R. (2001). Tecnologías de la información, policía y Constitución. Valencia: Tirant lo Blanch.

Martínez Martínez, R. y otros (2008). Comentarios al Reglamento de desarrollo de la LOPD. Valencia: Tirant lo Blanch.

Marwick, A.; Boyd, D. (2014). «Networked privacy: How teenagers negotiate context in social media». New Media & Society (vol. 16, núm. 7, págs. 1051-1067).

Miralles Miravet, S.; Baches Opi, S. (2001). «La cesión de datos de carácter personal: análisis de la legislación vigente y su aplicación a algunos supuestos prácticos». La Ley (vol.XXII, núm. 5306).

Oliver Lalana, D. (2002). «El derecho fundamental "virtual" a la protección de datos. Tecnología transparente y normas privadas». La Ley (núm. 5, págs. 1539-1546).

Puyol Montero, J. (2016). «Los Principios del derecho a la protección de datos». En: J. L. Piñar Mañas (dir.). Reglamento general de protección de datos. Hacia un nuevo modelo europeo de privacidad (págs. 135-150). Madrid: Ed. Reus.

Rallo Lombarte, Artemi (dir), Tratado de Protección de Datos actualizado con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, Tirant lo Blanch, Valencia, 2019

Ribas Alejandro, J. (2000). «Riesgos legales en Internet. Especial referencia a la protección de datos personales». En: J. M. Cendoya Méndez de Vigo (coord.). Derecho de Internet: Contratación electrónica y firma digital. Navarra: Aranzadi.

Rodríguez Casal, C.; Loza Corera, M. (2002). «Protección de la privacidad. Aproximación al opt-in/opt-out». Revista de la Contratación Electrónica (núm. 23, págs. 3-18).

Suñé Llinás, E. (2000). «Introducción y protección de datos personales». En: C. Almuzara Almaida; E. Suñé Llinás.Tratado de derecho informático (vol. I., 2.ª ed.). Madrid: Servicio de Publicaciones; Universidad Complutense. Facultad de Derecho: Instituto de Español de Informática y Derecho.

Troncoso Reigada, A. (2021). Comentario al Reglamento General de Protección de Datos y a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Pamplona; Ed. Civitas. 

Van Alsenoy, B.; Kosta, E.; Dumortier, J. (2013). «Privacy notices versus informational self-determination: Minding the gap». International Review of Law, Computers & Technology.

Vilasau Solana, M. (2014). «El caso Google Spain: la afirmación del buscador como responsable del tratamiento y el reconocimiento del derecho al olvido». IDP. Revista de Internet, Derecho y Política (núm. 18, págs 16-32). https://libros-revistas-derecho.vlex.es/vid/caso-google-spainafirmacion-554660626

Vilasau Solana, M. (2019),  "El consentimiento general y de menores",  en Rallo Lombarte, Artemi (dir), Tratado de Protección de Datos actualizado con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, Tirant lo Blanch, Valencia, 2019, pp. 197- 250

Vilasau Solana, M. (2019) " Las exigencias de información en el RGPD y en la LO 3/2018 de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, ¿contribuyen a la formación de un consentimiento de mejor calidad?", en R. García Mahamut y B.Tomás Mallén (Eds.), El Reglamento General de Protección de Datos. Un enfoque nacional y comparado. Especial referencia a la LO 3/2018 de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, Tirant lo Blanch, Valencia, 2019, pp. 209-236.

Zanfir, G. (2013). «Forgetting About Consent: Why the Focus Should Be on "Suitable Safeguards"». Data Protection Law. https://ssrn.com/abstract=2261973

BIBLIOGRAFÍA MÓDULO 3

AAVV, Datos. Protección, Transparencia y Buena Regulación, Documenta Universitaria, 2016.

AAVV, Derecho Jurisdiccional III, Proceso Penal, Tirant lo Blanch, última edició.

AAVV, Cesión de Datos Personales y Evidencias entre Procesos Penales y Procedimientos Administrativos Sancionadores o Tributarios, Thomson Reuters-.Aranzadi, 2017.

AAVV, La prueba de ADN en el proceso penal, Tirant lo Blanch, 2014.

AAVV, Las bases de datos policiales de ADN: ¿son una herramienta realmente eficaç en la lucha contra la criminalidad grave nacional y transfronteriza?, Dykinson, 2013.

AAVV La transmisión de datos personales en el seno de la cooperación judicial penal y policial en la Unión Europea, Thomson Reuters-Aranzadi, 2015.

ÁLVAREZ DE NEYRA KEPPLER, S., <> a La Ley Penal, 2012.

ARMENTA DEU, T., Lecciones de Derecho Procesal Penal, Marcial Pons, última edició.

AYTOR SANTIAGO, H. y FERNANDEZ GONZALEZ, C., "Tratamientos de datos de carácter personal en el ámbito policial", REUS, 2021

BALLESTEROS MOFFA, L., "Las fronteras de la privacidad. El conflicto entre seguridad pública y datos personales en una sociedad amenazada y tecnològica", COMARES, 2020

BLASI CASAGRAN, C., "Límites del derecho europeo de protección de datos en el control de fronteras de la UE" en Revista CIDOB número 111, 2015.

CARUSO FONTÁN, V., <> en Foro, Nueva Época, vol. 15, número 1, 2012.

DELGADO MARTÍN, J., <> a Diario La Ley, número 9383, 22 de març de 2019.

ESPARZA LEIBAR, I., <> en AAVV Nuevo proceso penal sin Código procesal penal, Atelier, 2019.

HOMBREIRO L., La base de datos nacional de perfiles genéticos. Regulación, funcionamiento y operatividad. Pot consultar-se al següent enllaç: https://agmf.es/az/LA_BASE_DE_DATOS_NACIONAL_DE_PERFILES_GENeTICOS._HOMBREIRO_L.pdf (última consulta: 29 de maig de 2019).

Líbano Beristain, A., "Obtención (coactiva) de perfiles genéticos de condenados con fines de inclusión en la base de datos policial de ADN" a Revista General de Derecho Procesal, número 38, 2016.

LÓPEZ REYES, E., Búsqueda nacional e internacional en base de datos de ADN e intercambio de información, Curs del Centre d'Estudis Jurídics de Madrid <>, celebrat dies 9 i 10 de març de 2017. Es pot consultar el text al següent enllaç: https://www.fiscal.es/fiscal/PA_WebApp_SGNTJ_NFIS/descarga/Ponencia%20L%C3%B3pez%20Reyes%20Eusebio.pdf?idFile=993a40d0-31b4-4360-8b0c-2578779cfaff (última consulta: 29 de mayo de 2019).

PÉREZ MARÍN, M. A., Inspecciones, registros e intervencions corporales. Las pruebas de ADN y otros métodos de investigación en el proceso penal, Tirant lo Blanch, 2008.

SOLAR CALVO, P., "El nuevo art. 129 bis CP" a Legal Today, 11 de novembre de 2015.

 FUENTES DE INFORMACIÓN

Normativa de protección de datos

 https://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/legislacion/index-ides-idphp.php

Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, Consejo de Europa (2014). Manual de legislación europea en materia de la protección de datos [en línea]. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea:  https://rm.coe.int/16806ae663

 Reglamento General de Protección de Datos:

https://www.agpd.es/portalwebAGPD/temas/reglamento/index-ides-idphp.php

https://apdcat.gencat.cat/es/drets_i_obligacions/rgpd/index.html

https://www.avpd.euskadi.eus/informacion/reglamento-general-de-proteccion-de-datos/s04-5273/es/

https://apdcat.gencat.cat/es/drets_i_obligacions/rgpd/index.html

Autoridades de Protección de Datos

Autoritat Catalana de Protecció de Dades www.apdcat.gencat.cat

Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es

Agencia Vasca de Protección de Datos www.avpd.euskadi.eus

Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía https://www.ctpdandalucia.es/ 

Supervisor Europeo de Protección de Datos https://edps.europa.eu/

Comisión europea (Normas sobre protección de datos personales dentro y fuera de la UE):

 https://ec.europa.eu/justice/data-protection/bodies/index_en.htm

Article 29 Working Party: 

Documentos 2017-2018:  https://ec.europa.eu/newsroom/article29/news.cfm?item_type=1360

Documentos 1997 - 2016: https://ec.europa.eu/justice/data-protection/article-29/documentation/opinion-recommendation/index_en.htm

European Data Protection Board (Comité europeo de protección de datos): 

https://edpb.europa.eu/edpb_es

Otros recursos de interés

APEP - Asociación Española de Privacidad https://www.apep.es

DPI - Data Privacy Institute https://www.ismsforum.es/iniciativas/index.php?idcategoria=4

International Association of Privacy Professionals www.iapp.org

Future of Privacy Forum https://fpf.org/

LOPD y Seguridad https://lopdyseguridad.es

Cátedra de privacidad y transformación digital Microsoft-UV

https://www.uv.es/catedra-microsoft-uv

Observatorio Iberoamericano de Protección de Datos https://oiprodat.com/

Red Iberoamericana de Protección de Datos https://www.redipd.org/index-ides-idphp.php

 

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La metodología de trabajo general que se propone en esta asignatura se basa fundamentalmente en el estudio individualizado del material docente que se proporciona, siguiendo las indicaciones del consultor de la asignatura. La lectura atenta de los módulos es presupuesto para la superación de la materia.

Sin embargo, antes de entrar en el estudio individualizado de los diferentes módulos, es conveniente empezar por la atenta lectura de la correspondiente guía de estudio (GES) que acompaña a la unidad de aprendizaje pertinente. En esta guía constan algunas orientaciones básicas que facilitan el estudio, se clarifican algunos aspectos y se hace hincapié en los conceptos más importantes que se deben comprender y retener, en cualquier caso. Asimismo, se recoge la bibliografía complementaria para ampliar el estudio de los diferentes módulos, al igual que se indican una serie de webs, informaciones o documentación que pueden resultar de interés.

Por otro lado, es indispensable la consulta de la normativa que se va señalando a lo largo de los módulos y que se indicará en la GES correspondiente. Realmente, sin este estudio combinado no será posible una perfecta asimilación de los contenidos de la asignatura.

Asimismo, también es fundamental el seguimiento activo de los diferentes espacios comunes del aula, y todo ello sin olvidar que el profesor-consultor se encuentra disponible para aclarar cualquier duda que pueda plantear el estudio de los Módulos o la resolución de las actividades de evaluación.

Obviamente, todas estas orientaciones están pensadas para superar la asignatura con los mejores conocimientos posibles y para obtener los mejores resultados en las diferentes PECs. Estas constituyen un mecanismo para facilitar el avance en los estudios y para comprender de forma progresiva la asignatura (contribuyen a establecer y mantener un ritmo de trabajo y consolidan los conocimientos que proporcionan los módulos que la componen). Así, a través de las PECs, se podrán aplicar los conceptos teóricos adquiridos a supuestos de hecho extraídos de la realidad, poniendo en práctica la necesaria capacidad argumentativa e interpretativa.

Finalmente, debe señalarse que algunos de los recursos complementarios que se proporcionen o cuya lectura se sugiera, están en inglés. Ello es debido a que las principales normas objeto de estudio, el RGPD y la Directiva 2016/680 resultan aplicables a toda la  UE, y por ello existe doctrina, webs, y legislación que merece la pena conocer y que no está traducida. 

La metodología de evaluación que se seguirá en esta asignatura puede consistir, dependiendo de los objetivos de aprendizaje y de las competencias que persiguen, entre otros, en la resolución de casos prácticos, redacción de documentos, realización de ejercicios y/o preguntas teórico-prácticas, registro de vídeos y/o audios, realización de cuestionarios con un tiempo limitado y/o participación en debates, wikis, blogs o videoblogs. Así mismo podrá plantearse alguna actividad que deba realizarse en grupo (a través del campus). 

En este sentido, el estudiante debe disponer de los dispositivos necesarios para el correcto seguimiento de estas metodologías de evaluación (particularmente de video, audio y/o sonido).

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El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal de cada estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; el intento fraudulento de obtener un resultado académico mejor; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o la utilización de material o dispositivos no autorizados durante la evaluación, entre otras, son conductas irregulares que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves.

Por un lado, si se detecta alguna de estas conductas irregulares, puede comportar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables que se definan en el plan docente –incluidas las pruebas finales– o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales o dispositivos no autorizados durante las pruebas, como redes sociales o buscadores de información en internet, porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas del resto de estudiantes, etc.) sin la correspondiente citación, o porque se ha practicado cualquier otra conducta irregular.

Por el otro, y de acuerdo con las normativas académicas, las conductas irregulares en la evaluación, además de comportar el suspenso de la asignatura, pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

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La asignatura solo puede aprobarse con el seguimiento y la superación de la evaluación continua (EC). La calificación final de la asignatura es la nota obtenida en la EC.


Ponderación de las calificaciones

Opción para superar la asignatura: EC

Nota final de asignatura: EC

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Mediante la evaluación continua, el estudiante deberá demostrar tanto el grado de adquisición de los diferentes contenidos teóricos y prácticos de los diferentes módulos como la capacidad de interrelación de estos conocimientos entre sí. Al mismo tiempo, ello le servirá para tomar conciencia de su propio ritmo de aprendizaje y detectar posibles carencias en la comprensión global de la asignatura.


Las pruebas de evaluación continua

La evaluación continua de esta asignatura se compone de 4 actividades evaluables y todas obligatorias de tipo práctico. Se trata de las pruebas de evaluación continua (PECs). Si un estudiante deja una o más actividades sin entregar, no podrá aprobar la evaluación continua y por lo tanto, suspendará la asignatura.

Las instrucciones para su realización y los criterios de corrección se explicitarán en los enunciados de la propia PEC. Los ejercicios planteados serán variados: preguntas breves de verdadero /falso con una justificación; casos prácticos; redacción de documentos; breve exposición de una cuestión, grabación de un video, participación en un debate, entre otros. Cabe la posibilidad que deba realizarse algún ejercicio en equipo (a través del campus).  

Conviene destacar que, además de la corrección de las respuestas proporcionadas, se valorará, por encima de todo, la redacción, su calidad (y, en particular, su justificación -convenientemente razonada y documentada-) así como la capacidad de análisis y síntesis cuando sea preciso.

Estas actividades se entregarán estrictamente en los plazos que constan en el calendario el aula, los cuales también se indicarán en los enunciados de cada PEC. 

El mismo día en que se publiquen las notas de cada PEC, se podrán comparar las respuestas individuales con las correspondientes soluciones tipo que también se publicarán en el aula, lo que permitirá observar las propias insuficiencias o errores cometidos y obtener ejemplos claros de las respuestas esperadas.

La calificación de las diferentes PECs será cualitativa y podrá consistir en una A (que corresponde a un excelente), una B (que corresponde a un notable) o C + (que corresponde a un aprobado), o bien en una C- o una D (que corresponden a un suspenso alto o bajo, respectivamente). La obtención de una D en una de las PECs supone suspender la evaluación continua.

La Normativa académica de la UOC dispone que el proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados. En consecuencia, el estudiante se compromete a realizar las actividades propuestas de manera individual (salvo que se indique lo contrario expresamente) y original, siguiendo las indicaciones del Plan Docente y de los enunciados de las PECs.

El estudiante será calificado con un suspenso (D/0) si se detecta que ha llevado a cabo un mal uso de la evaluación continua o bien se constata falta de originalidad en la autoría de alguna actividad evaluable. Dichas conductas pueden ser atribuibles a que el estudiante haya utilizado material o dispositivos no autorizados, haya copiado textualmente de internet, haya copiado de apuntes, de materiales, de manuales o de artículos (sin la cita correspondiente), de otros estudiantes, o a cualquier otra conducta irregular.

La falta de originalidad en la autoría o el mal uso de las condiciones en que se realice la evaluación de la asignatura es una infracción que puede tener consecuencias académicas graves. Esta conducta puede dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y la aplicación, en su caso, de la sanción que corresponda.

La UOC dispone de mecanismos y herramientas eficientes de detección de plagio y de copia entre estudiantes. Para ayudar a citar correctamente y evitar estos problemas, es conveniente consultar la "Guía de elaboración de las PECs", disponible en el apartado de "Materiales y fuentes" del aula. Así mismo, la UOC habilitará los mecanismos que considere oportunos para velar por la calidad de sus titulaciones y garantizar la excelencia y la calidad de su modelo educativo.

Con independencia de quién sea el estudiante que haya sido causante de la copia / plagio, la amonestación académica por mal uso del sistema de la evaluación continua recaerá, por igual, sobre todos los estudiantes implicados, y de estas conductas se podrán derivar las sanciones disciplinarias correspondientes por infracción de la normativa de derechos y deberes.

La posibilidad de calificar una conducta como copia / plagio y la eventual imposición de una amonestación académica y / o sanción disciplinaria puede producirse en cualquier momento de la Evaluación Continuada del semestre en curso respecto de todas las Pruebas de Evaluación, aunque ya hayan sido evaluadas y / o esté puesta la nota final de la evaluación.


Nota final de evaluación continua

La nota final de la evaluación continua será la media de las calificaciones obtenidas en las diferentes PECs, teniendo en cuenta la valoración global del trabajo realizado durante el semestre por el estudiante. A estos efectos, se ponderarán los diferentes progresos del estudiante en el aprendizaje y el logro de los conocimientos y las competencias que se establecen para esta asignatura.

Esta calificación final también será cualitativa, si bien se traducirá en una cifra numérica sin decimales, de acuerdo con los siguientes criterios: una A puede corresponder a un 9 o un 10 (y equivale a una calificación de sobresaliente), la B a un 7 o un 8 (y se equipara a un notable) y la C + un 5 o un 6 (y se traduce en un aprobado).

Cuando el estudiante no supere la evaluación continua, la nota final será de C-, D o N, que se otorgará conforme a los siguientes criterios:

- La calificación final de C- se adjudicará a los estudiantes que hayan seguido la evaluación continua (con un mínimo del 50% de las actividades entregadas), pero no la hayan superado.

- La calificación final de D se adjudicará a los casos de copia, plagio, mal uso del sistema de evaluación continua o bien de ejercicios muy deficientes.

- La calificación final de N se adjudicará a los estudiantes que no hayan realizado el 50% de las PEC.

Amunt

 

 

La nota final de la asignatura será la nota final de evaluación continua.

 

La obtención de una A-10 en la nota final de evaluación continua no supone automáticamente la obtención de una Matrícula de honor en la asignatura.

Amunt

Según la temporización de la asignatura, en los plazos establecidos y que podéis consultar en el apartado Fechas clave de este Plan docente, tendréis a vuestra disposición el documento de soluciones de cada PEC.

La solución a cada una de las PECs en forma de "respuestas tipo" constituye una herramienta fundamental a la hora de estudiar y repasar la materia.

 El documento de soluciones tipo debéis contrastarlo con vuestras respuestas para detectar los aciertos y errores cometidos y de este modo llevar a cabo una labor de autoevaluación.

Asimismo el consultor o consultora, una vez publicadas las soluciones tipo, hará una valoración general de cómo ha ido la PEC, desde el Tablón del aula. En este mensaje se hará referencia a los errores más relevantes o desenfoques detectados en la corrección de las actividades entregadas y también se indicarán los aspectos generales que deban de tenerse en cuenta.

Una vez publicado el documento de soluciones y realizado el trabajo de comparar dicho documento con las soluciones entregades por cada alumno, en caso de tener dudas, podéis plantearlas en el Foro del aula. Ciertamente, a partir de los errores y de las dudas compartidas se puede avanzar mucho en el proceso de aprendizaje y de este modo consolidar los conocimientos de la materia.

Finalmente, a través del Registro de evaluación continua (REC), en la fecha prevista, podréis consultar la nota de cada prueba de evaluación (PEC) y los comentarios que haya podido introducir vuestro consultor.

Amunt