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Consulta de los datos generales Descripción La asignatura en el conjunto del plan de estudios Campos profesionales en el que se proyecta Información previa a la matrícula Objetivos y competencias Contenidos Consulta de los recursos de aprendizaje de la UOC para la asignatura Información adicional sobre los recursos de aprendizaje y herramientas de apoyo Informaciones sobre la evaluación en la UOC Consulta del modelo de evaluación | |||||
Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios. | |||||
La asignatura Derecho de Internet estudia un conjunto de aspectos jurídicos de la sociedad de la información. La extensión de las tecnologías de la información y de la comunicación, y en particular de Internet, ha planteado nuevos retos a los juristas, tanto para el análisis del modo en que los problemas jurídicos tradicionales se presentan ahora en el contexto virtual, como respecto de las nuevas cuestiones que emergen precisamente en el marco de las relaciones caracterizadas por el uso intensivo de estas tecnologías.
Como es natural, en una asignatura de 6 créditos no es posible tratar en profundidad todas las materias jurídicas donde las TIC están teniendo una incidencia relevante. Hemos seleccionado, pues, cinco ámbitos materiales que resultan especialmente significativos: el comercio electrónico y la prestación de servicios de la sociedad de la información; la protección de la intimidad y de los datos de carácter personal; el gobierno y la administración electrónica; la propiedad intelectual; y la delincuencia informática o cibercrimen.
Los objetivos de la asignatura son:
- Conocer los aspectos jurídicos relevantes del comercio electrónico y en general de la prestación de servicios de la sociedad de la información. Profundizar en el régimen de responsabilidad de los intermediarios en Internet.
- Alcanzar un conocimiento sólido de la normativa vigente en materia de protección de datos, y su aplicación en la red.
- Conocer las posibilidades y experiencias en cuanto al uso de las nuevas tecnologías en relación con la actividad de las Administraciones públicas y en relación con la participación política de los ciudadanos.
- Comprender los problemas jurídicos que plantean las nuevas tecnologías en el campo de la propiedad intelectual, y conocer la regulación interna y comunitaria sobre la materia.
- Identificar las actividades que tienen relevancia penal en el campo de las nuevas tecnologías y conocer la normativa interna esta materia y los principios de política criminal en el contexto tecnológico.
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El carácter absolutamente transversal de la materia hace que se traten cuestiones de derechos fundamentales, de propiedad intelectual e industrial, de contratación electrónica, de criminalidad, aspectos procesales, etc. Por lo tanto, conviene tener una buena familiaridad con asignaturas básicas como Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Civil, Derecho Penal, Derecho Mercantil y Derecho Internacional Privado para poder trabajar con comodidad.
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La consolidación de Internet y en general de las comunicaciones y de las relaciones contractuales por vía electrónica es ya un hecho difícilmente reversible. Por ello muchos despachos de abogados han creado departamentos especializados en el derecho de las nuevas tecnologías, siendo éste un campo que ya se ha consolidado como una especialidad de la profesión. Igualmente, los servicios jurídicos de las compañías de la llamada "nueva economía" precisan de abogados con formación específica en este ámbito. De hecho, incluso las empresas "tradicionales", utilizan cada vez más las nuevas tecnologías y, por lo tanto, precisan de abogados con una buena formación en esta materia. Finalmente y de manera general, la formación de un jurista cada vez menos puede prescindir de los conocimientos básicos para tratar asuntos relacionados con las nuevas tecnologías. La asignatura está pensada con el propósito que la pericia en este campo sea un rasgo definitorio de los licenciados en Derecho de la UOC y, por lo tanto, uno de los activos que les permita obtener ventajas competitivas en el mercado. |
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Es muy recomendable haber superado: Derecho Administrativo I, Derecho Civil I y II, Introducción al Derecho de la Unión Europea y Sistema Constitucional español. |
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Objetivos: 3. Alcanzar un conocimiento sólido de la normativa vigente en materia de protección de datos. 4. Conocer la protección básica de la propiedad intelectual y las especificidades que plantea internet en este àmbito.
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN |
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El material básico para el seguimiento de la asignatura son los módulos didácticos que se entregan en formato papel y que están colgados en el aula. |
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El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal de cada estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados. La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; el intento fraudulento de obtener un resultado académico mejor; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o la utilización de material o dispositivos no autorizados durante la evaluación, entre otras, son conductas irregulares que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves. Por un lado, si se detecta alguna de estas conductas irregulares, puede comportar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables que se definan en el plan docente - incluidas las pruebas finales - o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales o dispositivos no autorizados durante las pruebas, como redes sociales o buscadores de información en internet, porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas del resto de estudiantes, etc.) sin la correspondiente citación, o porque se ha practicado cualquier otra conducta irregular. Por el otro, y de acuerdo con las normativas académicas, las conductas irregulares en la evaluación, además de comportar el suspenso de la asignatura, pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda. La UOC se reserva la potestad de solicitar al estudiante que se identifique o que acredite la autoría de su trabajo a lo largo de todo el proceso de evaluación por los medios que establezca la universidad (síncronos o asíncronos). A estos efectos, la UOC puede exigir al estudiante el uso de un micrófono, una cámara u otras herramientas durante la evaluación y que este se asegure de que funcionan correctamente. La verificación de los conocimientos para garantizar la autoría de la prueba no implicará en ningún caso una segunda evaluación. |
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