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Consulta de los datos generales Descripción La asignatura en el conjunto del plan de estudios Campos profesionales en el que se proyecta Conocimientos previos Información previa a la matrícula Objetivos y competencias Contenidos Consulta de los recursos de aprendizaje de la UOC para la asignatura Información adicional sobre los recursos de aprendizaje y herramientas de apoyo Informaciones sobre la evaluación en la UOC Consulta del modelo de evaluación | |||||
Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios. | |||||
El objeto principal de estudio en la asignatura que ahora se presenta, lo constituye un grupo de figuras delictivas de la parte especial del Derecho penal y, de modo especial, los llamados "delitos económicos" o "delitos socioeconómicos". El grado de especialización y profundización alcanzada en el análisis de las figuras delictivas previstas en el libro II del Código penal aconseja el tratamiento separado de diferentes grupos de delitos, mejorando así la tradicional sistemática de estudio conjunto de toda la parte especial del Derecho penal. Esta orientación en la enseñanza de la disciplina explica que en la asignatura Derecho penal II se hayan estudiado únicamente los delitos que afectan a bienes jurídicos de carácter individual, entre los que deben incluirse los delitos patrimoniales estrictamente. De estos últimos se diferencian los delitos económicos por el hecho de que en este grupo de ilícitos penales el objeto de tutela deja de ser individual para convertirse en colectivo, dado que suponen una ofensa potencial o dirigida al público en general. Sin embargo, la naturaleza patrimonial o económica de algunos delitos no se encuentra completamente definida, lo cual se convierte en la razón fundamental de que en el actual Código penal la regulación de estos dos grupos de delitos se haga conjuntamente en el título XIII del libro II -sin perjuicio de que algunos delitos económicos se encuentren regulados fuera de este título-; también esta es la causa de que en el presente plan docente se incluya el análisis de figuras delictivas de vertiente patrimonial, junto con otras de cariz esencialmente económico. |
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Como en todas las asignaturas penales dirigidas al estudio de figuras delictivas, también en los delitos que serán objeto de análisis en Derecho penal económico deben proyectarse las estructuras dogmáticas propias de la Parte General del Derecho Penal (Derecho Penal I). Eso quiere decir que, a pesar de encontrarnos frente a una parcela propia de la parte especial del Derecho penal, es imprescindible el estudio de la parte general. |
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El Derecho penal económico constituye uno de los ejes centrales de la formación jurídica del estudiante en materia de Derecho penal parte especial. Su conocimiento resulta de todo punto imprescindible para el ejercicio libre de la profesión, pues incluso aunque se ejerza de forma especializada en otros campos del Derecho, con gran frecuencia los casos presentan ramificaciones que los insertan en varias ramas del ordenamiento. |
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Como en todas las asignaturas penales dirigidas al estudio de figuras delictivas, también los delitos que serán objeto de análisis en "Derecho penal económico" constituyen campos sobre los que deben aplicarse las estructuras dogmáticas que se aprendieron en Derecho penal I. Esto significa que, a pesar de encontrarnos frente a una parcela propia de la parte especial del Derecho penal, es imprescindible haber aprobado, dominar y repasar la materia de la parte general del Derecho penal, porque los problemas que se presentan no pueden resolverse sin estos conocimientos. Sin embargo, el derecho penal económico engloba a los delitos más complejos de la parte especial del derecho penal. Para hacer frente a esta complejidad con facilidad y garantías, es imprescindible haber estudiado primero los delitos de estructura simple que se estudian en la asignatura derecho penal II. Para la realización de Derecho Penal económico es imprescindible haber cursado previamente la asignatura Derecho Penal I y muy recomendable Derecho Penal II. |
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Es necesario haber superado Derecho Penal I y II. Es aconsejable haber realizado el primer curso de derecho mercantil y de derecho administrativo. |
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A) CONOCIMIENTOS ACADÉMICOS
1. Comprensión de los criterios de selección de bienes jurídicos que merecen protección penal en la delincuencia económica. 2. Analizar las innovaciones del Código penal de 1995 en los delitos estudiados. 3. Conocer los límites de la intervención penal y su conexión con el Derecho administrativo sancionador caso de existir infracciones administrativas en los diferentes ámbitos de la actividad económica estudiados. 4. Estudiar la nueva regulación de las defraudaciones y de las insolvencias punibles. 5. Analizar el tratamiento jurídico-penal de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial. 6. Comprensión de las razones de la introducción en el nuevo Código penal de los delitos contra el mercado y los consumidores y estudio de su regulación. 7. Asumir las razones de la incorporación al texto punitivo de los delitos societarios, así como analizar su configuración jurídico-penal. 8. Estudiar la tipificación de los delitos de receptación y blanqueo de capitales y las innovaciones introducidas en estos. 9. Analizar la regulación de los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social y la orientación político-criminal que la informa. 10. Estudiar la configuración penal de los delitos contra los derechos de los trabajadores. 11. Conceptuar las falsedades documentales. COMPETENCIAS 1. COMPETENCIAS BÁSICAS Y TRANSVERSALES 1.1 Competencias básicas CB1. Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio. CB2. Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio. CB3. Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética. CB4. Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado. CB5. Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía. 1.2 Competencias transversales CT1. Uso y Aplicación de las TIC's. CT2. Analizar, organizar y planificar la actividad profesional de manera óptima. CT3. Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros. CT4. Comunicarse correctamente, oralmente y por escrito, tanto en las lenguas propias como en una lengua extranjera. CT5. Trabajar en equipo y en ambientes multidisciplinares, así como en para las relaciones interpersonales. CT6. Liderar equipos de trabajo de manera creativa. CT8. El aprendizaje autónomo y la adaptación a nuevas situaciones.
2. COMPETENCIAS ESPECÍFICAS CE1. Búsqueda, obtención y uso de las fuentes jurídicas (legales, jurisprudenciales y doctrinales). CE2. Comprensión de las diferentes formas de creación del derecho, su evolución histórica y su realidad actual. CE3. Identificación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas para cada ámbito disciplinario. CE4. Interpretación de los textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinar y utilizando los principios jurídicos como herramienta de análisis. CE5. Aplicación de los principios del derecho y la normativa jurídica a supuestos fácticos. CE6. Interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico de acuerdo con los valores éticos. CE7. Negociación, argumentación y mediación en el entorno profesional. CE8. Desarrollo de un discurso jurídico correctamente estructurado, tanto de forma oral como escrita. CE9. Análisis crítico del ordenamiento jurídico. CE10. Análisis de la realidad social desde la perspectiva del derecho como sistema regulador de las relaciones sociales. |
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Los módulos didácticos de la UOC están en proceso de actualización. Transitoriamente, este semestre el manual de estudio será: El manual consta de los capítulos siguientes: Tema 1 INTRODUCCIÓN AL DERECHO PENAL ECONÓMICO Y DE LA EMPRESA (pp. 39-60) Adán Nieto Martín Tema 2 DERECHO PENAL ECONÓMICO Y DE LA EMPRESA EUROPEO E INTERNACIONAL (pp. 61-86) Adán Nieto Martín Tema 3 LA RESPONSABILIDAD PENAL INDIVIDUAL EN LOS DELITOS DE EMPRESA (pp. 87-128) Juan Antonio Lascuraín Sánchez Tema 4 LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS (pp. 129-168) Jacobo Dopico Gómez-Aller Tema 5 ESTAFAS Y OTROS FRAUDES EN EL ÁMBITO EMPRESARIAL (pp. 169-236) Jacobo Dopico Gómez-Aller Tema 6 ADMINISTRACIÓN DESLEAL Y APROPIACIÓN INDEBIDA (pp. 237-284) Adán Nieto Martín Tema 7 DELITOS DE FRUSTRACIÓN DE LA EJECUCIÓN Y DELITOS DE INSOLVENCIA (pp. 285-326) Norberto J. de la Mata Barranco Tema 8 DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y VIOLACIÓN DE SECRETOS DE EMPRESA (pp. 327-366) Norberto J. de la Mata Barranco Tema 9 PROTECCIÓN PENAL DE LA COMPETENCIA Y DEL MERCADO DE VALORES (pp. 367-414) Adán Nieto Martín Tema 10 DELITOS DE CORRUPCIÓN EN LOS NEGOCIOS (pp. 415-446) Adán Nieto Martín Tema 11 DELITOS CONTRA LOS CONSUMIDORES (PUBLICIDAD ENGAÑOSA Y FACTURACIÓN AUTOMÁTICA FRAUDULENTA). PIRATERÍA DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN (pp. 447-468) Jacobo Dopico Gómez-Aller and Juan Antonio Lascuraín Sánchez Tema 12 DELITOS SOCIETARIOS (pp. 469-492) Juan Antonio Lascuraín Sánchez Tema 13 BLANQUEO DE CAPITALES (pp. 493-528) Juan Antonio Lascuraín Sánchez Tema 14 DELITOS CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA Y LA SEGURIDAD SOCIAL (pp. 529-592) Norberto J. de la Mata Barranco Tema 15 DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES (pp. 593-628) Juan Antonio Lascuraín Sánchez Tema 16 DELITOS CONTRA EL URBANISMO Y LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE (pp. 629-684) Norberto J. de la Mata Barranco Tema 17 FALSEDADES EN LA EMPRESA (pp. 685-726) Adán Nieto Martín Tema 18 DELITOS CONTRA LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN (pp. 727-761) Norberto J. de la Mata Barranco |
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Se recomienda, si se quiere profundizar en el estudio de los temas, o de alguno en particular, consultar alguna monografía específica de cada delito o algún artículo de especial interés. Se recomienda pedir la asistencia del consultor para posibles orientaciones. Es imprescindible que el material de consulta recoja siempre las profundas modificaciones producidas por la entrada en vigor de la L.O. 1/2015, y conviene utilizarlo críticamente con una edición anotada y concordada del Código penal que contenga ya tales modificaciones (es necesario asegurarse de que se trate de una última edición, v. infra).
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El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal de cada estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados. La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; el intento fraudulento de obtener un resultado académico mejor; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o la utilización de material o dispositivos no autorizados durante la evaluación, entre otras, son conductas irregulares que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves. Por un lado, si se detecta alguna de estas conductas irregulares, puede comportar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables que se definan en el plan docente - incluidas las pruebas finales - o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales o dispositivos no autorizados durante las pruebas, como redes sociales o buscadores de información en internet, porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas del resto de estudiantes, etc.) sin la correspondiente citación, o porque se ha practicado cualquier otra conducta irregular. Por el otro, y de acuerdo con las normativas académicas, las conductas irregulares en la evaluación, además de comportar el suspenso de la asignatura, pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda. La UOC se reserva la potestad de solicitar al estudiante que se identifique o que acredite la autoría de su trabajo a lo largo de todo el proceso de evaluación por los medios que establezca la universidad (síncronos o asíncronos). A estos efectos, la UOC puede exigir al estudiante el uso de un micrófono, una cámara u otras herramientas durante la evaluación y que este se asegure de que funcionan correctamente. La verificación de los conocimientos para garantizar la autoría de la prueba no implicará en ningún caso una segunda evaluación. |
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