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Consulta de los datos generales Descripción Conocimientos previos Información previa a la matrícula Objetivos y competencias Contenidos Consulta de los recursos de aprendizaje de la UOC para la asignatura Información adicional sobre los recursos de aprendizaje y herramientas de apoyo Informaciones sobre la evaluación en la UOC Consulta del modelo de evaluación | |||||
Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios. | |||||
La asignatura de Derecho Mercantil II se estructura en cuatro unidades que se corresponden con los cuatro módulos didácticos. Los tres primeros se dedican al estudio del derecho de sociedades, que constituye una parte esencial del derecho mercantil. El último módulo se centra en el derecho concursal. Empezaremos abordando la teoría general del derecho de sociedades, examinando el concepto de sociedad como negocio jurídico que da lugar tanto a la creación de relaciones obligatorias como a la configuración de una nueva entidad que adquirirá, salvo supuestos especiales, plena personalidad jurídica para actuar en el tráfico. En el marco de la teoría general veremos la distinción entre sociedades civiles y mercantiles, los tipos societarios especiales, las fuentes de regulación y la doctrina del levantamiento del velo de la persona jurídica. Estudiaremos a continuación el régimen de las sociedades personalistas, y en especial el régimen jurídico del principal exponente de esta tipología, la sociedad colectiva. Prestaremos atención también a las figuras de la sociedad comanditaria simple, el contrato de cuentas en participación y la agrupación de interés económico. Tras el estudio de las sociedades personalistas pasaremos al examen de las sociedades de capital. Por una parte se tratarán los requisitos y procedimientos de constitución de la sociedad, al hilo de los cuales se muestran los aspectos fundamentales de la escritura y de los estatutos. Seguidamente se aborda la financiación de las sociedades de capital, estudiando primero el régimen de aportaciones de los socios al capital social y a reservas de la sociedad, para tratar después de las fórmulas de financiación con cargo a recursos ajenos. El estudio de las sociedades de capital sigue, en el segundo módulo, con la disciplina de las participaciones sociales de las sociedades de responsabilidad limitada y de las acciones de las sociedades anónimas y su papel en la atribución de los derechos de socio. Se estudian a continuación los órganos de la sociedad: la junta general y el órgano de administración, así como el régimen de las cuentas anuales de las sociedades de capital. El tercer módulo se centra en los restantes aspectos relevantes del derecho societario. Trata por una parte del régimen de modificación de los estatutos sociales de las sociedades de capital, así como el derecho del socio a separarse de la sociedad y los supuestos que permiten la exclusión de un socio. Aborda con particular atención el régimen de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, cuya regulación se contiene fundamentalmente en la Ley de modificaciones estructurales. En este punto se estudian la transformación, la fusión y la escisión, así como la cesión global del activo y el pasivo. Por último, la unidad dedica un espacio a la consideración de algunos tipos societarios especiales. El cuarto y último módulo estudia el derecho concursal, que regula la situación en un deudor con varios acreedores no puede pagarlos al vencer sus créditos. El derecho concursal permite que tanto deudor como acreedores, demostrando la insolvencia, obtengan la declaración de concurso, para que los acreedores "concurran" al mismo tiempo, en condiciones de igualdad, a un proceso único. Por otro lado, permite tener un tiempo para determinar cuál es la situación real del patrimonio del deudor, y decidir si vale la pena llegar a un convenio para cobrar de otro modo, incluso con ciertos sacrificios para los acreedores, o si es mejor liquidar el patrimonio y pagar los créditos hasta donde alcance. El derecho concursal tiene una doble vertiente, procesal y sustantiva. Como proceso judicial, se tratan todos los trámites que se realizan con la finalidad antes señalada: declaración de concurso, emisión de un informe, etc. Desde el punto de vista sustantivo, determina cómo quedan afectados los derechos de los acreedores por la situación de concurso: cómo se gradúan entre sí, las posibilidades de cobro y la satisfacción final que se conseguirá. |
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La asignatura de Derecho Mercantil II es una prolongación de la de Derecho Mercantil I. Esta última comprende el estudio del estatuto jurídico del empresario, aplicable totalmente a las sociedades mercantiles, y también el estudio del Derecho de la competencia, normas que también han de ser observadas, naturalmente, por las sociedades mercantiles. Por ello, es imprescindible para el adecuado seguimiento de la asignatura haber cursado y aprobado previamente la asignatura de Derecho Mercantil I. Es indispensable también contar con los conocimientos básicos aportados por las asignaturas de Derecho Civil I y II para entender el régimen del negocio jurídico constitutivo de las sociedades, así como las reglas básicas de la contratación. |
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Es muy recomendable, y en la práctica imprescindible, haber superado Derecho civil I, Derecho civil II y Derecho Mercantil I. |
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Con esta asignatura se quiere contribuir a la consecución de las competencias de carácter específico y de carácter transversal siguientes:
2. Buscar, obtener y utilizar las fuentes jurídicas (legales, jurisprudenciales y doctrinales)
Competencias transversales Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros. |
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Unidad 1. Sociedades mercantiles (I). Teoría general. Sociedades personalistas. Fundación y financiación de las sociedades de capital 1. Concepto de sociedad Unidad 2. Sociedades mercantiles (II). Acciones y participaciones, órganos sociales y cuentas anuales en las sociedades de capital 1. Acciones y participaciones sociales Unidad 3. Sociedades mercantiles (III). Modificación de estatutos, separación y exclusión de socios, y disolución y liquidación de las sociedades de capital. Modificaciones estructurales. Sociedades especiales 1. La modificación de estatutos en las sociedades de capital Unidad 4. Derecho concursal 1. Concepto, finalidad y régimen legal del derecho concursal |
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La herramienta básica de estudio de la asignatura la constituyen los módulos didácticos de Derecho Mercantil II elaborados por los profesores Miquel Peguera, Blanca Torrubia y Eduardo Valpuesta. Es muy importante seguir las indicaciones sobre actualizaciones que se hagan a través de las Guías de Estudio (GES), cuya función es orientar y facilitar el proceso de aprendizaje, o bien a través de mensajes en el tablón o de otras indicaciones en el aula. |
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El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados. La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; el intento fraudulento de obtener un resultado académico mejor; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o la utilización de material, software o dispositivos no autorizados durante la evaluación, entre otras, son conductas irregulares en la evaluación que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves. Estas conductas irregulares pueden comportar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables que se definan en el plan docente -incluidas las pruebas finales- o en la calificación final de la asignatura, sea porque se han utilizado materiales, software o dispositivos no autorizados durante las pruebas, como por ejemplo redes sociales o buscadores de información en internet, porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas de otros estudiantes, etc.) sin la citación correspondiente, o porque se ha llevado a cabo cualquier otra conducta irregular. Así mismo, y de acuerdo con la normativa académica, las conductas irregulares en la evaluación también pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda, de conformidad con lo establecido en la normativa de convivencia de la UOC. En el marco del proceso de evaluación, la UOC se reserva la potestad de:
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