Derecho de internet Código:  73.520    :  6
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Este es el plan docente de la asignatura para el primer semestre del curso 2024-2025. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.
La asignatura Derecho de Internet estudia un conjunto de aspectos jurídicos de la sociedad de la información. La extensión de las tecnologías de la información y de la comunicación, y en particular de Internet, ha planteado nuevos retos a los juristas, tanto respecto del análisis del modo en que los problemas jurídicos tradicionales se presentan ahora en el contexto virtual, como respecto de las nuevas cuestiones que emergen precisamente en el marco de las relaciones caracterizadas por el uso intensivo de estas tecnologías.
 
Como es natural, en una asignatura de 6 créditos no es posible tratar en profundidad todas las materias jurídicas donde las TIC están teniendo una incidencia relevante. Hemos seleccionado, pues, cuatro ámbitos materiales que resultan especialmente significativos: el comercio electrónico y la prestación de servicios de la sociedad de la información; la protección de la intimidad y de los datos de carácter personal; la propiedad intelectual; y el gobierno y administración electrónica.


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El carácter absolutamente transversal de la materia hace que se traten cuestiones de derechos fundamentales, de propiedad intelectual e industrial, de contratación electrónica, aspectos procesales, etc. Por lo tanto, conviene tener una buena familiaridad con asignaturas básicas como Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Civil, Derecho Mercantil y Derecho Internacional Privado para poder trabajar con comodidad.

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La consolidación de Internet y en general de las comunicaciones y de las relaciones contractuales por vía electrónica es ya un hecho difícilmente reversible. Por ello muchos despachos de abogados han creado departamentos especializados en el derecho de las nuevas tecnologías, siendo éste un campo que ya se ha consolidado como una especialidad de la profesión. Igualmente, los servicios jurídicos de las compañías de la llamada "nueva economía" precisan de abogados con formación específica en este ámbito. De hecho, incluso las empresas "tradicionales", utilizan cada vez más las nuevas tecnologías y, por lo tanto, precisan de abogados con una buena formación en esta materia. Finalmente y de manera general, la formación de un jurista cada vez menos puede prescindir de los conocimientos básicos para tratar asuntos relacionados con las nuevas tecnologías. La asignatura está pensada con el propósito de que la pericia en este campo sea un rasgo definitorio de los graduados en Derecho de la UOC y, por lo tanto, uno de los activos que les permita obtener ventajas competitivas en el mercado.

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Es muy recomendable haber superado: Derecho Administrativo I, Derecho Civil I y II, Introducción al Derecho de la Unión Europea y Sistema Constitucional español.

Es aconsejable haber superado: Derecho Administrativo II, Derecho Civil III, Derecho Constitucional.

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Objetivos:

1. Identificar los problemas que plantean las Nuevas Tecnologías en el ámbito del Derecho.

2. Conocer los aspectos jurídicos relevantes del comercio electrónico y en general de la prestación de servicios de la sociedad de la información. Profundizar en el régimen de responsabilidad de los intermediarios en Internet.

3. Alcanzar un conocimiento sólido de la normativa vigente en materia de protección de datos.

4. Conocer la protección básica de la propiedad intelectual y las especificidades que plantea internet en este ámbito. 

5. Conocer las posibilidades y experiencias con respecto al uso de las nuevas tecnologías con relación a la actividad de las Administraciones y con relación a la participación política de los ciudadanos.

Competencias específicas:


- Investigación, búsqueda, obtención y uso de las fuentes jurídicas (legales, jurisprudenciales y doctrinales).

- Interpretación de los textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinaria y utilizando los principios jurídicos como herramienta de análisis.

Competencias transversales:

- Uso y Aplicación de las TIC.

 


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  • Módulo 1. Marco jurídico de los servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico
  • Módulo 2. Intimidad y datos personales en Internet
  • Módulo 3. Propiedad intelectual
  • Módulo 4. Gobierno y Administración electrónica
     

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El material básico para el seguimiento de la asignatura son los módulos didácticos que se entregan en formato papel y que están colgados en el aula.
 
Como es lógico, habrá que recurrir también muy a menudo a la lectura de textos de interés que se pueden encontrar en la red, y que los consultores irán indicando oportunamente. Dado que se trata de una materia en cambio constante, hay que asumir que los módulos didácticos de esta asignatura serán -valga la paradoja- permanentemente provisionales. Por ello a buen seguro durante el semestre habrá que tener en cuenta algunas novedades y modificaciones legislativas, que los consultores irán advirtiendo oportunamente, especialmente a través de las Guías de Estudio de cada módulo. En el aula se podrán encontrar la legislación básica relacionada con los módulos.

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En la UOC, la evaluación generalmente es virtual. Se estructura en torno a la evaluación continua, que incluye diferentes actividades o retos; la evaluación final, que se lleva a cabo mediante pruebas o exámenes, y el trabajo final de la titulación.

Las actividades o pruebas de evaluación pueden ser escritas y/o audiovisuales, con preguntas aleatorias, pruebas orales síncronas o asíncronas, etc., de acuerdo con lo que decida cada equipo docente. Los trabajos finales representan el cierre de un proceso formativo que implica la realización de un trabajo original y tutorizado que tiene como objetivo demostrar la adquisición competencial hecha a lo largo del programa.

Para verificar la identidad del estudiante y la autoría de las pruebas de evaluación, la UOC se reserva la potestad de aplicar diferentes sistemas de reconocimiento de la identidad y de detección del plagio. Con este objetivo, la UOC puede llevar a cabo grabación audiovisual o usar métodos o técnicas de supervisión durante la ejecución de cualquier actividad académica.

Asimismo, la UOC puede exigir al estudiante el uso de dispositivos electrónicos (micrófonos, cámaras u otras herramientas) o software específico durante la evaluación. Es responsabilidad del estudiante asegurar que estos dispositivos funcionan correctamente.

El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de las actividades académicas. La web sobre integridad académica y plagio de la UOC contiene información al respecto.

La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; la suplantación de identidad; la aceptación o la obtención de cualquier actividad académica a cambio o no de una contraprestación; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o el uso de material, software o dispositivos no autorizados en el plan docente o el enunciado de la actividad académica, incluida la inteligencia artificial y la traducción automática, entre otras, son conductas irregulares en la evaluación que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves.

Estas conductas irregulares pueden conllevar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables definidas en el plan docente -incluidas las pruebas finales- o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales, software o dispositivos no autorizados durante las pruebas (como el uso de inteligencia artificial no permitida, redes sociales o buscadores de información en internet), porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas de otros estudiantes, etc.) sin la citación correspondiente, por la compraventa de actividades académicas, o porque se ha llevado a cabo cualquier otra conducta irregular.

Asimismo, y de acuerdo con la normativa académica, las conductas irregulares en la evaluación también pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda, de conformidad con lo establecido en la normativa de convivencia de la UOC.

En el marco del proceso de evaluación, la UOC se reserva la potestad de:

  • Solicitar al estudiante que acredite su identidad según lo establecido en la normativa académica.
  • Solicitar al estudiante que acredite la autoría de su trabajo a lo largo de todo el proceso de evaluación, tanto en la evaluación continua como en la evaluación final, a través de una entrevista oral síncrona, que puede ser objeto de grabación audiovisual, o por los medios establecidos por la UOC. Estos medios tienen el objetivo de verificar los conocimientos y las competencias que garanticen la identidad del estudiante. Si no es posible garantizar que el estudiante es el autor de la prueba, esta puede ser calificada con una D, en el caso de la evaluación continua, o con un suspenso, en el caso de la evaluación final.

Inteligencia artificial en el marco de la evaluación

La UOC reconoce el valor y el potencial de la inteligencia artificial (IA) en el ámbito educativo y, a su vez, pone de manifiesto los riesgos que supone si no se utiliza de forma ética, crítica y responsable. En este sentido, en cada actividad de evaluación se informará al estudiantado sobre las herramientas y los recursos de IA que se pueden utilizar y en qué condiciones. Por su parte, el estudiantado se compromete a seguir las indicaciones de la UOC a la hora de realizar las actividades de evaluación y de citar las herramientas utilizadas y, concretamente, a identificar los textos o imágenes generados por sistemas de IA, los cuales no podrá presentar como si fueran propios.

Respecto a usar o no la IA para resolver una actividad, el enunciado de las actividades de evaluación indica las limitaciones en el uso de estas herramientas. Debe tenerse en cuenta que usarlas de manera inadecuada, como por ejemplo en actividades en las que no están permitidas o no citarlas en las actividades en las que sí lo están, puede considerarse una conducta irregular en la evaluación. En caso de duda, se recomienda que, antes entregar la actividad, se haga llegar una consulta al profesorado colaborador del aula.

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Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Siguiendo la evaluación continua (EC). Puedes superar la asignatura directamente aprobando la EC. En este caso, la nota final de la asignatura se corresponderá con la nota final de la evaluación continua.
  2. Haciendo un examen. La nota final se calculará de acuerdo con lo siguiente:
    • Si no te has presentado a la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si has seguido la evaluación continua y tienes una nota distinta a un No presentado, la calificación final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.

 

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