Derecho de las actividades turísticas Código:  85.623    :  6
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Este es el plan docente de la asignatura para el primer semestre del curso 2024-2025. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.
La importancia social, cultural y económica que el fenómeno turístico ha alcanzado, de forma progresiva, en nuestro país determina la necesidad de reglamentar una serie de aspectos que permitan que las actividades turísticas se desarrollen con las necesarias garantías y controles, evitando todo posible desorden, abuso o inseguridad para los ciudadanos-consumidores. Con este ánimo se dictan una serie de normas, en su mayoria autonómicas que, en su conjunto, constituyen lo que se denomina "Derecho de las Actividades Turísticas". En dichas normas se contemplan los derechos y deberes de los usuarios turísticos y de los empresarios en el ejercicio de su actividad. El propósito de esta asignatura es, por tanto, el análisis sistemático de aquellas disposiciones dentro de una aproximación al ordenamiento turístico en su conjunto.

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Esta asignatura no es independiente del resto de las que integran el plan de estudios del Grado de Derecho, sino que está íntimamente relacionada con otras, entre las que destaca, en particular, Derecho constitucional, Derecho administrativo y Derecho civil

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El Derecho de las Actividades Turísticas (DAT) es de gran utilidad para todo el que se proponga iniciar una actividad empresarial y deba conocer las posibilidades, requisitos, o condicionamientos legales básicos para ello, así como para todo el que como usuario turístico o consumidor reciba o disfrute de alguno de los servicios prestados por los empresarios del ramo. En esta asignatura se analiza la reglamentación vigente específica de cada una de las empresas turísticas que operan dentro del sector y que pueden diferenciarse, a grandes rasgos, en empresas de alojamiento, restauración, intermediación  e información, si bien durante los últimos años están surgiendo otras que están adquiriendo una gran relevancia, como son las encargadas de explotar los palacios de congresos y las oficinas de información turística. Asimismo, se hace referencia a la organización administrativa del turismo, a la disciplina turística y la potestad sancionadora de la Administración.

Ahora bien, la regulación de las actividades turísticas no se agota en el ámbito del derecho administrativo. Toda persona física o jurídica que pretenda llevar a cabo una actividad económica basada en la prestación de servicios turísticos deberá someterse tanto a normas de Derecho privado, en cuanto rama del derecho que regula las relaciones entre particulares, como al Derecho público aplicable a aquellos supuestos en los que la Administración interviene ejerciendo su autoridad. Por ello, la segunda parte de la asignatura se dedica al estudio y análisis de las relaciones jurídico-privadas en el ámbito turístico y a los derechos y obligaciones que se derivan de ellas.

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Como se ha dicho,  los conceptos estudiados en las asignaturas de Derecho constitucional, Derecho administrativo y Derecho civil,  actúan como sustrato básico para el estudio de la que ahora se inicia al permitir al alumno identificar una serie de conceptos jurídicos que se dan por asumidos

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Es recomendable haber superado Derecho constitucional, Derecho administrativo y Derecho civil II

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El objetivo de esta asignatura es dar a conocer al estudiante la importancia del análisis del turismo y, particularmente, de las empresas turísticas, desde una perspectiva juridicopública, además de ofrecerle conocimientos generales sobre la situación normativa del sector en España. Concretamente, el estudiante tiene que lograr los objetivos siguientes:

 1. Delimitar el marco jurídico aplicable en una comunidad autónoma determinada.

2. Relacionar las diversas reglamentaciones autonómicas sobre un tema concreto dentro del ámbito del turismo.

3. Determinar los requisitos necesarios porque una empresa pueda operar en el mundo del turismo.

4. Precisar los trámites que hacen falta para abrir la propia empresa.

5. Distinguir los controles que la administración competente ejerce sobre las empresas turísticas.

6. Hacer patentes las diferencias entre las diversas empresas turísticas.

7. Distinguir las obligaciones y los deberes de los sujetos.

8. Dilucidar las cuestionas jurídicas que se suscitan en el desarrollo de la actividad turística.

9. Conocer los principales contratos turísticos.

10. Analizar las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones contractuales.

11. Buscar, manejar y trabajar la legislación turística.

12. Conocer la regulación del uso de los medios electrónicos por parte de la Administración turística.

13. Comprender el significado y el alcance de la noción de servicios de la sociedad de la información y su impacto en la actividad turística.

14. Conocer las normas básicas que regulan la contratación electrónica.

Competencias
Los objetivos se traducen en la consecución de unas determinadas competencias que podemos agrupar en dos grandes bloques:

Competencias específicas

1. Identificación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas para cada ámbito disciplinario.

2. Interpretación de los textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinar y utilizando los principios jurídicos como herramienta de análisis.

3. Aplicación de los principios del derecho y la normativa jurídica a supuestos fácticos

4. Análisis de la realidad social desde la perspectiva del derecho como sistema regulador de las relaciones sociales.

 
Competencias transversales
 
1. Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros.

2. El aprendizaje autónomo y la adaptación a nuevas situaciones.

 

 

Objetivos de caracter metodológico
 
 
La asignatura pretende que el estudiante consolide su conocimiento en la interpretación y aplicación de las normas administrativas también desde un punto de vista práctico, de tal forma que también son objetivos de la misma:
 
  • Conocer las formas de acceso y procedimientos de seleccion de la información jurídica, especialmente en materia turística y dministrativa.
  • Resolver los problemas concretos que se presentan en relacion con la identificación de la normativa y la jurisprudencia aplicable al caso.
  • Razonar, en términos jurídicos, con comprensión y capacidad para enfrentarse a situaciones que requieran un análisis fundado en derecho.
  • Asimilar y manejar las nociones jurídicas básicas en el ámbito del Derecho administrativo y turístico

 

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Módulo 1: Empresas turísticas (I). Alojamientos


    * Aprender a manejar y trabajar la legislación turística.
    * Determinar los requisitos necesarios para que una empresa pueda operar en el mundo del turismo.
    * Delimitar los distintos tipos de alojamientos que son aptos para albergar actividades turísticas.
    * Precisar los trámites necesarios para montar una empresa turística de alojamiento.
    * Distinguir las obligaciones y derechos de los sujetos.

 
Módulo 2: Empresas turísticas (II). Agencias de viajes, información y restauración
 

    * Identificar las funciones de cada empresa cuyo estudio se incluye en este módulo.
    * Concretar todas las fases de funcionamiento del sector turístico.
    * Precisar los trámites necesarios para montar una empresa turística de estas características.
    * Distinguir las obligaciones y derechos de los sujetos.

 
Módulo 3: Régimen disciplinario

 
    * Identificar el proceso de inspección administrativa al que quedan sometidas las empresas turísticas
    * Conocer la tipificación de las diferentes infracciones recogidas en las leyes de turismo de las distintas Comunidades Autónomas, y las sanciones que éstas conllevan.
    * Comprender las bases del procedimiento sancionador en materia de disciplina turística.
 
Módulo 4: Teoría general del derecho privado del turismo: el contrato turístico
 

    * Conocer cual es el marco normativo que regula el turismo desde la perspectiva del derecho privado.
    * Analizar cuales son los tipos de contratos que se celebran en este sector.
    * Estudiar los derechos y deberes de los sujetos que participan en la contratación de los servicios turísticos.
    * Estudiar la fase previa a la contratación, y en concreto, los deberes de información y el papel que juega la publicidad.
    * Comprender la forma de perfeccionamiento de los contratos y la incidencia de las condiciones generales de la contratación.
    * Estudiar el cumplimiento de los contratos y los supuestos de lesión del interés del creditos, así como sus consecuencias.
    * Ver cuales son las causas de extinción de los contratos, poniendo especial énfasis en el desistimiento.

 
Módulo 5. Tipos de contratos turísticos en particular
 

    * Conocer los contratos que pueden celebrar las agencias de viajes
    * Diferenciar los distintos tipos de contrato de transporte
    * Analizar el contenido del contrato de alojamiento
    * Identicar la ofrerta turística complementaria
    * Estudiar el régimen del contrato de seguro
    * Profundizar en el arbitraje en materia turística.

Módulo 6. Administración y comercio electrónico del turismo

    * La administración electrónica
    * Los fundamentos de la regulación de la administración electrónica del turismo en España
    * La difusión de información pública sobre turismo en Internet
    * La comunicación por medios electrónicos en el ámbito turístico
    * El procedimiento administrativo electrónico
    * Cooperación entre administraciones públicas. Interoperabilidad
    * La noción de servicios de la sociedad de la información
    * El principio de control en origen
    * Régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información
    * El envío de comunicaciones comerciales no solicitadas
    * Contratación electrónica
    * Responsabilidad de los intermediarios
    * Infracciones y sanciones

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En la UOC, la evaluación generalmente es virtual. Se estructura en torno a la evaluación continua, que incluye diferentes actividades o retos; la evaluación final, que se lleva a cabo mediante pruebas o exámenes, y el trabajo final de la titulación.

Las actividades o pruebas de evaluación pueden ser escritas y/o audiovisuales, con preguntas aleatorias, pruebas orales síncronas o asíncronas, etc., de acuerdo con lo que decida cada equipo docente. Los trabajos finales representan el cierre de un proceso formativo que implica la realización de un trabajo original y tutorizado que tiene como objetivo demostrar la adquisición competencial hecha a lo largo del programa.

Para verificar la identidad del estudiante y la autoría de las pruebas de evaluación, la UOC se reserva la potestad de aplicar diferentes sistemas de reconocimiento de la identidad y de detección del plagio. Con este objetivo, la UOC puede llevar a cabo grabación audiovisual o usar métodos o técnicas de supervisión durante la ejecución de cualquier actividad académica.

Asimismo, la UOC puede exigir al estudiante el uso de dispositivos electrónicos (micrófonos, cámaras u otras herramientas) o software específico durante la evaluación. Es responsabilidad del estudiante asegurar que estos dispositivos funcionan correctamente.

El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de las actividades académicas. La web sobre integridad académica y plagio de la UOC contiene información al respecto.

La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; la suplantación de identidad; la aceptación o la obtención de cualquier actividad académica a cambio o no de una contraprestación; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o el uso de material, software o dispositivos no autorizados en el plan docente o el enunciado de la actividad académica, incluida la inteligencia artificial y la traducción automática, entre otras, son conductas irregulares en la evaluación que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves.

Estas conductas irregulares pueden conllevar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables definidas en el plan docente -incluidas las pruebas finales- o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales, software o dispositivos no autorizados durante las pruebas (como el uso de inteligencia artificial no permitida, redes sociales o buscadores de información en internet), porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas de otros estudiantes, etc.) sin la citación correspondiente, por la compraventa de actividades académicas, o porque se ha llevado a cabo cualquier otra conducta irregular.

Asimismo, y de acuerdo con la normativa académica, las conductas irregulares en la evaluación también pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda, de conformidad con lo establecido en la normativa de convivencia de la UOC.

En el marco del proceso de evaluación, la UOC se reserva la potestad de:

  • Solicitar al estudiante que acredite su identidad según lo establecido en la normativa académica.
  • Solicitar al estudiante que acredite la autoría de su trabajo a lo largo de todo el proceso de evaluación, tanto en la evaluación continua como en la evaluación final, a través de una entrevista oral síncrona, que puede ser objeto de grabación audiovisual, o por los medios establecidos por la UOC. Estos medios tienen el objetivo de verificar los conocimientos y las competencias que garanticen la identidad del estudiante. Si no es posible garantizar que el estudiante es el autor de la prueba, esta puede ser calificada con una D, en el caso de la evaluación continua, o con un suspenso, en el caso de la evaluación final.

Inteligencia artificial en el marco de la evaluación

La UOC reconoce el valor y el potencial de la inteligencia artificial (IA) en el ámbito educativo y, a su vez, pone de manifiesto los riesgos que supone si no se utiliza de forma ética, crítica y responsable. En este sentido, en cada actividad de evaluación se informará al estudiantado sobre las herramientas y los recursos de IA que se pueden utilizar y en qué condiciones. Por su parte, el estudiantado se compromete a seguir las indicaciones de la UOC a la hora de realizar las actividades de evaluación y de citar las herramientas utilizadas y, concretamente, a identificar los textos o imágenes generados por sistemas de IA, los cuales no podrá presentar como si fueran propios.

Respecto a usar o no la IA para resolver una actividad, el enunciado de las actividades de evaluación indica las limitaciones en el uso de estas herramientas. Debe tenerse en cuenta que usarlas de manera inadecuada, como por ejemplo en actividades en las que no están permitidas o no citarlas en las actividades en las que sí lo están, puede considerarse una conducta irregular en la evaluación. En caso de duda, se recomienda que, antes entregar la actividad, se haga llegar una consulta al profesorado colaborador del aula.

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Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Siguiendo la evaluación continua (EC). Puedes superar la asignatura directamente aprobando la EC. En este caso, la nota final de la asignatura se corresponderá con la nota final de la evaluación continua.
  2. Haciendo un examen. La nota final se calculará de acuerdo con lo siguiente:
    • Si no te has presentado a la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si has seguido la evaluación continua y tienes una nota distinta a un No presentado, la calificación final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.

 

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