La organización territorial y administrativa del Estado español

La organización territorial y administrativa del Estado español viene caracterizada, desde finales del siglo xx, por el interés por conocer y entender el territorio a diferentes escalas. La estructura territorial y administrativa actual en España tiene su base legal en la Constitución española de 1978, que establece la organización del Estado en municipios, en provincias y en las comunidades autónomas que se constituyan. El conjunto de estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

Hay que señalar que la historia constitucional española tiene a lo largo del tiempo una extrema inestabilidad. Desde el siglo xix hasta el desencadenamiento de la Guerra Civil en 1936, España ha tenido siete constituciones además de varios borradores y reformas parciales que nunca fueron aprobadas. Esta inseguridad, sólo comparable en Europa con la experimentada en Francia, tiene su base en la convulsiva historia política de la España contemporánea.

Debéis saber que el proceso de elaboración de la Constitución fue complejo y no exento de obstáculos por la falta de consenso entre las reivindicaciones nacionalistas y las propuestas del Gobierno central, los acuerdos económicos, la oposición de los sectores más conservadores de la sociedad española al entender que se atacaba a la unidad de la patria o las actuaciones violentas del grupo terrorista ETA.

 

La Constitución de 1978 de la España democrática es el texto legal elaborado por una Ponencia del Congreso de los Diputados integrada por siete representantes de las principales fuerzas políticas: Unión de Centro Democrático, Alianza Popular, Partido Socialista Obrero Español, Partido Comunista de España y Convergència i Unió. Tras un largo proceso fue aprobada por el Congreso y el Senado el 31 de octubre de 1978 y por referéndum el 6 de diciembre de 1978.

En el Estado español, conviven tres tipos de Administración pública: la central, la autonómica y la local. En estos niveles de la Administración pública, hay diferentes instituciones reconocidas. En el caso autonómico catalán, está la Generalitat. A escala local, podemos distinguir las diputaciones provinciales, los consejos comarcales, los consorcios y las mancomunidades, así como los ayuntamientos, todas estas instituciones a diferente escala territorial.

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