Ética profesional y legislación Código:  20.930    :  3
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Este es el plan docente de la asignatura para el segundo semestre del curso 2023-2024. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.

Esta asignatura tiene como objetivo proporcionar conocimientos teóricos y prácticos sobre los principales conceptos de la historia de la bioética y de la bioética moderna, así como saber relacionarlos con la normativa existente. Quiere incitar al alumnado a la detección y el análisis de los principales problemas éticos que se pueden dar en el ejercicio de la logopedia, atendiendo a los derechos y deberes tanto del logopeda como de los pacientes. También pretende que el alumnado se forme en el debate ético con el objetivo de capacitar, mediante el diálogo y la argumentación, la adopción razonada de decisiones propias de la práctica profesional del logopeda. 

Idioma de docencia: Castellano

Amunt

La asignatura de Ética profesional y legislación pertenece al conjunto de asignaturas obligatorias del Módulo 4. La intervención logopédica. Concretamente, a la materia de Ética.

Amunt

La ética acompaña cualquier decisión que debamos tomar en el ejercicio de nuestra profesión como logopedas. 

Amunt

No son necesarios conocimientos previos.

Amunt

Esta asignatura tiene una prueba obligatoria como prueba de evaluación final.

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Competencias generales,  básicas y transversales

CG3. Interactuar con otras personas con empatía, demostrando habilidades en las relaciones interpersonales. 

CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética. 

CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado.

GT3 - Interactuar en contextos globales e internacionales para identificar necesidades y nuevas realidades que permitan transferir el conocimiento hacia ámbitos de desarrollo profesional actuales o emergentes, con capacidad de adaptación y de autodirección en los procesos profesionales y de investigación.

GT5 - Ejercer la ciudadanía activa y la responsabilidad individual con compromiso con los valores democráticos, de sostenibilidad y de diseño universal a partir de prácticas basadas en el aprendizaje, servicio y en la inclusión social. 

Competencias específicas

CE8. Ser capaz de trabajar en los entornos escolar, asistencial, sanitario, sociosanitario, así como en equipos uniprofesionales y multiprofesionales. Asesorar en la elaboración y la ejecución de políticas de atención, y la educación sobre temas relacionados con la prevención y la asistencia logopédicas. 

CE10. Conocer los límites de la profesión y sus competencias a sabiendas de identificar cuando es necesario un tratamiento interdisciplinar o la derivación a otro profesional. 

CE22. Incorporar los principios éticos y legales de la profesión a la práctica, integrando los aspectos sociales y comunitarios en la toma de decisiones. 

CE23. Ser capaz de ejercer la profesión, respetando la autonomía del paciente, sus determinantes genéticos, demográficos, culturales y económicos, aplicando los principios de justicia social y comprendiendo las implicaciones éticas de la salud en un contexto mundial en transformación. 

Resultados de aprendizaje 

  1. Actúa de acuerdo con los aspectos principales del código deontológico del logopeda reflexionando sobre los límites de su actuación y teniendo presente los derechos de los pacientes.
  1. Enumera y explica el código ético y deontológico de la logopedia y comprende las implicaciones éticas de la salud en un contexto multicultural.
  1. Asume diferentes responsabilidades en el trabajo individual o colaborativo y evalúa los resultados obtenidos.
  1. Analiza éticamente situaciones de injusticias y desigualdades y propone medidas de compensación.
  1. Recopila e interpreta datos e informaciones sobre las que fundamentar sus conclusiones incluyendo, cuando haga falta y seapertinente, la reflexiones sobre asuntos de índole social, científica o ética en el ámbito de la logopedia.
  1. Comunicar a todo tipo de audiencias (especializadas o no) de manera clara y precisa conocimientos, metodología, ideas, problemas y soluciones en el ámbito de la logopedia.

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UNIDAD 1. CONCEPTOS GENERALES   

Tema 1. Introducción a la ética y a la bioética 

1.1 Introducción a la bioética 

1.2 Ética/ Bioética / Derecho/ Deontología / Moral

1.3 Evolución y fundamentación de la bioética 

1.4 Ámbitos de interés en la bioética: Introducción 

 

UNIDAD 2. ASPECTOS ÉTICO-LEGALES 

Tema 2. Leyes relacionadas con sanidad 

2.1 Leyes: Documentos vinculantes

       2.1.1 Ley General de Sanidad.  

       2.1.2 Ley sobre los derechos de información concerniente la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica.  

       2.1.3 Ley sobre la protección de datos personales 

       2.1.4 Ley de ordenación de las profesiones sanitarias en Cataluña  

       2.1.5Código penal

       2.1.6 Otras leyes: trasplante de órganos, biomédica, medicamento, ensayos clínicos, reproducción asistida, embriones, dependencia, eutanasia, etc. 

Tema 3. Logopedia y aspectos ético-legales 

3.1 Responsabilidad civil y penal en logopedia 

3.2 Protección de datos en la actividad del logopeda 

3.3 Intrusismo y límites profesionales 

 

UNIDAD 3. ASPECTOS ÉTICOS PRÁCTICOS

Tema 4. Ética y profesión: deontología

4.1 Consejo General de Colegios de Logopedas 

4.2 Colegio de Logopedas  

      4.2.1 Código deontológico de logopedia 

4.3 Carta de derechos y deberes de la ciudadanía

 Tema 5. Práctica clínica y aspectos relacionados con los pacientes 

5.1 Procedimientos de decisión en ética clínica

      5.1.1 Principialismo

      5.1.2 Consecuencialismo

      5.1.3 Otros métodos

      5.1.4 Toma de decisiones compartida

5.2 Conceptos clave

      5.2.1 Autonomía/consentimiento por substitución

      5.2.2 Capacidad/competencia 

      5.2.3 Consentimiento informado

     5.2.4 Calidad de vida

     5.2.5 Confidencialidad/intimidad

5.3 Casos clínicos

5.4 Comités de ética asistencial (CEA)  

5.5 Comités de investigación ética y del medicamento (CEIM)

Amunt

Amunt

Para el estudio de la asignatura y la realización de las diferentes actividades, se dispondrá de las herramientas y materiales siguientes:

Bioeticaweb (2004). Código de Nuremberg. Recuperat de https://www.bioeticaweb.com/casdigo-de-nuremberg/ 

Casado, María (Coord.) (1996). Materiales de bioética y derecho. Barcelona: Cedecs, 1996. 

Col·legi de Logopedes de Catalunya (2003). Codi d'ètica professional. Recuperat de https://www.clc.cat/pdf/codi-etic-del-clc/codi_etic_ca.pdf 

Coll, M., i Salicrú, J. (Dir.) (2020, maig 4). Valors a l'alça [Vídeo]. Recuperat de https://www.bioeticayderecho.ub.edu/ca/maria-casado-parla-sobre-el-concepte-bioetica-en-el-programa-de-la-xarxa-valors-lalca 

Comitè de Bioètica de Catalunya (2003). Guia de recomanacions sobre el consentiment informat. Recuperat de https://hdl.handle.net/11351/2207 

Consejo General de Colegios de Logopedas (2014). Recuperat de: https://www.consejologopedas.com/ 

Fundació Víctor Grífols i Lucas (2015). Fundació Víctor Grífols i Lucas. Recuperat de: https://www.fundaciogrifols.org/ca/web/fundacio/home# 

Futuro de la bioética. (2001). Dins F. Abel. Bioética: orígenes, presente y futuro (pp. 195-199). Madrid: Institut Borja de Bioètica: Fundació Mapfre Medicina

García, M. (1999). Planteamiento general de la bioética. Dins A. Couceiro (Ed.). Bioética para clínicos. Madrid: Triacastela

Generalitat de Catalunya (2020). Comitè de Bioètica de Catalunya. Recuperat de: https://canalsalut.gencat.cat/ca/sistema-de-salut/el-sistema-de-salut-de-catalunya/ambits-dactuacio/comite-de-bioetica-de-catalunya/ 

Generalitat de Catalunya, Departament de Salut i Termcat (2019). Diccionari de bioètica. Recuperat de  https://www.termcat.cat/ca/diccionaris-en-linia/271/presentacio 

Gerència d'Atenció Ciutadana del CatSalut (Coord.) (2015). Carta de drets i deures dels ciutadans en relació amb la salut i l'atencio sanitària. Recuperat de: https://catsalut.gencat.cat/web/.content/minisite/catsalut/ciutadania/drets-deures/carta-drets-deures.pdf

Historia de la bioética (2020, juliol 24). Dins Bioeticawiki. Recuperat de https://www.bioeticawiki.com/Historia_de_la_Bio%C3%A9tica 

Instrumento de Ratificación del Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina), hecho en Oviedo el 4 de abril de 1997. Boletín oficial del Estado, núm 251 § 20638 (1999, octubre 20). Recuperat de https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-20638 

Jewish Learning Institute (2013). Life in the balance: the case of Nancy Cruzan's. Recuperat de https://www.youtube.com/watch?v=mZO2te-sv3g  

Junta de Andalucía, Consejería de Salud (2019). Derechos y deberes de los ciudadanos en servicios sanitarios públicos de Andalucía. Recuperat de https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/sites/default/files/sincfiles/wsas-media-mediafile_sasdocumento/2019/SAS_DyD_ES.pdf 

Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Boletín oficial del Estado, núm. 102 § 10499, (1986, abril 29). Recuperat de https://www.boe.es/buscar/pdf/1986/BOE-A-1986-10499-consolidado.pdf 

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal. Boletín oficial del Estado, núm. 281 § 25444 (1995, novembre 24).  Recuperat de
https://www.boe.es/buscar/pdf/1995/BOE-A-1995-25444-consolidado.pdf

Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Boletín oficial del Estado, núm. 274 § 22188 (2002, novembre 15). Recuperat de https://www.boe.es/eli/es/l/2002/11/14/41/con 

Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Boletín oficial del Estado, núm. 280 § 21340 (2003, novembre 22). Recuperat de https://www.boe.es/buscar/pdf/2003/BOE-A-2003-21340-consolidado.pdf 

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Boletín oficial del Estado, núm. 294 § 16673 (2018, desembre 6).  Recuperat de https://www.boe.es/eli/es/lo/2018/12/05/3 

Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. Boletín oficial del Estado, núm. 72 § 4628 (2021, març 25).  Recuperat de
https://www.boe.es/eli/es/lo/2021/03/24/3

Los orígenes de la bioética. (2001). Dins F. Abel. Bioética: orígenes, presente y futuro (pp. 25-44). Madrid: Institut Borja de Bioètica: Fundació Mapfre Medicina

Los grandes capítulos abiertos de la bioética. (2001). Dins F. Abel. Bioética: orígenes, presente y futuro (pp. 127-137). Madrid: Institut Borja de Bioètica: Fundació Mapfre Medicina

National Commission for the Protection of Human Subjects of Biomedical and Behavioral Research (1979). Informe Belmont: principios y guías éticas para la protección de los sujetos humanos de investigación. Recuperat de https://www.bioeticayderecho.ub.edu/archivos/norm/InformeBelmont.pdf 

Oriol-Peregrina, N. (2020). Discernir sobre disfàgia. Bioètica & debat, 26(88), 20-23 (article orientatiu).

Pellegrino, E. (1999). La metamorfosis de la ética médica: una mirada retrospectiva a los últimos treinta años. Dins A. Couceiro (Ed.). Bioética para clínicos. Madrid: Triacastela

Schnabel, J. (Dir.) (2007). La escafandra y la mariposa [DVD]. Paris: Pathé Renn Production

Una visión de conjunto. (2001). Dins F. Abel. Bioética: orígenes, presente y futuro (pp. 11-27). Madrid: Institut Borja de Bioètica: Fundació Mapfre Medicina

Universidad del Desarrollo, Facultad de Medicina i Instituto de Ciencias e Innovación en Medicina (2020). Centro de bioética. Recuperat de https://medicina.udd.cl/centro-bioetica/ 

Universitat de Barcelona (2020). Observatori de Bioètica i Dret. Recuperat de: https://www.bioeticayderecho.ub.edu/ca 

Universitat Ramon Llull (2020). Institut Borja de Bioètica. Recuperat de: https://www.ibbioetica.org/es/#&panell1-2 

Amunt

El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal de cada estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de los ejercicios realizados.

La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; el intento fraudulento de obtener un resultado académico mejor; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o la utilización de material o dispositivos no autorizados durante la evaluación, entre otras, son conductas irregulares que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves.

Por un lado, si se detecta alguna de estas conductas irregulares, puede comportar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables que se definan en el plan docente - incluidas las pruebas finales - o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales o dispositivos no autorizados durante las pruebas, como redes sociales o buscadores de información en internet, porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas del resto de estudiantes, etc.) sin la correspondiente citación, o porque se ha practicado cualquier otra conducta irregular.

Por el otro, y de acuerdo con las normativas académicas, las conductas irregulares en la evaluación, además de comportar el suspenso de la asignatura, pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda.

La UOC se reserva la potestad de solicitar al estudiante que se identifique o que acredite la autoría de su trabajo a lo largo de todo el proceso de evaluación por los medios que establezca la universidad (síncronos o asíncronos). A estos efectos, la UOC puede exigir al estudiante el uso de un micrófono, una cámara u otras herramientas durante la evaluación y que este se asegure de que funcionan correctamente.

La verificación de los conocimientos para garantizar la autoría de la prueba no implicará en ningún caso una segunda evaluación.

Amunt

Para aprobar la asignatura tienes que superar la evaluación continua (EC) y realizar una prueba de síntesis (PS).

La calificación final (CF) de la asignatura se calcula de acuerdo con lo siguiente:

  • Si superas la EC y en la prueba de síntesis obtienes la nota mínima necesaria, la nota final se ponderará de acuerdo con los valores establecidos en el plan docente.
  • Si superas la EC pero no obtienes la nota mínima necesaria en la prueba de síntesis, la nota final será la calificación numérica obtenida en la PS.
  • Si superas la EC y no te presentas a la prueba de síntesis, la nota final será suspenso (2).
  • Si no superas la EC, la nota final será la nota de la EC.
  • Si no te presentas a la EC, la nota final será un No presentado.

 

Amunt