A la VEGAP se le paga una cantidad por cada obra que se reproduzca en el catálogo y no es necesario firmar ningún contrato, ya que la factura emitida por esta entidad de gestión cumple esta función.
Marta debe firmar un contrato con el fotógrafo, los traductores y los autores de los textos. En cada caso se han de especificar las características de cada tipo de obra.
Este catálogo, en el que participan varios autores, puede entenderse por la entidad que organiza la exposición como una obra colectiva (artículo 8 de la LPI). Pero lo más sencillo es considerar que un catálogo no es un libro ordinario: se suele hacer una edición limitada para cubrir las necesidades de la exposición y no se tiene intención de hacer muchas ediciones si tiene éxito. Por lo tanto, lo mejor es redactar un contrato de cesión de derechos de edición para cada obra que estipule que se podrán imprimir hasta 20.000 ejemplares, el número que se cree que cubrirá las expectativas de venta, número que el editor podrá editar en las impresiones que crea oportunas.
El contrato también debe contemplar que la exposición pueda exhibirse en otras ciudades, lo que implicaría que pudieran editarse más ejemplares.
Con este criterio, Marta estipulará un precio para cada texto, con el número de páginas fijado en el encargo. La traducción se paga a precio fijo, según las páginas traducidas, a tanto la página. Por lo que respecta a los fotógrafos, Marta pactará un precio por cada fotografía reproducida, teniendo en cuenta las que se imprimirán en el cartel de la exposición y en los folletos.