Para que la contabilidad pueda llegar a informar de una manera que sea fácilmente interpretable por cualquier usuario, se necesita fijar un sistema de normas que sean obligatorias para todas las empresas. Se entiende, en este sentido, que la planificación o normalización contable es el conjunto de normas y principios a los que debe ajustarse la información financiera que emiten todas las empresas. Se intenta así lograr una homogeneidad que permita a todos los usuarios interpretar la información de una empresa y compararla con la de otras empresas o con la de otros periodos de la misma empresa.
Como es natural, estos principios y criterios básicos no pueden ser arbitrarios para cada empresa, sino que deben ser establecidos por un órgano supraempresarial. En los países de tradición anglosajona, esta normalización es promovida por organizaciones de expertos contables. En otros países, sin embargo, esta tarea corresponde a organismos oficiales (como es el caso de España o Francia). En España, la entidad encargada de promover esta normalización es el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), organismo que depende del Ministerio de Economía y Hacienda.
En España, la norma básica que regula el proceso de elaboración y comunicación contable es el Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por RD 1643 / 1990 de 20 de diciembre. En el momento de su promulgación, este texto respondía a la necesidad de ajustar la legislación contable española a las disposiciones comunitarias que se habían hecho obligatorias con la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea (CEE) el 1 de enero de 1986. Se pretendía, de este modo, que la información que facilitaran las empresas españolas siguiendo el nuevo plan fuera fácilmente comparable con la que suministraban las empresas de los demás Estados miembros de la CEE.
Aunque el objetivo de este material no es revisar cada una de las partes del PGC, sí que conviene prestar cierta atención a dos de ellas, que condicionan en buena medida el contenido y las limitaciones de los estados contables.
La cuarta parte del PGC está dedicada a las normas de valoración, que son aplicables para los elementos del activo y del pasivo. Según estas normas, las partidas del balance se valorarán, con carácter general, al coste histórico o precio de adquisición, es decir, al coste vigente en el momento en el que la partida se incorporó al balance. Esta opción concreta y arbitraria impide aplicar otros procedimientos de valoración que podrían parecer más adecuados a efectos del análisis, como el valor de mercado o el valor de reposición. Precisamente, una de las mayores críticas que ha recibido el balance se refiere a esta limitación para reflejar los valores actuales de las partidas que lo componen.
Otra de las partes del PGC que ha tenido gran influencia es la dedicada a los principios contables. Estos principios son las normas generales y fundamentales que rigen el proceso contable. Por no extendernos más de lo estrictamente necesario, nos limitamos a mencionar los tres principios que tienen una mayor repercusión en las características de nuestra contabilidad:
- El principio de prudencia: obliga a contabilizar los beneficios sólo cuando estén ya realizados (sean ciertos), mientras que los riesgos y pérdidas deberán contabilizarse tan pronto como sean conocidos. Éste es el principio que subyace a conceptos tan importantes como los de amortización y depreciación.
- El principio del precio de adquisición: obliga a contabilizar todos los bienes y derechos por su precio de adquisición o coste de producción (y no por su valor de mercado, de reposición, o cualquier otro), y a anotar las obligaciones por su valor de reembolso.
- El principio del devengo: establece que la imputación de los ingresos y los gastos, a efectos de determinar los resultados, deberá realizarse en función de la corriente real de bienes y servicios (es decir, en el momento en que tiene lugar la compra o la venta), con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria derivada de ellos (no en el momento en el que se realice el pago o el cobro).
|
 |
|
El principio del precio de adquisición implica que todos los bienes que aparecen en el activo del balance están valorados al precio al que fueron comprados o al coste que supuso fabricarlos. Aunque este criterio tiene ventajas como la sencillez y la seguridad, impone limitaciones muy serias al valor informativo del documento, que es incapaz de comunicar cuál es el valor de venta o de reposición que tendría ese bien.
|
|
 |
|
 |
|
El principio del devengo, por su parte, determina que la cuenta de resultados atienda a los conceptos contables de gasto e ingreso, que son en algunos casos fácilmente manipulables (ya que pueden depender de estimaciones arbitrarias) y que no siempre se corresponden con pagos y cobros.
|
|
 |