Gobierno abierto, participación ciudadana e innovación política

Índice
1.Introducción al Gobierno abierto
1.1.Los principios del Gobierno abierto
1.2.La democracia digital
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Acceso a la información municipal, consulta de documentos.
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Voto electrónico.
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Voto en línea.
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Consulta digital.
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Creación de debates públicos.
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Reserva de espacio para el consejo de vecinos.
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Recogida de quejas y sugerencias.
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Apertura de los consejos municipales a toda la ciudadanía.
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Comunicación con los políticos.
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Puntos de acceso público a Internet, en barrios y municipios de bajo nivel económico y cultural, preferentemente situados en centros sociales o culturales (todo el mundo debe tener acceso a la Red a menos de 500 m, como en Brest, Francia).
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Programas locales de venta a bajo coste o a precio simbólico de ordenadores a todas las familias y de monitoreo para adultos (como por ejemplo, entre otros, Bolonia).
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Equipamiento de ordenadores en todas las escuelas y centros culturales o bibliotecas barriales.
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Creación de una intranet que conecte a toda la población de un barrio o comarca (como por ejemplo en Callús, provincia de Barcelona).
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Acceso de todos los territorios a la banda ancha, que debe considerarse un servicio de interés general, independiente de la rentabilidad económica de la red (es indispensable para usos no mercantiles como el funcionamiento de redes ciudadanas, acceso a la información y documentación, etc.).
2.La participación ciudadana
2.1.La participación ciudadana: preguntas y respuestas para un debate abierto
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El debate sobre la representación mediante elecciones y sobre el monopolio o no de los partidos políticos como mediadores de la participación política.
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El debate sobre los procedimientos de toma de decisiones: la votación (agregación serial de decisiones individuales), la negociación (entre actores políticos formales y no formales que resuelven en función del mercadeo y la relación de fuerzas) y la deliberación (confrontación en foros públicos mediante argumentaciones racionales).
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El debate sobre el papel de la democracia deliberativa, que parece que pudiera resolver la confrontación excluyente entre democracia representativa y democracia directa. La deliberación como proceso en el que participan todos los actores interesados y que es previa a la decisión formal parece una fórmula viable en la gestión urbana actual, y que comparten distintos sistemas o procedimientos como el planeamiento estratégico y el presupuesto participativo, o los comités ciudadanos (o NIP) y el uso deliberante de las consultas populares. Como se ha visto anteriormente, concedemos gran importancia a la participación entendida como proceso deliberativo, como ocurre por ejemplo en los planes estratégicos o en los presupuestos participativos si se han llevado a cabo correctamente.
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El debate sobre el valor de la democracia directa o autogestionaria como alternativa o complemento de la democracia representativa seguirá de todos modos. Mientras unos discuten su legitimidad, al no proceder sus protagonistas del sufragio universal y por el caos que podría provocar en sociedades complejas como las actuales una gestión sin competencia profesional ni sometida a marcos legales y políticos coherentes, otros critican el carácter oligárquico de la representación partidaria vía elecciones y la legitimidad de los directamente interesados en gestionar aquello que les afecta directamente.
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El debate sobre la democracia delegativa, que parece una forma de tecnocracia democratizada, mediante la cual la sociedad civil cede la decisión a representantes legitimados por su autoridad (técnica, económica, social). Esta cesión normalmente surge de un proceso participativo previo por medio del cual las instituciones competentes (un parlamento estatal o regional, un Gobierno) hacen una consulta a entidades de la sociedad civil para designar a los miembros de organismos que requieren un alto grado de credibilidad profesional y de independencia política: instituto electoral, consejo del audiovisual, defensor del pueblo, etc. Recientemente, se ha observado una tendencia a multiplicar este tipo de organismos como resultado de la mayor complejidad social y también de la insuficiente credibilidad de los partidos políticos. En algunos casos, son entes relativamente nuevos como los consejos de la inmigración o de las minorías étnicas o religiosas, o las juntas de defensa de consumidores y usuarios, o el consejo de la energía o el tribunal fiscal (para atender denuncias de los contribuyentes). En otros casos, se trata de entes de la sociedad civil a los que desde hace tiempo se han atribuido funciones públicas como las cámaras de comercio y colegios profesionales, consejos económico-sociales, etc. Estos organismos pueden ejercer una cuota de poder político (legislativo, ejecutivo o judicial) y tener una composición mixta (representantes de las instituciones políticas y de la sociedad civil) o proceder exclusivamente de la sociedad civil aunque la institución política haya intervenido en su composición (casi siempre mediante voto cualificado).
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El debate sobre la privatización de servicios y funciones de naturaleza pública y de vocación universal, y sobre las formas y los procedimientos para garantizar la participación de los ciudadanos en la orientación de las políticas y en el control de la gestión. Parece el caso más difícil de resolver, debido a que la privatización supone aceptar la lógica empresarial guiada por la ley del mercado, interpretada según el principio de maximización de la rentabilidad económica, en perjuicio de la eficacia social y de la justicia redistributiva. De todos modos, las condiciones de la privatización pueden establecer mecanismos de control que garanticen el cumplimiento de los objetivos sociales que se hubieran establecido en el pliego de condiciones.
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El debate sobre los síndicos o defensores del ciudadano y sobre los mediadores y jueces de conciliación y arbitraje como procedimientos para acercar la democracia representativa o delegativa de los colectivos sociales y de los ciudadanos individuales.
2.2.Instrumentos de participación
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Consejos de base territorial (por ejemplo, consejo económico-social, consejo de bienestar social, consejo de entidades, etc.).
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Consejos sectoriales (por ejemplo, consejo escolar, de transportes, de urbanismo, de seguridad humana, de jóvenes, de mujer, de inmigración, etc.).
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Consejos ciudadanos (ciudadanos elegidos de manera aleatoria).
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Foros temáticos o mesas (por ejemplo, energía, transporte público, etc.).
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Encuestas deliberativas.
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Agendas 21 (del medio ambiente, de derechos culturales, programa educativo de ciudad, etc.).
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Talleres prospectivos y observatorios.
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Planes o programas de actuación municipal.
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Planes de urbanismo.
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Planes estratégicos.
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Planes comunitarios (o integrales).
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Presupuestos participativos.
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Consulta popular.
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Iniciativa ciudadana.
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Autogestión o partenariado de programas, proyectos, equipamientos o servicios públicos.
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El derecho de petición, sugerencias y quejas.
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El derecho a la participación en las audiencias públicas.
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El derecho a la recepción de información y comunicación municipal.
3.Innovación política
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Priorizar siempre la información, la comunicación y el diálogo para elaborar los programas y los modos de gestión de actividades y servicios, regular el funcionamiento teniendo en cuenta las demandas expresadas y evaluar sus resultados periódicamente.
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Definir objetivos y dar sentido a lo que se propone y se lleva a cabo, asumir y explicitar los valores que orientan los programas y proyectos, garantizar su valor informativo y formativo, "educativo" en el sentido de enseñar a pensar, a hacer, a participar.
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No temer los conflictos, hacerlos emerger, dar medios para que se expresen las demandas más variadas y los colectivos más vulnerables, débiles o marginales, no reducir la participación a los sectores más organizados.
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Rehacer progresivamente los programas de actuación municipal, la estructura de presupuestos, la organización de los servicios y las formas de gestión en función de la evaluación social participativa.
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Utilizar las TIC sin mitificarlas y sin prescindir de los procesos deliberativos que reclaman momentos fuertes de debate público real y no sólo virtual.
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El poder local-regional. La otra cara de la globalización en el plano político. El fin del mito del "estado-nación" como aparato de poder monopolista, no sólo por la necesaria construcción de poderes reguladores supraestatales, sino también por la revalorización o emergencia de poderes territoriales, de proximidad. El poder local-regional necesita articularse internamente para aparecer como un bloque negociador frente al Estado y los entes supraestatales. Las relaciones entre poderes políticos tenderán a la contractualización más que a la compartimentación, a la negociación más que a la jerarquía. Los poderes políticos se organizarán en red.
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Las nuevas realidades urbanas (aglomeración, región metropolitana, etc.) requieren una reestructuración territorial. Sin embargo, es discutible que esto deba llevarse a cabo creando nuevas instituciones que se añadan a las existentes (inflación costosa y burocrática) o las sustituyan (resistencias casi invencibles). Parece más adecuado plantear la reestructuración a partir de los flujos entre las instituciones básicas existentes (en España los municipios y comunidades autónomas, en América Latina los municipios y provincias, regiones o "estados"). En otras palabras, reforzar redes de cooperación entre las instituciones básicas y generar una dinámica de reforzamiento de los elementos nodales resultantes (véase modelos recientes de Francia y Reino Unido).
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Más autonomía local y menos uniformismo político-administrativo. Las legislaciones estatales necesitan una poda radical. Sobre la base de respeto de unos principios básicos, los entes locales y regionales deben poder autorregularse. No se justifica que exista una regulación estatal del sistema electoral y del modelo organizativo. Por ejemplo, si se respeta el principio del sufragio universal, los municipios deben poder decidir si eligen alcalde directamente o no y a los concejales por distrito o por circunscripción única. En cambio, deberán reforzarse los procedimientos de evaluación a posteriori para verificar si se cumplen los objetivos y los acuerdos contractuales, así como las políticas regionales o estatales impulsoras de los procesos de reestructuración territorial (punto anterior).
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Los Gobiernos locales y territoriales deberán asumir su relación de cooperación conflictiva con los Estados y plantearse estrategias de conquista de competencias y recursos que ahora requieren y no tienen. Por lo tanto, han de ser capaces de moverse en campos de confrontación que tensionen los marcos legales. Recuperar suelos para el desarrollo urbano, implantar nuevas formas de justicia, gestionar programas territoriales complejos, promover la participación y la igualdad de la población "no nacional", etc. exigirá combinar la negociación con los hechos consumados.
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La participación política y la relación partidos políticos-ciudadanos en el ámbito local y regional no puede ser una simple transposición de los modelos vigentes a escala estatal –por otra parte, hoy en crisis en cuanto a identificación cultural y credibilidad social. Sería deseable que en las elecciones locales se formaran agrupaciones o coaliciones específicas, con vocación de continuidad, a las que los partidos "estatales" apoyaran en mayor o menor grado, pero que no dependieran de ellos. No es posible negociar o confrontarse si los Gobiernos locales tienen al frente personas dependientes políticamente de los estatales. El marco local es el más adecuado por otra parte para innovar en la relación partidos-ciudadanos: listas abiertas, primarias, consultas populares, voto programático, etc.
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Las formas de democracia participativa y deliberativa encuentran en el ámbito local el campo de experimentación y desarrollo más apropiado (lo que explica el éxito de Porto Alegre). El presupuesto participativo, los consejos ciudadanos, la evaluación de las políticas públicas mediante consultas a los ciudadanos, la diversidad de formas de gestión y cooperación en los programas urbanísticos y sociales, la gestión local de las redes de comunicación (intranets) son algunos de los ejemplos de esto más vistosos experimentados con éxito.
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Las actuales tecnologías de comunicación de base digital revolucionan las formas de gestión y participación en todos los campos, tanto en las relaciones internas de las administraciones como entre ellas y los ciudadanos. La ventanilla única, la consulta permanente a los ciudadanos mediante intranet, la "personalización" de los servicios públicos (por ejemplo, transporte a la demanda), etc. aumentan considerablemente la fluidez de la relación entre Gobierno local y ciudadanía, tanto en los procesos previos a la decisión como en la gestión posterior. Pero no sólo la Administración se organiza en red, también la ciudadanía. A las radios y televisiones locales se añaden las redes ciudadanas y hoy debiera ser una ardiente obligación de los poderes locales favorecerlas, garantizar a todos los accesos a intranet y a Internet, no sólo mejorar la relación Administración-ciudadanía, sino también entre los ciudadanos, no sólo prestar mejor los servicios, sino responder a nuevas demandas. La democracia, la participación, la oposición, etc. hoy se escriben también con la e de e-gobernabilidad.
3.1.Autonomía política local y capacidad innovadora
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El sistema electoral. Se pueden promover "primarias" aunque no estén previstas legalmente, organizar elecciones entre los colectivos inmigrantes y hacer que participen en los órganos municipales, designar al frente de los entes descentralizados a los elegidos en el territorio o mediante una consulta popular ad hoc, etc.
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El ejercicio de competencias no previstas por la ley y que corresponden al Estado. Por ejemplo, crear fundaciones para promover la proyección exterior si esta actividad no se considera competencia local; o forzar la coordinación de jueces y policías con la alcaldía convocando reuniones informativas; o realizar acuerdos con entidades privadas para generar actividades económicas innovadoras o una banca de capital riesgo; etc.
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La organización política y administrativa municipal. Aunque la legislación estatal sea uniformista e imponga corsés rígidos a la organización política municipal, no existe inconveniente legal alguno en promover organismos de facto que deliberen en otros marcos y con más amplia participación asumiendo luego los acuerdos en el ámbito institucional correspondiente. La organización administrativa se transforma constantemente mediante las formas de gestión indirecta o la creación de entes autónomos.
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La creación y gestión de medios de comunicación locales, el cableado y en general todo lo que hace referencia a las TIC y al acceso público a éstas. Se trata de un campo nuevo y los usos derivados de iniciativas audaces pueden ser generadores normativos.
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La igualdad político-jurídica de todos los residentes en el municipio (especialmente en relación con los inmigrantes "no comunitarios" con o sin residencia "legal"). Es un escándalo moral y un fraude a la democracia la existencia de sectores relativamente amplios de población arraigada en el lugar, que trabaja, paga impuestos, crea familias, está sometida a las normas de la sociedad en la que vive y no dispone de derechos ciudadanos básicos como el de votar y ser elegido, el de practicar la religión en la que ha nacido o por la que ha optado en conciencia y el de que se respeten sus pautas culturales siempre que no atenten a derechos humanos de las personas.
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El uso de los instrumentos de democracia directa, como el referendo y la consulta popular. Son instrumentos que en muchos marcos legales no están previstos o que están regulados muy restrictivamente o a veces prohibidos. Pero existen muchas formas de superar estos inconvenientes si existe voluntad política de consulta a la población como encuestas masivas, asambleas en barrios y manzanas, consultas telefónicas o electrónicas, cartas dirigidas a todos los ciudadanos y a todas las redes asociativas, etc. Sin embargo, incluso cuando el marco legal lo permite, las autoridades locales son bastante reacias a promover la expresión individual o colectiva de la población.
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La gestión de las infraestructuras y los equipamientos (de transportes y comunicación, culturales y deportivos, etc.). Entre la gestión pública y la privada existen otros modos de gestión, como, por ejemplo, la "gestión cívica", aplicable a equipamientos e instalaciones de naturaleza muy diferentes; los aeropuertos (gestionados en su totalidad o con su participación por cámaras de comercio, consorcios turísticos, etc.); los viveros de empresas (con participación de sindicatos, departamentos universitarios, organizaciones profesionales), o los centros cívicos o socioculturales (de gestión participativa en muchos casos por parte de asociaciones vecinales, culturales, de jóvenes, etc.).
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El planeamiento del territorio y la ejecución del urbanismo. La participación en el planeamiento se ha reducido casi siempre en los textos legales a la información antes de la aprobación definitiva del plan y a la presentación de alegaciones por parte de personas físicas o jurídicas interesadas. La multiplicidad de intereses que en la actualidad está en juego y la diversidad de demandas sociales han convertido en un anacronismo este tipo de participación. En algunos textos legales se impone que los planes incluyan memorias complementarias como la social, la ambiental y la participativa, de igual rango que la jurídica y la financiera. En otros casos se innova mediante nuevos modos de información como el uso de las maquetas, de programas de ordenador que permitan simulaciones y propuestas por parte de los visitantes, reuniones descentralizadas para debatir los avances del planeamiento y las alternativas, etc. Ejemplifica la necesidad de dar respuestas innovadoras basadas en mecanismos que permitan recoger la diversidad de intereses y de demandas el auge del planeamiento estratégico en Europa y en América, la obligatoriedad de realizar procesos deliberativos con amplia participación si se solicita la cofinanciación de proyectos por parte del Estado, el presupuesto participativo (un modo de ejecutar el planeamiento vigente), etc.
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La protección de los derechos de los ciudadanos como usuarios y consumidores. La dependencia de los ciudadanos usuarios y consumidores respecto a las empresas (públicas o privadas) prestadoras de servicios básicos (agua, telefonía, energía, transportes, etc.) y frente a los proveedores del sector comercial se traduce casi siempre en impotencia frente a los actos lesivos y abusivos de estos actores de la vida urbana. El ciudadano necesita ser defendido y la autoridad más próxima, la local, es la que mejor puede hacerlo, incluso frente a sus propios actos injustos, abusivos o negligentes. Por ello, y sin necesidad de que el marco legal estableciera su obligatoriedad, en muchas ciudades se han creado oficinas de asesoría y apoyo al consumidor, jueces municipales que resuelven reclamaciones por la vía de la conciliación o arbitraje entre empresas de servicios y ciudadanos, organismos independientes (como el "defensor del ciudadano" u ombdusman local) que atienden las quejas respecto a las autoridades locales, etc.
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El desarrollo del asociacionismo y de las redes ciudadanas. En este caso la capacidad de innovar depende exclusivamente de la voluntad o imaginación política y de los recursos que se puedan movilizar. Los gobernantes tienden a considerar la relación con las entidades y los colectivos como una carga, en el mejor de los casos como un derecho de los ciudadanos que se ha de soportar. En realidad, deberían ser los más interesados en poder dialogar y confrontarse con los ciudadanos organizados o expresándose en colectivo, pues es un capital social extraordinario. Sin la información y la cooperación que puede proporcionar la ciudadanía es casi imposible desarrollar políticas públicas locales eficaces. Y debe considerarse un deber básico de los Gobiernos democráticos favorecer el asociacionismo, propiciar la vida colectiva y especialmente promover la expresión de las demandas de los sectores más vulnerables, débiles o marginales.
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El reconocimiento del derecho a la iniciativa ciudadana, es decir, reconocer que los ciudadanos pueden promover y proponer planes, programas, normas, medidas específicas, actuaciones en general a las administraciones públicas es la otra cara de la participación promovida por las instituciones. Instrumentos como los ya citados planes estratégicos, presupuestos participativos, consejos ciudadanos, etc. pueden ser también la ocasión en la que se expresen las demandas ciudadanas. Pero existen otras vías como la consulta popular, una forma específica de iniciativa, o el derecho a presentar una propuesta que deba recibir respuesta motivada del órgano competente y en algunos casos sea objeto de debate público (por ejemplo, en el seno de la Asamblea municipal o del Consejo del ente descentralizado).
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La seguridad ciudadana, la regulación de la convivencia y la justicia local. En este caso, a diferencia del anterior, el marco legal con frecuencia impone grandes limitaciones a la iniciativa local. Sin embargo, se pueden "inventar" modos de justicia de proximidad, aunque sea solamente del tipo de mediación, conciliación y arbitraje, o faltas cuya sanción corresponda al Gobierno local. En muchas ciudades existe una policía local, ciudadana, de proximidad, educada para servir al ciudadano, pero en otras la policía puede ser un factor más de inseguridad. Se han experimentado comités a escala de barrio en los que participan policía y jueces, gestores locales y representantes de colectivos ciudadanos para desarrollar políticas públicas de seguridad
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La iniciativa local destinada a modernizar la base económica urbana, atraer nuevas actividades y generar empleo. No ha sido históricamente una competencia propia de los Gobiernos locales, más orientados a garantizar las reglas y los servicios que aseguraran la "reproducción social", que la "producción social". En la actualidad se ha convertido en uno de los principales desafíos a los que se debe responder desde el ámbito local o regional. La globalización, al tiempo que ha alejado los centros de decisión públicos y privados de la actividad económica, ha hecho del espacio urbano-regional el ámbito en el cual se producen las sinergias que determinan la calidad de la oferta urbana, especialmente entre recursos humanos, capital fijo y nuevas iniciativas. En estos momentos no existe Gobierno local que no se plantee viveros de empresas y mecanismos de capital riesgo, eventos que promocionen la ciudad, gestiones para atraer inversiones, etc. Se trata de un campo en el que se progresa rápidamente por imitación unos de otros y en el que se tiende a confundir en ocasiones los "enclaves" globalizados con la modernización del conjunto de la economía y de la sociedad urbana, un error frecuente cuando se olvidan las actividades y los recursos propios del territorio, las tramas sociales y las habilidades existentes, las dinámicas de la población del lugar.
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La iniciativa cultural para reforzar el atractivo de la ciudad, su imagen y su identidad, atraer nuevos públicos. La oferta cultural y de ocio, la calidad del ambiente urbano, la animación del espacio público, los niveles de convivencia y tolerancia, la diversidad de la población, etc. contribuyen tanto al bienestar de la ciudadanía, como a hacer atractiva la ciudad. Esta oferta no es reducible a la organización de algunos eventos y a la creación de "zonas turísticas" convertidas en parques temáticos. El capital más importante de la ciudad son sus ciudadanos, las tramas y las relaciones sociales que se construyen y el ambiente que se respira. Y la iniciativa cultural no es una tarea exclusiva del Gobierno local pero sí que lo es actuar de promotor o facilitador para estimular las iniciativas sociales. En este campo no existen otras limitaciones que las que se deriven de los recursos económicos y de las voluntades políticas.
3.2.El Gobierno local, entre el Estado y la sociedad civil
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Casos en los que existe una regulación detallada que compete al Estado central (o, en países federales, puede ser competencia de los entes federativos, como los Estados en México o las provincias en Argentina). El sistema electoral, el modelo básico de organización política y administrativa, el estatuto de los ciudadanos (es decir, quiénes son sujetos de derechos) son casi siempre un marco jurídico que se impone con rigidez uniformista a los Gobiernos locales. La innovación en ocasiones puede encontrar fisuras en el marco legal o exigirá previamente plantear una modificación del mismo, a veces de carácter constitucional.
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Casos en que los Gobiernos locales pueden actuar, según su capacidad, en ámbitos escasamente regulados, como ocurre con frecuencia en las iniciativas económicas y culturales o la promoción de la participación y la vida asociativa. Es en este campo donde la alegalidad puede ser considerada una debilidad, pues no están previstos los medios y los procedimientos para actuar, pero también como una oportunidad, puesto que la experiencia demuestra que la imaginación social y la voluntad política pueden "inventarse" ámbitos de actuación exitosos.
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Casos en que existe una regulación que establece competencias compartidas o concurrentes entre el nivel local y los niveles superiores del Estado, como ocurre generalmente con el planeamiento, la gestión de las infraestructuras y grandes equipamientos, los medios de comunicación local, etc. En estos casos parece lógico que las funciones que se pueden ejercer mejor en la proximidad correspondan al Gobierno local, como: iniciativa planificadora y gestión de los planes, diseño de los proyectos que afectan directamente a la ciudad, control de ejecución de las obras, gestión de infraestructuras como puertos y aeropuertos, etc.