Introducción al Derecho

  • Marisa Iglesias Vila

    Profesora titular de Filosofía del Derecho de la Universidad Pompeu Fabra.

  • José Luis Pérez Triviño

    Profesor titular de Filosofía del Derecho de la Universidad Pompeu Fabra.

  • Neus Torbisco Casals

    Profesora titular de Filosofía del Derecho de la Universitat Pompeu Fabra.

  • David Martínez Zorrilla (coordinador)

    Profesor de Filosofía del Derecho de la Universitat Oberta de Catalunya. Profesor asociado de Filosofía del Derecho de la Universidad Pompeu Fabra.

XW08_73508_01141
Primera edición: septiembre 2008
© David Martínez Zorrilla, Marisa Iglesias Vila, José Luis Pérez Triviño, Neus Torbisco Casals
Todos los derechos reservados
© de esta edición, FUOC, 2008
Av. Tibidabo, 39-43, 08035 Barcelona
Diseño: Manel Andreu
Realización editorial: Eureca Media, SL
Ninguna parte de esta publicación, incluido el diseño general y la cubierta, puede ser copiada, reproducida, almacenada o transmitida de ninguna forma, ni por ningún medio, sea éste eléctrico, químico, mecánico, óptico, grabación, fotocopia, o cualquier otro, sin la previa autorización escrita de los titulares del copyright.

Introducción

Como sugiere el propio título, la asignatura Introducción al Derecho tiene un carácter general e introductorio. Ello es así, fundamentalmente, porque su objetivo no es explicar con detalle el contenido concreto de cierta rama o sector del ordenamiento jurídico (como puede ser el Derecho civil, el Derecho penal o el Derecho administrativo), sino más bien exponer aquellos elementos que son generales y comunes no sólo a las diferentes ramas de un mismo ordenamiento jurídico (como por ejemplo, el Derecho español), sino también comunes a los distintos ordenamientos jurídicos, y compartidos por todos ellos.
Tradicionalmente, la teoría general del Derecho ha centrado su atención en aquellos temas que podríamos llamar "estructurales" (qué elementos forman parte del Derecho, cuáles son sus características principales, cómo se relacionan entre sí, etc.). Aunque resulta innegable que un adecuado conocimiento de estos aspectos estructurales es fundamental para una correcta comprensión del Derecho y que su estudio está más que justificado, parece también que un acercamiento global e introductorio al fenómeno jurídico requiere asimismo prestar atención a otros aspectos, tales como las funciones que el Derecho desarrolla en la sociedad o las relaciones entre el sistema jurídico y otros conjuntos de normas, como las normas sociales y, sobre todo, las normas morales. Sólo de ese modo puede llegar a apreciarse la relevancia y el impacto que el Derecho tiene en sociedades tan complejas como las actuales.
Siguiendo la idea de que el objetivo básico de una asignatura jurídica introductoria es intentar que el estudiante consiga tener una adecuada comprensión y visión general del fenómeno jurídico, los materiales se han estructurado en cinco módulos distintos que abarcan diferentes perspectivas de análisis y de acercamiento al Derecho y que se complementan mutuamente.
El primer módulo, titulado "Funciones del Derecho", lleva a cabo un acercamiento al fenómeno jurídico desde una perspectiva funcional. Todas las sociedades que conocemos cuentan con algo que podemos calificar como "Derecho", lo que parece indicar que no se trata de algo que existe porque sí, sino que obedece a ciertas necesidades y objetivos comunes a todas las sociedades o grupos humanos organizados. Por ello, conviene saber qué razones explicarían o justificarían la existencia de un sistema jurídico, así como las funciones que éste desempeña en la sociedad, y en qué medida el Derecho contribuye a alcanzar sus objetivos y mediante qué instrumentos, técnicas o mecanismos lleva a cabo su tarea.
Los módulos segundo y tercero se centran en el análisis estructural del Derecho y, por ello, se corresponderían con el núcleo de lo que tradicionalmente se entiende por "teoría general del Derecho". Un acercamiento al Derecho en el contexto de unos estudios jurídicos exige un adecuado conocimiento de los elementos que componen el sistema jurídico, de su dinámica y de sus relaciones. El módulo segundo, titulado "Norma jurídica y sistema jurídico", aborda de manera introductoria, aunque también precisa y rigurosa (gracias al enorme desarrollo que en las últimas décadas ha experimentado la teoría general del Derecho de orientación analítica) aspectos como la tipología y las clases de normas, su estructura, las principales relaciones que se establecen entre los elementos que componen el sistema jurídico, la dinámica de los sistemas (introducción y eliminación de normas), etc. Por su parte, el módulo tercero, "Conceptos jurídicos básicos", expone y analiza aquellas nociones más generales que comparten las distintas ramas o sectores del ordenamiento jurídico, como por ejemplo las de "obligación jurídica", "derecho subjetivo" o "responsabilidad".
El módulo cuarto, titulado "Interpretación y aplicación del Derecho", aborda un ámbito que, aunque también comprendido tradicionalmente dentro de la teoría general del Derecho, no se refiere estrictamente a cuestiones estructurales de los sistemas jurídicos, sino más bien a lo que podríamos denominar como "el Derecho en acción". En efecto, el Derecho no se agota simplemente en la producción de normas, en la promulgación legislativa que añade (o elimina) nuevos elementos al sistema, sino que tales elementos son después interpretados por diferentes actores (abogados, funcionarios, jueces, juristas, etc.), algunos de ellos con capacidad de aplicarlos (básicamente jueces y funcionarios públicos) para resolver los conflictos que se plantean en casos concretos. Lejos de ser tareas mecánicas, la interpretación y aplicación de las normas jurídicas suscita una serie de dificultades y problemas específicos que merecen mucha atención, así como dan lugar a todo un ámbito de estudio que en los últimos años ha experimentado un auge espectacular: la argumentación jurídica.
Por último, el módulo quinto, llamado "Derecho y moral", abarca de manera muy breve e introductoria una serie de cuestiones que tradicionalmente se asocian al campo de la filosofía del Derecho, más que al de la teoría general. La perspectiva de análisis que aquí predomina no es ni la funcional ni la estructural, sino la valorativa. El Derecho es claramente un sistema de normas que pretende dirigir nuestro comportamiento, pero no es el único conjunto de normas que pretende hacerlo, dado que continuamente nos vemos también influidos por normas de otros tipos, como por ejemplo las normas sociales (de cortesía, urbanidad o buen comportamiento cívico) o las normas morales. Las conexiones entre el Derecho y la moral son innegables (es evidente que el contenido de muchas normas jurídicas y normas morales es indistinguible) y desde antiguo han centrado el interés de los teóricos y filósofos del Derecho, hasta el punto de que una de las discusiones principales en la historia del pensamiento jurídico ha sido la de determinar si realmente puede concebirse el Derecho como algo distinto y conceptualmente independiente de la moral, o si por el contrario, son dos ámbitos indisociables, en los que el carácter jurídico de una norma depende de consideraciones morales. Esta es una de las cuestiones a las que brevemente se refiere el módulo. Otras son el debate acerca de la legitimidad de la imposición de la moral mediante el Derecho, y las relaciones entre el Derecho y el ideal de justicia.
En conjunto, por tanto, se presenta aquí, de manera general e introductoria, una exposición multidimensional y multidisciplinar del Derecho, con el objetivo fundamental de que el estudiante obtenga una visión y comprensión global adecuada del fenómeno jurídico en nuestras sociedades.

Objetivos

  • Acercarse a las razones que justifican una aproximación funcional al fenómeno jurídico.

  • Analizar en profundidad las funciones que habitualmente se atribuyen al derecho desde diferentes perspectivas: control social (en las dos dimensiones fundamentales: regulativa e integradora), legitimación del poder, seguridad jurídica y justicia.

  • Examinar las diferentes técnicas para llevar a cabo la función de control social.

  • Reflexionar críticamente sobre la cuestión central de la necesidad y relevancia del derecho con el fin de cumplir con estas funciones.

  • Aproximarse a ciertas nociones básicas del lenguaje para una correcta comprensión de las normas y del Derecho en general.

  • Conocer y saber reconocer los distintos tipos de normas, su estructura y sus principales características, a fin de comprender su relevancia dentro del fenómeno jurídico.

  • Acercarse al estudio del Derecho como sistema, destacando las principales relaciones que existen dentro del sistema jurídico, sus características más sobresalientes, los posibles defectos formales que pueden aquejarlos, y los principales mecanismos de la dinámica jurídica.

  • Estudiar la noción de validez jurídica, los criterios de validez y sus conexiones con el concepto de aplicabilidad.

  • Conocer las características principales de los conceptos de personalidad jurídica, derecho subjetivo, deber jurídico y responsabilidad jurídica.

  • Reflexionar sobre las posibles relaciones que estos conceptos tienen entre sí y entender la problemática que enfrentan las teorías que deben tratar de dar un fundamento a estas nociones.

  • Comprender la importancia de estos conceptos para el estudio de cada rama del Derecho y para poder distinguir un ordenamiento jurídico de una simple estructura de poder.

  • Saber identificar ciertos problemas que puede provocar la necesidad de interpretar los enunciados jurídicos, en especial, los problemas de naturaleza lingüística.

  • Adquirir la competencia para utilizar los diferentes criterios o técnicas de interpretación más usuales entre los juristas, y especialmente, comprender a qué fines responde el uso de cada uno de ellos.

  • Adquirir la competencia para identificar cuándo se da una falacia en el razonamiento jurídico.

  • Presentar la discusión acerca de la conexión entre el Derecho y la moral.

  • Conocer las distintas posturas y argumentos relacionados con la cuestión de la imposición de la moral por medio del Derecho y la discusión sobre las teorías de la justicia.

Contenidos

Bibliografía

Alchourrón, C. E.; Bulygin, E. (1971). Normative Systems. Nueva York/Viena: Springer Verlag. Trad. cast. (1975). Introducción a la metodología de las ciencias jurídicas y sociales. Buenos Aires: Astrea.
Alchourrón, C. E.; Bulygin, E. (1976). "Sobre el concepto de orden jurídico". En: C. E. Alchourrón; E. Bulygin (1991). Análisis lógico y derecho(págs. 393-407). Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Alexy, R. (1986). Theorie der Grundrechte, Fráncfort: Suhrkamp. Trad. cast. (1993). Teoría de los derechos fundamentales. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Alexy, R. (1989). Teoría de la argumentación jurídica. La teoría del discurso racional como teoría de la fundamentación jurídica. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Alexy, R. (2000). "Derecho injusto, retroactividad, y principio de legalidad penal".Doxa(núm. 23).
Alexy, R. (2002). "Epílogo a laTeoría de los derechos fundamentales".Revista Española de Derecho Constitucional(núm. 66, págs. 13-64).
Alexy, R.(2003a). "Constitutional Rights, Balancing, and Rationality".Ratio Iuris(vol. 2, núm. 16, págs. 131-140).
Alexy, R.(2003b). "On balancing and subsumption. A Structural Comparison". En :Ratio Iuris(vol. 16, núm. 4, págs. 433-449).
Anscombe, G. E. M. (1957). Intention. Oxford: Basil Blackwell. Trad. cast. (1991). Intención. Barcelona: Paidós.
Atienza, M. (1985). Introducción al Derecho. Barcelona: Barcanova.
Atienza, M. (2001). El sentido del derecho. Barcelona: Ariel.
Atienza, M.; Ruiz Manero, J. (1996). Las piezas del Derecho. Teoría de los enunciados jurídicos. Barcelona: Ariel.
Austin, J. (1832). The Province of Jurisprudence Determined. Cambridge: Cambridge University Press. Trad. cast. (2002). El objeto de la jurisprudencia. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Austin, J. L. (1962). How to do things with words. Oxford: Oxford University Press. Trad. cast. (1980). Cómo hacer cosas con palabras. Buenos Aires: Paidós.
Banakar, R.; Travers, M.(eds.) (2002). An Introduction to Law and Social Theory. Oxford: Hart Publishing.
Bayón, J. C. (1991). La normatividad del derecho. Deber jurídico y razones para la acción. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Bobbio, N. (1964). "Des critères pour résoudre antinomies".Dialectica(núm. 18, págs. 237-258). Trad. cast. Ruiz Miguel, A. (1980). "Sobre los criterios para resolver antinomias". En:Contribución a la teoría del derecho(págs. 349-366). Valencia: Fernando Torres.
Bobbio, N. (1990). Contribución a la teoría del derecho. Madrid: Debate.
Bulygin, E. (1991). "Tiempo y validez". En: C. E. Alchourrón; E. Bulygin (1991). Análisis lógico y derecho(págs. 195-214). Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Bulygin, E. (1991). "Sentencia judicial y creación de derecho". En: Carlos Alchourrón; Eugenio Bulygin.Análisis lógico y derecho. Madrid: CEC.
Calvo, M.(ed.) (1995). Interpretación y argumentación jurídica. Trabajos del Seminario de Metodología jurídica(vol.1). Zaragoza: Prensas Universitarias de Zaragoza.
Caracciolo, R. (1998). Sistema jurídico. Problemas actuales. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Caracciolo, R.; Moreso, J. J.; Vilajosana, J. M. (2002). Teoria del Dret. Barcelona: UOC.
Carrió, G. R. (1990). Notas sobre derecho y lenguaje(4.ª ed.). Buenos Aires: Abeledo-Perrot.
Cavalieri, P. (1999). La questione animale: Per una teoria allargata dei diritti umani. Turín: Bollati Boringhieri.
Cavalieri, P.; Singer, P.(eds.) (1993). The Great Ape Project: Equality Beyond Humanity. Londres: Fourth Estate Publishing.
Cohen, C. (1994). Introduction to Logic. Nueva York: MacMillan.
Courtis, C.(ed.) (2002). Desde otra mirada. Textos de teoría crítica del derecho. Buenos Aires: Eudeba.
De Lucas, J.(coord.) (1995). Introducció a la teoria del dret. Valencia: Tirant Lo Blanch.
De Sousa Santos, B. (1995). Towards a New Common Sense: Law, Science and Politics in the Paradigmatic Transition. Londres: Routledge.
Díaz, D. (1998). Estado de Derecho y sociedad democrática(9.ª ed.). Madrid: Taurus.
Dworkin, R. (1978). Taking Rights Seriously. Londres: Duckworth. Trad. cast. (1984). Los derechos en serio. Barcelona: Ariel.
Dworkin, R. (1984). "Rights as Trumps". En: J. Waldron (ed.).Theories of rights. Oxford: OUP.
Dworkin, R. (1986). Law's Empire. Cambridge (Mass.): Harvard University Press.
Ezquiaga, F. J. (1988). La argumentación en la justicia constitucional española. Vitoria: Servicio editorial de la Universidad del País Vasco.
Feinberg, J. (1985). Offense to Others. The Moral Limits of the Criminal Law. Oxford: Oxford University Press.
Ferrajoli, L. (1999). "Derechos fundamentales". En:Derechos y garantías. La ley del más débil. Madrid: Trotta.
Ferrer, J. (2000). Las normas de competencia. Un aspecto de la dinámica jurídica. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Friedman, L. M. (1986). "The Law and Society Movement".Standford Law Review(vol. 38, núm. 3).
Fuller, L. (1969). The Morality of Law(2.ª ed.). New Haven: Yale University Press.
Gargarella, R. (1999). Las teorías de la justicia después de Rawls. Barcelona: Paidós.
Garzón Valdés, E. (1987). El concepto de estabilidad de los sistemas políticos. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Garzón Valdés, E. (1990). "Algo más acerca de la relación entre Derecho y moral".DOXA(núm. 8).
Gascón, M.; García Figueroa, A. (2005). La argumentación en el Derecho. Lima: Palestra.
Gordon, R. (1981). "Historicism in Legal Scholarships".Yale Law Journal(núm. 90).
Gordon, R.(1984), "Critical Legal Histories".Stanford Law Review(núm. 36).
Guastini, R. (1992). Delle fonti alle norme. Turín: Giapichelli.
Guastini, R. (1994). "Diritti". En:Analisi e Diritto. Turín: Giappichelli Editore.
Guastini, R. (1999). Distinguiendo. Barcelona: Gedisa.
Habermas, J. (1998). Between Facts and Norms: Contributions to a Discourse Theory of Law and Democracy. Cambridge, Mass.: MIT Press.
Harris, R. (1993). A System of Rights. Oxford: Clarendon Press.
Hart, H. L. A. (1961). The Concept of Law. Oxford: Oxford University Press. Trad. cast. (1963). El concepto de derecho. Buenos Aires: Abeledo-Perrot.
Hart, H. L. A. (1963). Law, Liberty and Morality. Oxford: Oxford University Press.
Hart, H. L. A. (1980). "El positivismo y la independencia entre el Derecho y la moral". En: R. Dworkin.La filosofía del Derecho. México: FCE.
Hart, H. L. A. (1988). Punishment and Responsibility. Oxford: Clarendon Press.
Hart, H. L. A. (1994). "Una mirada inglesa a la teoría del Derecho norteamericana: la pesadilla y el noble sueño". En: P. Casanovas; J. J. Moreso (1994). El ámbito de lo jurídico. Barcelona: Crítica.
Hernández Marín, R. (1998). Introducción a la teoría de la norma jurídica. Madrid: Marcial Pons.
Hierro, L. (2002). "¿Qué derechos tenemos?".DOXA(núm. 23, págs. 351-375).
Hohfeld, W. N. (1913). "Some Fundamental Legal Conceptions as Applied to Judicial Reasoning".Yale Law Journal(núm. 23).
Iglesias Vila, M. (2004). "Discreción judicial y positivismo jurídico. Los criterios sustantivos de validez". En: M. Carbonell; H. Fix-Fierro; R. Vázquez (eds.).Jueces y Derecho. México: Porrúa.
Iturralde Sesma, V. (2003). Aplicación del Derecho y justificación de la decisión judicial. Valencia: Tirant Lo Blanch.
Jones, P. (1994). Rights. Londres: Macmillan.
Kelsen, H.(1960). Reine Rechtslehre(2.ª ed.). Viena: Deuticke. Trad. cast. (1986). Teoría pura del derecho(5.ª ed.). México: UNAM.
Kymlicka, W. (1995). Filosofía política contemporánea. Barcelona: Ariel.
Laporta, F. (1987). "Sobre el concepto de derechos humanos".DOXA(núm. 4, págs. 23-46).
Laporta, F. (1997). Entre el Derecho y la Moral. México: Fontamara.
Larrañaga, P. (2000). El concepto de responsabilidad. México: Fontamara.
Lukes, S. (2005). El viaje del profesor Caritat o las desventuras de la razón. Una comedia filosófica. Barcelona: Tusquets.
Maccormick, N. (1978). Legal Reasoning and Legal Theory, Oxford: Clarendon.
Martínez Zorrilla, D. (2007). Conflictos constitucionales, ponderación e indeterminación normativa. Madrid: Marcial Pons.
Mendonca, D. (1997). Interpretación y aplicación del Derecho. Almería: Universidad de Almería.
Mendonca, D. (2000). Las claves del Derecho. Barcelona: Gedisa.
Mir Puig, S. (1998). Derecho Penal. Parte General(5.ª ed.). Barcelona: Repertor.
Molina, F. (2000). "Presupuestos de la responsabilidad jurídica". En: F. Pantaleón (ed.).La responsabilidad en el Derecho. AFDUAM (núm. 4, págs. 57-137).
Moreso, J. J. (1997). La indeterminación del Derecho y la interpretación de la Constitución. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Moreso, J. J.; Navarro, P. (1998). "The Reception of Norms and Open Legal Systems". En: S. L. Paulson (ed.).Normativity and Norms(págs. 273-292). Oxford: Clarendon Press.
Moreso, J. J.; Navarro, P.; Redondo, C. (2000). Filosofía del Derecho. Barcelona: UOC.
Moreso, J. J.; Vilajosana, J. M. (2004). Introducción a la teoría del derecho. Madrid: Marcial Pons.
Nino, C. S. (1987). Introducción al análisis del derecho(3.ª ed.). Barcelona: Ariel.
Nino, C. S. (1989). Ética y derechos humanos. Barcelona: Ariel.
Nozick, R. (1974). Anarchy, State and Utopia. Oxford: Basil Blackwell.
Parijs, P. V. (1993). ¿Qué es una sociedad justa? Introducción a la práctica de la filosofía política. Barcelona: Ariel.
Pérez Triviño, J. L. (2006). Los juicios de Nuremberg. Barcelona: Ediuoc.
Rawls, J. (1971). A Theory of Justice. Cambridge, Mass.: Belknap Press of Harvard University Press.
Rawls, J. (1986). La justicia como equidad. Madrid: Tecnos.
Raz, J. (1970). The Concept of a Legal System. Oxford: Oxford University Press. Trad. cast. (1986). El concepto de sistema jurídico. México: UNAM.
Raz, J. (1984). "On the Nature of Rights".MIND(vol. 93, núm. 370, págs. 194-214).
Ross, A. (1958). On Law and Justice. Londres: Stevens & Sons. Trad. cast. (1963). Sobre el derecho y la justicia. Buenos Aires: Eudeba.
Ruiz Miguel, A. (1988). "El principio de jerarquía normativa".Revista Española de Derecho Constitucional(núm. 24).
Searle, J. (1969). Speech Acts. An Essay in the Philosophy of Language. Cambridge: Cambridge University Press.
Stevenson, C. (1971). Ética y lenguaje. Buenos Aires: Paidós.
Tarello, G. (1980). L'interpretazione della legge. Milán: Giuffrè.
Tarello, G. (2000). Cultura jurídica y política del Derecho. México: FCE.
Taruffo, M. (2002). La prueba de los hechos jurídicos. Madrid: Trotta.
Unger, R. M. (1986). The Critical Legal Studies Movement. Cambridge, Mass.: Harvard University Press.
Von Wright, G. H. (1963). Norm and Action. A Logical Enquiry. Londres: Routledge and Kegan Paul. Trad. cast. (1971). Norma y acción. Una investigación lógica. Madrid: Tecnos.
Weston, A. (1994). Las claves de la argumentación. Barcelona: Ariel.